Contabilidad
josenidan24 de Noviembre de 2014
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PRESENTACIÓN 1: EMPRESA
Tomado de : Contabilidad 2000, Gudiño Coral - Ed. Mc.Graw Hill.
Empresa es toda unidad de explotación económica o varias que dependen de una misma persona natural o jurídica, que corresponden a actividades similares, conexas o complementarias y
que tienen trabajadores a su servicio tal como lo define el artículo 194 del código sustantivo
del trabajo, la empresa también es nombrada como empleador.
En toda empresa, grande o pequeña deben existir tres factores que
pueden realizar su actividad: personal, Capital y Trabajo.
PERSONA: La representan los propietarios, los administradores y los
trabajadores que laboran en la empresa.
EL CAPITAL: Lo constituyen los aportes que hacen los propietarios de la
empresa y pueden estar representados en dinero efectivo, Mercancías,
maquinarias, Equipos de tecnología, Muebles y otros bienes.
PATRIMONIO: Son los valores que pertenecen a los dueños o socios, está
conformado por el capital social, el superávit, reservas y utilidades del
ejercicio.
CAPITAL AUTORIZADO: Es el que establece los estatutos de la
empresa.
CAPITAL SUSCRITO: Es el que se comprometen a pagar los socios o
accionistas.
CAPITAL PAGADO: Es aquel que efectivamente han aportado los
dueños o accionistas de la empresa.
SUPERAVIT GANADO: Lo representan las utilidades que los socios han
retenido o acumulado en la empresa (Reserva Legal y Otras Reservas).
SUPERAVIT DE CAPITAL: Es propiedad de los accionistas y está
representado por partidas tales, como: Reevaluación de activos, Prima en
colocación de activos, etc.
TRABAJO: Es la actividad que realizan las personas para lograr el
objetivo de la empresa, el cual puede ser la administración, la producción
de bienes, la compraventa de mercancías o la prestación de un servicio.
Clasificación de las Empresa
1.SEGÚN SU OBJETIVO: Se clasifican en:
2. SEGÚN SU ACTIVIDAD ECONÓMICA:
EMPRESAS AGROPECUARIAS: Aquellas que producen bienes agrícolas y
pecuarios en grandes cantidades Ejemplo: Granjas Avícolas, Porcinas,
Haciendas de Producción.
EMPRESAS MINERAS: Las que tienen por objetivo principal la explotación
de los recursos del subsuelo. Ejemplo: Empresas de Petróleo, de piedras
Preciosas y de Otros Minerales.
EMPRESAS INDUSTRIALES: Las que se dedican a transformar la materia
prima en productos terminados o semi elaborados; Ejemplo: Fábrica de Tela,
Fábrica de Camisas, Fábrica de Muebles, Fábrica de Calzados, etc.
EMPRESAS COMERCIALES: Son las que se dedican a la compra y venta
de productos, colocan en los mercados productos terminados a mayor precio
del comprador, con lo que obtienen una ganancia.
Ejemplo.
Empresa
distribuidora de productos farmacéuticos, Supermercados y Almacenes de
Electrodomésticos.
EMPRESAS DE SERVICIOS: Las que buscan prestar un servicio para
satisfacer las necesidades de la comunidad, ya sea de Salud, Educación,
Transporte, Recreación, Servicios Públicos. Ejemplo. Empresas de
aviación, centros de salud, Universidades, corporaciones recreativas.
3. SEGÚN LA PROCEDENCIA DEL CAPITAL:
EMPRESAS PRIVADAS: Son las que para su constitución y funcionamiento
necesitan aportes de personas o entidades particulares. Ejemplo. Clínica
Montería, Universidad San Martín, Super tiendas y Droguerías Olímpicas.
EMPRESAS OFICIALES: Las que por su funcionamiento reciben aportes del
Estado. Ejemplo. Gobernación de Córdoba, Universidad de Córdoba.
EMPRESAS DE ECONOMÍA MIXTA: Las que reciben aportes de los
particulares y del estado.
4. SEGÚN EL NÚMERO DE PROPIETARIOS
EMPRESAS UNIPERSONALES: Persona natural o jurídica que
reuniendo las calidades jurídicas para ejercer el comercio, destina
parte de sus activos para la realización de una o varias actividades
de carácter mercantil, la empresa unipersonal una vez inscrita en
el registro mercantil forma una persona jurídica (Su Régimen es
Común).
SOCIEDADES: Empresa de propiedad de dos o más personas
llamadas socios. Ejemplo. Castro & Ramos CIA LTDA, propiedad
de Dina castro y Jaime Ramos
CUADRO COMPARATIVO DE SOCIEDADES
CONTRATO DE SOCIEDAD
Según el código de comercio Art. 98 por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer
un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las
utilidades obtenidas en la empresa o actividad social. Las personas agrupadas por medio de un contrato
de sociedad se denominan socios.
CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES
De acuerdo con la forma de asociarse, las sociedades pueden ser Anónimas, Limitadas, En Comandita
por acciones, en comandita Simple. SAS Ley 1258 del 5 de diciembre de 2008.
CONSTITUCIÓN DE LAS SOCIEDADES
ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD
La sociedad se constituirá por escritura pública en la cual se expresará:
El nombre y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes. Con el nombre de las
personas naturales deberá indicarse su nacionalidad y documento de identificación legal; con el
nombre de las personas jurídicas, la ley, decreto o escritura de donde se deriva su existencia.
La clase o tipo de sociedad que se constituye y el nombre de la misma, formado como se dispone
en relación con cada uno de los tipos de sociedad que regula el código de comercio.
El domicilio de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan en el mismo acto de
constitución.
El objeto social, esto es, la actividad o negocio de la sociedad, haciendo una enunciación clara y
completa de las actividades principales. Será ineficaz la estipulación en virtud de la cual el objeto
social se extienda a actividades enunciadas en forma indeterminada o que no tengan una relación
directa con aquel.
El capital social, la parte del mismo que se suscribe y la que se paga por cada asociado en el acto
de la constitución. En las sociedades por acciones deberá expresarse, además, el capital suscrito
y el pagado, la clase y el valor nominal de las acciones representativas del capital, la forma y
términos en que deberán cancelarse las cuotas debidas, cuyo plazo no podrá exceder de un año.
La forma de administrar los negocios sociales, con indicación de las atribuciones y facultades de
los administradores, y de las que se reserven los asociados, las asambleas de socios, conforme a
la regulación legal de cada tipo de sociedad.
La época y la forma de convocar y constituir la asamblea o la junta de socios en sesiones
ordinarias o extraordinarias, y la manera de deliberar y tomar los acuerdos en los asuntos de su
competencia.
Las fechas en que deben efectuarse inventarios y balances generales, y la forma cómo han de
distribuirse los beneficios o utilidades de cada ejercicio social, con indicación de las reservas que
deban hacerse.
La duración precisa de la sociedad y las causales de disolución anticipada de la misma.
La forma de hacer la liquidación, una vez disuelta la sociedad, con indicación de los bienes que
hayan de ser restituidos o distribuidos en especie, o de las condiciones en que, a falta de dicha
indicación, puedan hacerse distribuciones en especie.
Si las diferencias que ocurran con los asociados entre sí o con la sociedad, con motivo del
contrato social, han de someterse a decisión arbitral o de amigables componedores y en caso
afirmativo, la forma de hacer la designación de los árbitros o amigables componedores.
El nombre y domicilio de la persona o personas que han de representar legalmente a la sociedad,
precisando sus facultades y obligaciones, cuando esta función no corresponda, por la ley o por el
contrato, a todos o a algunos de los asociados.
Las facultades
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