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Condiciones necesarias para que se den las sustituciones o representación


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  369 Palabras (2 Páginas)  •  132 Visitas

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CONDICIONES NECESARIAS

En primer lugar debe haber un representante, el cual es la persona descendente de un hijos del cujus (nieto, bisnieto, tataranieto...) que será llamado a suceder ocupando la posición de un antecesor suyo que estaba incapacitado para heredar, en general representante es quien representa a otro. Por la tanto debe reunir las siguientes condiciones:

• Ser descendiente de un hijo del causante. Con efecto indefinidamente o ad infinitum, articulo 815 del Código Civil Venezolano.

• Debe existir al momento de abrir la sucesión.

• No debe ser incapaz de suceder, ni ausente ni indigno.

• Ocupa el lugar de un ascendiente premuerto o incapaz.

• Se puede representar a la persona cuya sucesión ha renunciado. artículo 821 del Código Civil Venezolano.

Puede haber representación según el Código Civil Venezolano en línea recta descendente según su artículo 815, en línea colateral según su artículo 817 y en línea recta ascendente según su artículo 816.

EJERCICIOS PRÁCTICOS SOBRE LA FIGURA DE PARTICIÓN

PRIMER EJERCICIO: Como debe realizarse la partición.

SIMBOLOGIA: += Premuerto; i= Indigno con…; a= ausente; r= renunciante.

El hijo a+ es premuerto. El hijo de b es indigno respecto a su padre Z+. El hijo C es ausente. El hijo D no está afectado por ninguna causa que le impida heredar. El hijo E renuncio a la herencia de su padre Z+

1. Al abrirse la sucesión de Z+ heredan sus hijos A, B, C Y E, quienes integran una comunidad hereditaria de partición.

2. En vista de la renuncia del coparticipe E, la comunidad realmente queda integrada por los hijos de A+. B y con Z´+, C a y D (4 en total)

3. En dicha comunidad, cada coparticipe tiene un 25% de derechos activos y deberes pasivos, sobre el patrimonio hereditario 25x4: 100 (todos los hijos son iguales)

4. El 25% del hijo A+ se subdivide en dos partes o ramas: A1+ Y A2+, cada uno con un 12,5%. Esta proporción de a1 +se transmite en forma íntegra a su hijo A3.

El porcentaje de A2+, se subdivide en dos: A4 y A5, cada una con 6,25% (12,5% /2). Donde A4 conserva ese porcentaje de forma completa, pero A5 se la transfiere a su hijo A6.

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