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Contabilidad


Enviado por   •  21 de Agosto de 2013  •  10.919 Palabras (44 Páginas)  •  1.972 Visitas

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ASPECTOS LEGALES

CONCEPTO DE COMERCIANTE:

La condición básica para ser comerciante, deviene de la capacidad que conformen al código civil, tiene las personas individuales y jurídicas, para contratar y obligarse. La calidad se adquiere con el ejercicio habitual del comercio, es decir, el proceso de compra y venta de mercaderías.

PERSONA NATURAL:

Persona individual o natural, es todo ser vivo con figura humana. La persona individual capaz, es la que tiene facultades para disponer libremente de bienes y de ejercer todos los actos de la vida civil. Para efectos de nuestro estudio, nos interesa la persona individual que tiene la categoría de comerciante.

PERSONAS JURÍDICAS:

Las personas jurídicas están constituida por la reunión de capitales y actividades (desarrolladas por las personas individuales) que al dar cumplimiento a los requisitos establecidos para su formación y funcionamiento, goza por imperativo de la ley, de capacidad similar a la de la persona individual capaz. De acuerdo a este carácter, puede adquirir derechos y contraer obligaciones. Posee nombre propio, domicilio patrimonio social, independiente de los bienes, derechos etc. de las personas que la integran.

1. Personas jurídicas de carácter publico

- El estado

- La municipalidad

- Otras instituciones

- Fundaciones

- Corporaciones creadas o reconocidas por la ley.

2. Personas jurídicas de Naturaleza civil:

- De fines políticos

- De fines científicos

- Actividades artística

- Sociedad de beneficencia

- Agrupaciones de Recreo

3. Personas jurídicas de naturaleza jurídica se refiere a las sociedades o compañías mercantiles.

APERTURA DE LA CONTABILIDAD

USO DE LA CUENTA APORTACION:

Esta limitado el empleo de la cuenta promesa o aportación, a los casos en que el socio o socios de una Empresa Mercantil, no entrega de una sola vez el importe del capital pactado en la escritura de constitución.

Se carga este rubro con el importe que figura en la referida escritura y se abona con las entregas parciales. Su saldo es deudor y represente lo que un socio en particular, le debe por este concepto a la sociedad.

Ejemplo: Pablo, Pedro y Julio constituyen el 1de julio sociedad colectica que su nombre; financiada por partes iguales con un capital de Q60,000.00 que es entregado de la siguiente manera:

Pablo 1 de Julio de 2012 Efectivo Q10,000.00

1 de Septiembre 2012 vehículo Q 3000.00

1 de Noviembre 2012 Efectivo Q 7000.00

Pedro 1 de Julio 2012 Depósito Bancario Q10,000.00

1 de Agosto 2012 Mercaderías Q 8,000.00

1 de Octubre 2012 Efectivo Q 2,000.00

Julio 1 de Julio de 2012 Deposito Bancario Q10,000.00

1 de Septiembre de 2012 Mercaderías Q 8,000.00

1 de Noviembre de 2012 Vehículos Q 2,000.00

1 de Febrero 2013 Efectivo Q 3,000.00

Libro Diario

Fecha Nombre de la cuenta Debe Haber

Julio 1/12

Julio 1/12

Pablo cuenta aportación

Pedro cuenta aportación

Julio cuenta aportación

Pablo Capital

Pedro Capital

Julio Capital

Caja y Bancos

Pablo aportación

Pedro aportación

Julio aportación Q20.000.00

Q20.000.00

Q20.000.00

Q30.000.00

Q20.000.00

Q20.000.00

Q20.000.00

Q10.000.00

Q10.000.00

Q10.000.00

Fecha Descripción Debe Haber

Agosto 1/12

Sep 1/12

Oct 1/12

Nov 1/12

Feb 1/13 Mercaderías

Pedro Cta. Aportación

Vehículos

Mercaderías

Pablo Cta. Aportación

Julio Cta. Aportación

Caja

Pedro Cta. Aportación

Caja

Vehículo

Pablo Cta. Aportación

Julio Cta. Aportación

Caja

Julio Cta. Aportación

Q8.000.00

Q3.000.00

Q5.000.00

Q2.000.00

Q7.000.00

Q2.000.00

Q3.000.00

Q8000.00

Q3.000.00

Q5.000.00

Q2.000.00

Q7.000.00

Q2.000.00

Q3.000.00

Libro Mayor General

Pablo Cuenta Aportación

Debe Haber

Julio 1

Q20.000.00 Julio 1

Sep 1

Nov 1 Q10.000.00

Q 3.000.00

Q 7.000.00

Pedro Cuanta Aportación

Debe Haber

Julio 1

Q20.000.00 Julio 1

Agos 1

Oct 1 Q10.000.00

Q 8.000.00

Q 2.000.00

Julio Cuanta Aportación

Debe Haber

Julio 1

Q20.000.00 Julio 1

Sep 1

Nov 1 Q10.000.00

Q 5.000.00

Q 2.000.00

Se observa que para la fecha de cierre, Diciembre de 2012 solamente Julio Cuenta capital Aportación, figura con una saldo deudor de Q3.000.00 que para fines del Balance General en virtud de su exigibilidad debe clasificarse como activo circulante.

APORTACIONES PAGADAS EN EFECTIVO:

Los señores Mortimer, Mario y Manuel con fecha de 1 de abril constituyen una sociedad de la responsabilidad limitada con capital Q30.000.00 dividiendo en partes iguales, que según la escritura social ha sido depositado en un banco de la localidad. La partida de Apertura será:

LIBRO DIARIO

Fecha Descripción Debe haber

Abril 1 Bancos

Mortimer, Cta. Capital

Mario Cta. Capital

Manuel Cta. Capital Q30.000.00

Q10.000.00

Q10.000.00

Q10.000.00

APORTACIONES PAGADAS CON BIENES Y DERECHOS

Consiste en que los socios entregan a la empresa como parte de su aportación, efectivo u otros bienes que puedan ser utilizados por esta, para desarrollar sus actividades mercantiles. Por ejemplo: el 1 de enero de 2012 se forma la sociedad colectiva Pepino, Pinocho y Pipirro y c. con un capital de Q40.000.00 integrado así:

Pepino Efectivo Q2.000.00

Q15.000.00

Boleta Depósito Bancario Q5.000.00

Lote de Mercadería Q3.000.00

Equipo de Oficina Q1.500.00

Vehículo de Reparto Q3.500.00

Pinocho Efectivo Q5.000.00

Q15.000.00

Lote de Mercadería Q7.000.00

2 Máquinas de Escribir a Q250.00 c/u

Q 500.00

1 Maquina de contabilidad Q2.500.00

Pipirro Efectivo Q2.000.00

Q10.000.00

Deposito Q5.000.00

Lote de mercaderías Q2.400.00

1 Maquinas Sumadoras Q 600.00

SUMA EL CAPITAL SOCIAL Q40.000.00

SUMARIA DE APORTACIONES

Socio Caja Banco Mercaderías Mobiliarios vehículo Total

Pepino

Pinocho

Piporro Q

2.000.00

5.000.00

5.000.00 Q

5.000.00

5.000.00 Q

3.000.00

7.000.00

2.400.00 Q

1.500.00

3.000.00

600.00 Q

3.500.00

Q

15.000.00

15.000.00

10.000.00

Totales 9.000.00 10.000.00 12.400.00 5.100.00 3.500.00 40.000.00

LIBRO DIARIO

Fecha Descripción Debe Haber

Enero 1 Caja

Bancos

Mercaderías

Mobiliario y equipo

Vehículo

Pepino Capital

Pinocho Capital

Piporro Capital

9.000.00

10.000.00

12.400.00

5.100.00

3.500.00

15.000.00

15.000.00

10.000.00

APORTACIONES PAGADAS CON LOS ACTIVOS Y PASIVOS DE OTRA EMPRESA

Con fecha 1 de julio de 2012 se organiza la empresa Pérez y Pac S.C. con un capital de Q44.000.00. Bajo las siguientes condiciones:

1. El sr. Lucas Pac que ha venido trabajando como propietario individual, aporta su negocio, el cual es aceptado en la suma de Q19.000.00.

2. El sr. Juan Pérez entrega a e de la sociedad una boleta de depósito Bancario por Q12.000.00 y Q3.000.00 en efectivo.

3. La participación del sr. Simon Reyes consiste en Q10.000.00 depósitos en la cuenta Bancaria de la naciente empresa.

4. De común acuerdo los socio aceptan el activo y asumen el pasivo del sr Pac, con la exclusión del efectivo en caja y bancos que no se traspasa. Además se conviene en aumentar a Q900.00 la estimación para cuentas Incobrables y no aceptar el saldo de papelería y útiles.

EL BALANCE AL 30 DE JUNIO DEL 2012 DEL SR. PAC ES EL SIGUIENTE:

Activo

Caja Q1.200.00

Bancos Q3.800.00

Cliente Q20.000.00

(-) Estimaciones cuentas. incobrables Q 500.00 Q19.500.00

Mercaderías Q20.000.00

Mobiliario y Equipo Q 2.800.00 Q 2.000.00

(-) Depreciación Acumulada Mobiliario y equipo Q 800.00

Vehículos Q 3.000.00

(-) Depreciación Acumulada Vehículos Q 500.00 Q 2500.00

Papelería y útiles Q 700.00

Seguros Q 400.00

SUMA ACTIVO Q50.100.00

Pasivo y Patrimonio neto o Capital

Proveedores Q20.000.00

Cuentas por pagar Q 5.000.00

Lucas Pac Capital Q25.100.00

Suma Pasivo y Capital Q50.100.00

Libro Diario

FECHA DESCRIPCION DEBE HABER

Clientes

Mercaderías

Mobiliario y Equipo

Vehículos

Seguros

Estimación cuentas incobrables

Depreciación acum. Mob. y Equipo

Proveedores

Cuentas por pagar

Lucas Pac Capital

Aportación sr. Pac

Caja y Bancos

Juan Pérez Capital

Simón Reyes Capital

Aportación de los Sres. Pérez y Reyes Q20.000.00

Q20.000.00

Q 2.800.00

Q 3.000.00

Q 400.00

Q25.000.00

Q 900.00

Q 800.00

Q 500.00

Q20.000.00

Q 5.000.00

Q19.000.00

Q15.000.00

Q10.000.00

ADMISIÓN DE NUEVOS SOCIOS

Según el Artículo 43 del código del comercio, no podrán admitirse nuevos socio sin el consentimiento unánime de los demás. Estas aplicaciones se harán constar en escritura pública y el testimonio deberá presentarse al Registro Mercantil, dentro del mes siguiente a la fecha de dicha escritura.

Un nuevo socio puede obtener su participación, mediante las formas siguientes:

1. Comprar de la participación a un socio antiguo.

2. Aportación de Activos a la sociedad, con base en:

2.1 Participación en proporción exacta al interés obtenido

2.2 Admisión de un socio mediante el abono de crédito mercantil a los antiguos socios.

2.3 Crédito Mercantil para los nuevos socios

2.4 Prima de admisión para los socios antiguos

2.5 Prima de admisión para los nuevos socios.

2.6 Admisión previa revaluación de activos.

Compra de participación a un socio antiguo:

Un nuevo socio puede adquirir su participación, comprando todo a parte del capital de un socio antiguo. El importe que el nuevo socio haga efectivo, es independiente y estrictamente personal entre ambos, por lo cual en los libros de la Empresa únicamente se asentara, el monto del interés obtenido.

Ejemplo.

Lucio y Nicor Tiene una participación cada uno de Q45.000.00 en la sociedad colectiva que lleva sus nombres. Nicor con la anuencia de Lucio negocia con Tadeo la tercera parte de su participación en Q20.000.00, el registro quedara asi:

Nicor Capital Q15.000.00

Tadeo Capital Q15.000.00

APORTACIÓN EN PROPORCIÓN AL INTERÉS OBTENIDO:

Supóngase que Tadeo es admitido por el monto de su apertura. La admisión se contabiliza así:

Nicor Capital Q20.000.00

Tadeo Capital Q20.000.00

MÉTODO DEL CRÉDITO MERCANTIL:

Se dice que además de valor en libros de una empresa, lo que se paga en exceso por la misma al ampliarse, da origen al crédito mercantil. Debe aparecer en libros el crédito mercantil, cuando una empresa adquiere otra y paga por encima del valor que tiene los activos.

Dos pilastras sostiene al crédito mercantil: el favor y confianza de los clientes y la reputación que se ha labrado la propia empresa.

Ejemplo.

A favor de los socios antiguos

La empresa maderas de Petén S.C constituida por los socio, Trujillo, Segura y Fion, con una aportación cada uno de Q30.000.00 conviene por unanimidad admitir en la sociedad a valle quien condiciona su ingreso a una participación de cuarta parte del capital, entregado Q40.000.00 que deberías ser integrados totalmente en la empresa.

Calculo de Crédito Mercantil

Valor del nuevo capital si

Q40.000.00 en ¼ de total

Q160.000.00

Capital de los socio Antiguos Q90.000.00

Nueva inversión del valle Q40.000.00 Q130.000.00

Crédito Mercantil Q 30.000.00

Libro Diario

Crédito Mercantil

Q30.000.00

Trujillo Capital Q10.000.00

Segura Capital Q10.000.00

Fion Capital Q10.000.00

Caja Q40.000.00

Valle Capital Q40.000.00

CRÉDITO MERCANTIL PARA EL NUEVO SOCIO:

Puede presentarse esta situación, cuando los socio antiguos, están dispuestos a reconocer al socio que ingresa, un importe más elevado de capital que su inversión efectiva. Para este caso no se modifican los capitales originales, supongamos que Trujillo y Fion con un capital cada una de Q20.000.00 admiten el ingreso de Segura de Q15.000.00 bajo el entendido de que su reputación comercial, se lo reconozca un capital igual al de los socios fundadores.

El crédito Mercantil o renombre comercial, se calcula así:

Nuevo Capital según Convenio Q60.000.00

Aportación de socio fundadores Q40.000.00

Aportación Segura Q15.000.00 Q55.000.00

Crédito Mercantil Q 5.000.00

Diario

Caja Q15.000.00

Crédito Mercantil Q 5.000.00

Seguro Capital Q20.000.00

PRIMA DE ADMISIÓN PAGADERA A LOS SOCIOS ANTIGUOS:

Como una alternativa al caso anterior, se presenta el derecho reconocido a los socios fundadores, de haber conducido el negocio, a una situación económica favorable. Partiendo de los datos suministrados en el ejemplo anterior, Trujillo y Fion acepta el ingreso de segura, pero con la condición de que con los Q15.000.00 solamente tendrá participación en una cuarta parte del capital. El registró en libros que dará:

Caja

Seguro Capital

Trujillo Capital

Fion Capital Q15.000.00

Q13.750.00

Q 625.00

Q 625.00

PRIMA DE ADMISIÓN RECONOCIDA A LOS NUEVOS SOCIO:

Puede suceder también que la prima concedida, no sea para los socios fundadores, sino para el socio que ingresa, fundamentalmente por dos razones:

1. Urgencia de nuevos fondos para ensanchar las operaciones de la empresa y,

2. Calidades técnicas, especialización o experiencia del nuevo socio, en las actividades a que se dedica la empresa.

Siguiendo con los datos de nuestra ilustración anterior, Trujillo y Fion además de necesitar urgentemente capital de trabajo del trabajo requieren los servicios de segura. Este acepta con la condición de que con los Q15.000.00 se le reconozcan como participación suya en la empresa, los dos quintos de su capital total.

Diario

Caja Q15.000.00

Trujillo Capital Q 3.500.00

Fion Capital Q 3.500.00

Segura Capital Q22.000.00

ADMISIÓN PREVIA REVALUACIÓN DE ACTIVOS:

Consiste esta modalidad poco usual, pero no remota, en que previo a la admisión de una nuevo socio, se introduzcan con base en tasación de expertos, algunas modificaciones al activo de la empresa. Es precio al respecto no perder de vista el Articulo 5 de la ley del impuesto sobre la renta, que textualmente dice: “Las revaluaciones de activo, hechas por simples partidas de contabilidad, no se consideran como ganancias para el cálculo del impuesto. Pero, en este caso, las depreciaciones y amortizaciones sobre tales activos se han de efectuar sobre los valores anteriores a tales revaluaciones. Si se enajenare alguno de los valores activos revaluado el excedente se debe reputar como beneficio y queda sujeto al impuesto; asi mismo constituye renta gravable si tal excedente se reparte en cualquier forma entre los socio, accionistas o propietarios del negocio, o actividad productiva de que se trate”.

El aspecto técnico se ilustra con el siguiente ejemplo:

Caja y Bancos Q 5.000.00 Cuenta por pagar Q 20.000.00

Clientes Q 30.000.00 A Capital Q 30.000.00

Inventario de mer

Caderías Q 35.000.00 B Capital Q 30.000.00

Edificios Q 20.000.00 C Capital Q 20.000.00

Terrenos Q 10.000.00

Q100.000.00 Q100.000.00

“B” con el consentimiento de los otros socios, venden en Q20.000.00 la mitad de su participación a “D” pero convienen en que previamente se correrán en libros las siguientes modificaciones:

1. Rebajar en Q2.000.00 el inventario de mercaderías

2. Conforme nueva tasación incrementa el valor de los edificios en Q11.000.00

3. Formar una provisión de Q1.000.00 para las cuentas de clientes de dudosa recuperación. Los asientos serán:

Edificios Q11.000.00

Inventario de Mercaderías Q2.000.00

Estimación cuentas incobrables Q1.000.00

A Capital Q3.000.00

B Capital Q3.000.00

C Capital Q2.000.00

Ajustes previo a la admisión y distribuciones del excedente en forma proporcional.

B Capital Q16.500.00

D Capital Q16.500.00

Venta que “B” hace a “D” del 50 % de su capital.

PRESTAMOS DE LOS SOCIO A LA EMPRESA:

En momentos de apremio económico para la empresa, es una operación normal que alguno de los socios, facilite dinero llenando desde luego todas las formalidades usuales para garantía de ambos. El tratamiento contable es independiente a la inversión original del socio. En consecuencia, los intereses pactados que devengue el préstamo, deben registrarse como un gasto financiero normal de la empresa, sin implicaciones en la distribución de ganancias.

Para fines del balance general, según el término contratado, los préstamos deben clasificarse en el pasivo circulante o bien en el pasivo al largo plazo. En los casos de liquidación, tiene prioridad los proveedores habituales y otras cuentas por pagar y se cubrirán dichos préstamos, hasta haber cancelado en su totalidad otras obligaciones a favor de terceras personas.

Ejemplo: El señor “C” concede a su empresa con fechas 1 de julio en calidad de préstamos, la cantidad de Q20.000.00 a dos años plazo, a una tasa del 8% anual de interés que se cubrieran por semestres vencidos. La operaciones se registra así:

1 julio Banco del Pueblo Q20.000.00

Socio “C” Préstamo Q20.000.00

21 Diciembre Interés gasto Q 800.00

Interés por pagar Q 800.00

CUENTA RETIROS O EXTRACCIONES:

En opinión de algunos autores, uno de los puntos que debían figurar con claridad en la escritura de constitución, es el concerniente a los montos que deben retirar en concepto de gastos personales, cada socio durante el mes. En la práctica sin embargo, estos importes quedan sujetos a la determinación de los resultados económicos probables de cada empresa y la solvencia financiera que deben interpretarse como disponibilidad de efectivo. Estos retiros o extracciones son a cuenta de futuras ganancias e independientes del sueldo fijado a coso socio, a cambio de sus servicios en la empresa.

EMOLUMENTOS DE LOS SOCIO:

Como directores o técnicas de una compañía, los socios devengan una emolumento previamente convenido. Al respecto con la legislación guatemalteca en el artículo 29 del reglamento de la ley de impuesto sobre la renta, estipula: “Los sueldos, salarios, comisiones, horarios o cualquier otro emolumento similar, pagados o abonado a cuenta, a socio de sociedades de personas son deducibles para cada uno de ellos hasta la suma de Q18.000.00 anuales o de la parte proporcional para periodos menores, siempre que se trata de servicios efectivamente prestados. No procede la deducción si el socio realiza su labor fuera del área centroamericana, durante más de seis meses dentro de un mismo periodo de imposición.

Al cierre del ciclo contable, esta cuenta se liquida como cualquier otro gasto, con cargo a pérdidas y ganancias. Si excede de límite fijado, para los efectos fiscales la diferencia debe adicionarse como un gasto no deducible a la ganancia sujeta al impuesto sobre la renta. Contablemente, se enjugara esta a través de la cuenta de retiros u otra similar.

LA CUENTA PARTICULAR O CUENTA CORRIENTE:

No existe criterio uniforme de los tratadistas respeto al nombre de esta cuenta, pero si coincidencia en cuanto a las operaciones que canaliza. Con más propiedad la denominación cuenta particular, ha ido desplazamiento a la segunda. En nuestro medio una significativa mayoría de contadores así lo prefiere, incluso la tendencia de utilizar el rubro retiros o extracciones ha declinado notablemente, ante la importancia de una sola cuenta que centralice, el movimiento originado en las cuentas personales de los socios, máxime si por las limitaciones de tipo legal, no se puede afectar las cuentas patrimoniales, en virtud de los resultados económico de cada ejercicio, sino mediante nueva escritura de modificación.

MOVIMIENTO DE LA CUENTA PARTICULAR:

Se acredita:

1. Con el importe de las ganancias distribuidas a cada socio, según escritura de constitución.

2. Cualquier otro saldo que resulte a favor de los socio.

Se debita:

1. Con los retiros del socio a cuenta de ganancias acreditadas o futuras ganancias.

2. Can el importe de las mercaderías que para su uso personal, sean entregadas al socio. Si se ha convenido a precio de costo, deberá acreditarse la cuenta de “compras” pero si el acuerdo has sido a precio de venta, el abono, será a la cuanta “Ventas”

3. Cualquier otro saldo que resulte a cargo del socio.

Ilustración: Juan Pérez y Ceferino Cayax que comparten las ganancias en partes iguales, se distribuyen al 21 de diciembre del 2011 Q12.000.00 de ganancia neta.

Juan Pérez – Cuenta particular

Q6.000.00

Ceferino Cayax – Cuenta Particular

Q6.000.00

Durante el año 2012, dichas cuentas tuvieron el movimiento siguiente:

Fecha Descripción Juan Pérez Ceferino Cayax

31 Enero Efectivo Q1.500.00 Q1.500.00

28 Febrero Retiro Mercadería Q 400.00 Q 500.00

15 Abril Efectivo Q1.100.00 Q1.000.00

10 Julio Efectivo Q2.000.00 Q2.000.00

30 Septiembre Efectivo Q1.000.00 Q1.000.00

15 Diciembre Retiro Monetario Q1.400.00 Q1.200.00

Total Retiros Q7.400.00 Q7.400.00

Distribución ganancia 2012 Q8.000.00 Q8.000.00

Al Diciembre de 2012, el libro mayor exhibe la siguiente situación:

Juan Pérez –Cuanta Particular Ceferino Cayax – Cuenta Particular

EN Q 1.500.00 DC Q 6.000.00

FB Q 400.00 DC Q 8.000.00

AB Q 1.100.00

JL Q 2.000.00

SP Q 1.000.00

DC Q 1.400.00 __________

Q 7.400.00 Q14.000.00

DC Q 6.600.00 __________

Q14.000.00 Q14.000.00

EN Q 1.500.00 DC Q 6.000.00

FB Q 500.00 DC Q 8.000.00

AB Q 1.000.00

JL Q 2.000.00

SP Q 1.000.00

DC Q 1.200.00 __________

Q 7.200.00 Q14.000.00

DC Q 6.800.00 __________

Q14.000.00 Q14.000.00

Los saldos de Q6.000.00 y Q6.800.00 a favor de los señores Pérez y Cayax que deberán cancelarse en el ejercicio 2012, figuran en el balance de situación como un pasivo a corto plazo.

Es oportuno señalar que algunos contadores, mensualmente, contabilizan el sueldo estipulado a los socios, acreditándolos a la cuenta particular, la cual debitan al cubrirse estos emolumentos.

DISTRIBUCIÓN DE GANANCIAS Y PÉRDIDAS

La forma de distribuir la ganancia neta, después de separar el 50% de reserva legal a que se refiere al artículo 36 del código de comercio, deberá quedar establecido con meridiana claridad en el instrumento jurídico que dio origen a la empresa. En lo que atañe a las perdidas, salvo pacto en contrario, se seguirán los mismos lineamientos. Al respecto, el numeral 2. Del artículo 33 del código de comercio, textualmente dice: “Si en el contrato se estipula la parte de las ganancias, sin mencionar las perdidas, la distribución de estas se hará en la misma proporción de aquellas y viceversa, de modo que la expresión de las unas sirva para las otras”.

A continuación se ilustran, las formas más conocidas:

DISTRIBUCIÓN POR PARTE IGUALES:

Bajo esta modalidad, no interesa el monto, la forma de aportación ni el trabajo que cada socio desarrolla en la empresa. Supóngase que la empresa de representaciones Romero y Cia. Ltda. Obtiene el cierre del ejercicio 2012 Q12.000.00 de beneficios. Integran la misma Romero, Rivera y Rimola. La distribución se jornalizará así:

PERDIDAS Y GANANCIAS

Q12.000.00

Impuestos sobre la renta Q 900.00

Reservas Legal Q 600.00

Romero Cuenta Particular Q3.500.00

Rivera Cuanta Particular Q3.500.00

Rimola Cuenta Particular Q3.500.00

En los siguientes casos, solamente se ilustrara el movimiento en la cuenta del n

DISTRIBUCIÓN CONFORME EL CAPITAL APORTADO:

Prácticamente es un reparto proporcional, conforme la aportación de cada socio. Demos por caso que el capital social de los señores Romero, Rivera y Rimola es de Q20.000.00 Q15.000.00 y Q10.000.00 respectivamente, la ganancias distribuible al 31 de diciembre de 2012 es de Q9.000.00

Q9.000.00 Q20, 4x1.000.00 = Q4.000.00

Q15, 3x1.000.00 = Q3.000.00

Q10, 2x1.000.00 = Q2.000.00

Q9.000.00

Q9.000.00 = 1.000.00

9

Para mayor facilidad en los cálculos matemáticos, se eliminaron las ceros en las cuentas de capital y se simplifico a base de una quinta, parte obteniendo; 4, 3 y 2. El resto en una simple división de la ganancia distribuible entre la sumatoria de las cifras indicadas.

El asiento de diario, queda así:

PERDIDAS Y GANANCIAS

Q9.000.00

Romero Cuenta Particular Q4.000.00

Rivera Cuenta Particular Q3.000.00

Rimola Cuenta Particular Q2.000.00

DIVISIÓN DE LA GANANCIA NETA SOBRE LOS SALDOS INICIALES DE CAPITAL:

Cuando se tome como cifra de referencias los saldos, iniciales de capital, es preciso haber fijado una limite uniforme para los retiros, toda vez que estos sin ninguna regulación, podría dar origen a un cambio significativo en las relaciones de los saldos de capital. No poder de vista que nuestra legislación no acepta modificar en las sociedades, las cuentas de capital directamente. Aunque desde el punto de vista matemático, este caso es similar al anterior, supongamos que Lucio, Fermin y Anacleto poseen en su empresa una aportación de Q15.000.00, Q10.000.00 y Q5.000.00 respectivamente. La división de las ganancias se ha convenido con base en los saldos iniciales de capital.

Debe Lucio Capital Haber

En = Q15.000.00

JL = Q 5.000.00

DC= Q20.000.00

Debe Fermin Capital Haber

En = Q15.000.00

JL = Q 5.000.00

DC= Q20.000.00

DEBE ANACLETO CAPITAL HABER

EN = Q5.000.00

JL = Q4.000.00

DC = Q9.000.00

El cálculo se hará como sigue:

Conceptos Total Lucio Capital Fermin Capital Anacleto Capital

Saldos iniciales

Porcentajes

Ganancias distribuible Q30.000.00

6/6

Q8.000.00 Q15.000.00

3/6

Q4.000.00 Q10.000.00

2/6

Q2.667.00 Q5.000.00

1/6

Q1.333.00

DIVISIÓN DE LA GANANCIA NETA SOBRE LOS SALDOS A CIERRE DEL EJERCICIO:

Para aplicar esta modalidad, es necesario no olvidar que además del movimiento propio en las cuentas del capital, deben deducirse los retiros debitados en la cuenta personales de los socios. En aconsejable no considerar la ganancia neta obtenida dentro del mismo ejercicio, salvo pacto en contrario.

Para ejemplificar, tomemos como base los datos del caso anterior, pero en el entendido que la división de los beneficios netos, será sobre los saldos al finalizar el cielo.

Conceptos Total Lucio Capital Fermin Capital Anacleto Capital

Saldos de cierre

Porcentaje

Ganancia Distribuible Q42.000.00

42/42

Q8.000.00 Q20.000.00

20/42

Q3.809.00 Q13.000.00

13/42

Q2.476.00 Q9.000.00

9/42

Q1.715.00

La jornalización es similar a la anterior

PERDIDAS Y GANANCIAS

Q8.000.00

Lucio Cuenta Particular Q3.809.00

Fermin Cuenta Particular Q2.476.00

Anacleto Cuenta Particular Q1.715.00

DISTRIBUCIÓN ARBITRARIA CONFORME A LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN:

No se aplica ningún razonamiento lógico, considerando factores decisivos, sino criterios muy particulares, que podrían atribuirse a la habilidad de unos socios frente a otros; quizá al paternalismo en aquellas empresas que se desenvuelven dentro de un marco familiar o bien como una simple formula con antifaz de estímulo para enganchar a una persona, que puede ser trabajador de la firma y cuyos servicios o conocimientos son necesarios para trabajar con éxito.

Ejemplo: El capítulo de la empresa “ Marcos Grifel y CIA. LTDA.” Está integrado en la siguiente forma:

Marcos Grifel Q20.000.00

Marcos W. Grifel jr. Q10.000.00

Max Grifel Q10.000.00

Fredy Grifel Q10.000.00

La ganancia se distribuye para don Marcos el 60% y el resto para los demás socios en partes iguales. La ganancia Neta fue de Q10.000.00

Distribución

Marcos Grifel Q 6.000.00

Marcos W. Grifel jr. Q 1.334.00

Max Grifel Q 1.334.00

Fredy Grifel Q 1.334.00

Q10.000.00

DISTRIBUCIÓN CONSIDERANDO LOS FACTORES TRABAJO Y CAPITAL:

Tiene la particularidad esta forma de distribución, de considerar tanto el trabajo que el socio desarrolla en la compañía como el capita aportada. Con la información del caso anterior. Supóngase que el 50% de la ganancia neta debe aplicarse al factor trabajo en partes iguales y que el resto se dividiera proporcionalmente a los capitales.

Socios %

Trabajo 50%

Capital 100%

Total

Marcos Grifel

Marcos W. Grifel jr.

Max Grifel

Fredy Grifel Q1.250.00

1.250.00

1.250.00

1.250.00 Q2.000.00

1.000.00

1.000.00

1.000.00 Q3.250.00

2.250.00

2.250.00

2.250.00

5.000.00 5.000.00 10.000.00

DISTRIBUCIÓN CONFORME EL CAPITAL PROMEDIO DEL EJERCICIO:

Se basa este método en calcular el promedio ponderado sobre los saldos de capital efectivamente situados a la empresa y cuyo factor de ponderación es precisamente, el numero de meses trascurrido a partir de la fecha de entrega. A manera de ilustración, se presenta el movimiento en las cuentas capital de los señores Peña verde, Del Llano y Chico monte.

La ganancia neta al 31 de Diciembre del 2012 fue de Q12.000.00

Debe Peña verde Haber

2012

Enero 1

Marzo 1

Julio 1

Q10.000.00

5.000.00

5.000.00

Debe Del Llano Capital Haber

2012

Enero 1

Mayo 1

Octubre 1

Q3.000.00

5.000.00

2.000.00

Debe Chico Monte Capital Haber

2012

Enero 1

Julio 1

Noviembre 1

Q3.000.00

5.000.00

2.000.00

Calculo forma “A”

Peña Verde

Q10.000.00 x 12 =

Q 5.000.00 x 10 =

Q 5.000.00 x 6 = Q120.000.00

Q 50.000.00

Q 30.000.00

Q200.000.00

Del Llano

Q5.000.00 x 12 =

Q 2.000.00 x 8 =

Q 3.000.00 x 3 = Q60.000.00 Q16.000.00

Q 9.000.00

Q85.000.00

Chico Monte Q3.000.00 x 12 =

Q2.000.00 x 6 =

Q3.000.00 x 2 = Q36.000.00 Q30.000.00

Q 4.000.00

Q70.000.00

Conceptos Total Peña Verde Del Llano Chico Monte

Saldos

Porcentajes

Ganancia Neta Q355.000.00

100%

Q12.000.00 Q200.000.00

56%

Q6.720.00 Q85.000.00

25%

Q2.880.00 Q70.000.00

20%

Q2.400.00

Obsérvese que la forma anterior se sustenta en el número de mese que estuvo colocado un saldo, considerado independientemente.

Para Peña Verde por ejemplo:

Q10.000.00 por 12 meses del 1 enero 31 de diciembre

Q5.000.00 por 10 meses del 1 Marzo 31 de diciembre

Q20.000.00 por 6 meses de 1 Julio 31 de diciembre

Calcula forma “B”

Peña Verde

Q10.000.00 x 2 =

Q15.000.00 x 4 =

Q 20.000.00 x 6 = Q 20.000.00

Q 60.000.00

Q120.000.00

Q200.000.00/12=

Q16.667.00

De Llano Q5.000.00 x 4 =

Q 2.000.00 x 5 =

Q 3.000.00 x 3 = Q60.000.00 Q16.000.00

Q 9.000.00

Q85.000.00/12=Q7.083.00

Chico Monte Q 3.000.00 x 6 =

Q 8.000.00 x 4 =

Q10.000.00 x 2 = Q 18.000.00 Q 32.000.00

Q 20.000.00

Q70.000.00/12=Q5.833.00

Total saldos promedio 29.583.00

Conceptos Total Peña Verde Del Llano Chico Monte

Saldos promedio

Porcentaje

Ganancia NETA Q29.583.00

100%

Q12.000.00 Q16.667.00

56%

Q6.720.00 Q7.083.00

Q24%

Q2.880.00 Q5.833.00

20%

Q2.400.00

Difiere esta forma de la anterior, en que se trabaja a base de saldos acumulados según las fechas de entrega y el tiempo que media entre una y la otra. La sumatoria resultante de los saldos ponderados (capital por número de mesas) se divide entre 12 meses y el cociente será el promedio. Para obtener el porcentaje, basta dividir casa promedio entre la suma de los mismos, el cual se aplica a la ganancias distribuible con el objeto de determinar la parte que corresponde a cada socio.

Del Llano por ejemplo: tienen una aportación total efectiva de Q10.000.00 con entregas parciales así:

Q5.000.00 Del 1 de enero al 30 de abril = 4 meses

Q7.000.00 (Q5.000.00 más Q2.000.00) del mayo al 30 de septiembre

= 5 meses

Q10.000.00 (Q7.000.00 más Q3.000.00) del 1 de octubre de 31 de diciembre.

= 3 meses

Total 12 meses

Nótese que para los tres socios, al utilizar esta forma, el número de meses debe coincidir con el periodo de la empresa. En la ilustración anterior el ciclo comprendió 12 meses.

DISTRIBUCIÓN CUANDO EXISTE UN SOCIO INDUSTRIAL

El precio de la experiencia, especialización o conocimiento técnico en determinada rama deben valorarse y quedar perfectamente establecidos en la escritura de construcción. Un capital por sí solo, produce, pero sus frutos no son óptimos, en tanto su destino no sea planificado, distribuido racionalmente y más que todo bien aprovechado. De ahí que la labor del socio industrial dentro de la empresa, tiene tanta importancia como la del socio capitalista. Su participación en el beneficio neto, es necesario puntualizarla. No obstante, el artículo 33 del código de comercio, prevé en sus cuatro últimos numerales lo siguiente:

“La participación del socio industrial en las utilidades se determinará promediando el capital de todas las aportaciones. Si es uno solo el socio capitalista, la parte de socio industrial será igual a la de otro socio”.

Si fueren varios los socios industriales se aplicará la regla anterior y el resultado se dividirá en partes iguales entre ellos”.

“El socio o socios industriales no soportarán las perdidas, sino en la parte que excedan del capital”.

“El socio que reúna la doble calidad de capitalista e industrial participara en las utilidades o en las perdidas en cada uno de los conceptos que le corresponde, según las normas anteriores”.

De acuerdo a las estipulaciones del código de comercio trascritas supóngase que en la empresa ABC el socio industrial “D” no tiene aportación en efectivo, La sección del capital en el balance es como sigue:

“A” Capital Q12.000.00

“B” Capital Q10.000.00

“C” Capital Q 8.000.00

“D” Aporta su especialización

El promedio de los tres capitales en de Q10.000.00 si la ganancia distribuible ascendió el 31 de diciembre a Q9.000.00, el cálculo será así:

Concepto Total “A” “B” “C” “D”

Capitales

Porcentajes

Ganancia Neta Q40.000.00

100%

Q9.000.00 Q12.000.00

12/40

Q2.700.00 Q10.000.00

10/40

Q2.250.00 Q8.000.00

8/40

Q1.800.00 Q10.000.00

10/40

Q2.250.00

CON BASE A INTERESES Y OTRA FORMA CONVENIDA

Esta modalidad tiene como fundamento el uso del capital complementando con otra forma pactada por los socios, generalmente la más usual es sobre los saldos efectivamente aportados, considerando la fecha de entrega, tiempo y utilización por parte de la empresa, como base para la aplicación de una tasa fija de intereses; el resto puede ser una distribución arbitraria.

Ilustración: La sociedad Izara S.C. obtuvo al cierre del ejercicio de 2012 Q6.000.00 de ganancia neta. Conforme la escritura social debe calcularse el 8% sobre los saldos utilizados de capital. El resto corresponde el 60% para Izara que funge como director y el 40% restante para Fuente. Sus cuentas de capital registran el siguiente movimiento:

Debe Felix Izara Capital Haber

1 de enero

1 de Julio Q10.000.00

Q10.000.00

Venancio Fuentes Capital

1 Abril Q2.000.00 1 Enero

1 Septiembre Q10.000.00

Q10.000.00

Distribución de la ganancia neta:

Señor Félix Izara:

8% sobre Q10.000.00 en 6 meses Q 400.00

8% sobre Q20.000.00 en 6 meses Q 800.00

Suman los intereses Q1.200.00

60% sobre Q3.853.00 Q2.312.00

Q3.512.00

Señor pedro fuente:

8% sobre Q10.000.00 en 3 meses Q 200.00

8% sobre Q8.000.00 en 5 meses Q 267.00

8% sobre Q18.000.00 en 4 meses Q 480.00

Suma los intereses Q 947.00

40% sobre Q3.853.00 Q1.541.00

Q2.488.00

El registro derivado de la distribución, será:

Pérdidas y Ganancias

Q6.000.00

Izara Cuenta Particular Q3.512.00

Fuentes Cuenta Particular Q2.488.00

AJUSTE A LAS CUENTAS DE LOS SOCIOS POR RESULTADOS ANTERIORES:

En todas las operaciones que afectan las cuentas de los socios, es necesario no perder de vista los marcos jurídicos por un lado y los dictados técnicos por el otro. En Guatemala solamente la empresa individual, puede afectar con los resultados económicos de cada ejercicio, la cuenta patrimonial. Las sociedades tiene que ceñirse al artículo 16 del código del comercio que en parte conducente dice: “La constitución de la sociedad y toda sus modificaciones, incluyendo prórrogas, aumento o reducción de capital… o cualesquiera otras reformas o ampliaciones, se harán en escritura pública…”

Técnicamente, las correcciones por determinación de resultados erróneos en periodos anteriores debería afectar las cuenta de capital de los socios, sin embargo, de acuerdo a nuestra legislación podría hacerse a través de las cuentas particulares. Es importante tomar como base el convenio de distribución de ganancias y pérdidas, correspondiente al ciclo en que origino el error.

Al determinar correctamente el resultado, se efectuara una nueva división de las ganancias netas entre los socios para compararla con la distribución anterior, a efecto de establecer los ajustes que deberán correrse en los registros de contabilidad.

Supóngase que la empresa AyB en su estado de resultados al cierre de 2012 omitió Q5.000.00 en el inventario final de mercaderías o sea que se tomó Q20.000.00 en vez de Q25.000.00. Según convenio, la participación en la ganancias y pérdidas de 40% para “A” y 60% para “B”.

A continuación se presenta un cuadro comparativo de los estados, incorrecto y correcto para determinar las correcciones en las cuentas de los socios:

Empres AyB

Estado Comparativo de resultados

Incorrecto Correcto

Ventas Q40.000.00 Q40.000.00

Menos: costo de ventas

Inventario Inicial Q10.000.00 Q10.000.00

+ Compras Q30.000.00 Q30.000.00

Q40.000.00

Q40.000.00

-Inv. De cierre Q20.000.00 Q25.000.00

Costo de Ventas Q20.000.00 Q15.000.00

Ganancia Bruta en ventas

Q20.000.00

Q25.000.00

Gasto de operación

Q10.000.00

Q10.000.00

Ganancia antes del impuesto

Q10.000.00

Q15.000.00

Impuesto sobre la renta

Q715.00

Q1260.00

Reserva legal

Q929.00 Q1.644.00 Q1.374.00 Q2.634.00

Ganancia Neta Q8.356.00 Q12.366.00

Cuadro Comparativo para determinación

de los ajustes

Concepto Total A = 4% B = 60% Impuesto sobre la renta Reserva Legal

Ganancia correcta

Q015.000.00

Q4.946.00

Q7.420.00

Q1.260.00

Q1.374.00

Ganancia con error

Q10.000.00

Q3.342.00

Q5.014.00

Q 715.00

Q 929.00

Ajustes Q 5.000.00 Q1.604.00 Q4.406.00 Q 545.00 Q 445.00

El registro inicial de distribución se corrió así:

Pérdidas y Ganancias

Q10.000.00

Socio “A” Cuenta particular Q3.342.00

Socio “B” Cuenta particular Q5.014.00

Impuesto sobre la Renta Q 715.00

Reserva Legal Q 929.00

Al determinar los resultados correctos del ejercicio y compararlos con el Estado de Pérdidas y Ganancias anterior, deberá asentarse en el registro contable, los siguientes ajustes:

Pérdidas y Ganancias

Q5.000.00

Socio “A” Cuenta particular Q1.604.00

Socio “B” Cuenta particular Q2.406.00

Impuesto sobre la Renta Q 545.00

Reserva Legal Q 445.00

ESTADO DE CAPITAL DE LOS SOCIOS:

Salvo disposición en contrario, es aconsejable presentar un solo resumen que contenga, el movimiento registrado en la cuentas individuales de capital de los socios. Las fuentes para elaborarlo son cuadro: 1) Saldos iniciales, 2) Inversiones adicionales, 3) Retiros y 4) Participación en las ganancias netas.

Sociedad ABC

Estado de Capital

Concepto Total Socio “A” Socio “B” Socio “C”

Saldos 1 enero/12 inversiones adicionales

Q35.000.00

Q12.000.00 Q10.000.00

Q 4.000.00 Q10.000.00

Q 2.000.00 Q15.000.00

Q 6.000.00

Retiros

Q47.000.00

Q 4.000.00

Q14.000.00

Q 2.000.00

Q12.000.00

Q 2.000.00

Q21.000.00

Q------------

Ganancias netas

Q43.000.00

Q18.000.00

Q12.000.00

Q 8.890.00

Q10.000.00

Q 4.790.00

Q21.000.00

Q 4.340.00

Saldos 31 de dic/12

Q61.020.00

Q20.890.00

Q14.790.00

Q23.430.00

RETIROS DE SOCIOS:

Independientemente de los motivos que tenga un socio para retirarse, los otros socios que continúan atendiendo el negocio, deben formular conforme mutua conveniencia, un sencillo arreglo para liquidar la parte de la aportación que le corresponde al socio que se retira. En seguida ilustran las alternativas que pueden darse:

RETIRO DE UN SOCIO A QUIEN SE LE ENTREGA SU SALDO REGISTRADO DE CAPITAL:

Esta forma no admite ninguna complicación. Es concreta. Basta entonces, consultar la sección de capital del balance y determinar la forma de pago. Supónganos que Juan, Pedro y Fermín socio de una empresa responsabilidad limitada, tiene los siguientes capitales:

Capitales Distribución

Ganancia

Juan

Q20.000.00

30%

Pedro

Q30.000.00 30%

Fermín Q30.000.00 40%

Juan decide retirarse y el importe de su interés financiero se le cubre en efectivo:

Juan, Cuenta Capital

Q20.000.00

Banco del Pueblo Q20.000.00

El mismo caso, con la variante que únicamente se le entregan a Juan Q10.000.00 en efectivo y por el resto se firma un documento con un plazo de 90 días:

Juan, Cuenta Capital

Q20.000.00

Banco del Pueblo

Documentos por pagar Q10.000.00

Q10.000.00

RETIROS DE UN SOCIO A QUIEN SE LE RECONOCE MENOS DE SU CAPITAL REGISTRADO:

El propio socio que se retira, al darse cuenta que los saldos de activo exhibe el balance, no corresponden en la realidad a los saldos de capital, puede tomar la iniciática, de no retirar la totalidad del monto que figura en su cuenta capital. La determinación puede partir también los otros socios. Si los activos cuyo valor se estima por debajo del registrado, son fácilmente identificables, la proporción del socio que se retira, se rebajará de su cuenta capital, con crédito a dichos activos. En esta forma, el efectivos a si favor será igual al nuevo saldo. Ahora bien, si las causas no están relacionadas directamente con los activos, sino obedecen a una, situación general mala del negocio, los socios podrían no dar su asentamiento para introducir alguna modificación en los registros de contabilidad. Pueden suceder sin embargo, que alguna modificación en los registros de contabilidad. Pueden suceder sin embargo, que el socio que se retira, reconozca una bonificación o prima para incrementar el capital de los otros socios.

Partiendo de la información de los casos anteriores, supongamos que por retirarse, Juan pierde la cuarta parte de su capital, con la cual incrementarán si interés financieros los otros socios:

Juan Capital

Q20.000.00

Pedro, Capital Q 2.143.00

Fermín, Capital Q 2.857.00

Banco del Pueblo Q15.000.00

La distribución se ha hecho con base en los porcentajes fijados para el reparto de ganancias.

El balance completo de la sociedad de responsabilidad limitada, muestra las siguientes cifras:

Caja y Bancos Q5.000.00

Cuenta por cobrar Q40.000.00

Estimación cuentas incobrables

Q 2.000.00

Q38.000.00

Inventario Mercaderías

Q25.000.00

Terrenos y edificios Q32.000.00

Total Activo Q100.000.00

Q100.000.00

Pasivo y Capital

Proveedores Q 12.000.00

Cuenta por pagar Q 8.000.00

Juan, Capital Q 20.000.00

Pedro, Capital Q 30.000.00

Fermín Capital Q 30.000.00

Total pasivo y capital Q100.000.00

Total pasivo y capital

Previo al retiro de Juan, se conviene en correr los siguientes ajustes:

1. Rebajar en Q3.000.00 el renglón “Cuentas por Cobrar” como consecuencias de saldos que se estiman incobrables.

2. Formando parte del Inventario de Mercaderías, existe un lote de artículos por valor de Q5.000.00 que se consideran invencible.

Conceptos Juan Pedro Fermín Totales

Porcentajes 30% 30% 40% 100%

Distribución Q2.400.00 Q2.400.00 Q3.200.00 Q8.000.00

El ajuste antes del retiro de Juan tendría que ser:

Juan, Capital Q2.400.00

Pedro, Capital Q2.400.00

Fermín, Capital Q3.200.00

Estimación Cuentas incobrables Q3.000.00

Mercaderías Q5.000.00

Para registrar el retiro de Juan, debería correrse el siguiente asiento:

Juan, Cuenta Capital Q17.600.00

Banco del Pueblo Q17.600.00

REGISTRO DE UN SOCIO A QUIEN SE LE RECONOCE MÁS DE SU CAPITAL REGISTRADO:

En nuestra ilustración, partimos del supuesto que autorizar el retiro de un socio, es necesario haber establecido los resultado económicos a la fecha de separación, con el objeto de entrégale en una forma inequívoca y equitativa el importe que realmente le corresponde de si interés financiero.

Desde luego que este reconocimiento estará condicionado o se justificará cuando la empresa atraviese por un periodo de solvencia económica. Como en el caso anterior, si los activos que han producido un cambio en el capital, son fácilmente identificables, bastara con incrementar su valor en libros con abono a las cuentas de capital, se canalizará por medio de crédito mercantil o renombre comercial. Debe apuntarse que la revaluación de Activos, se considera una práctica saludable, excluyendo los casos de reorganización. Es más, cuando estas revaluaciones provienen del retiro de un socio a quien con base en la misma se le cubrió su aportación, esta circunstancia sirve de valladar contra valuaciones arbitrarias.

Siguiente los mismos datos del balance trascrito con anterioridad, a continuación se ilustran los casos más conocidos.

Creando crédito mercantil. La situación financiera y el prestigio que se ha labrado el negocio, no es factible localizarlas en un renglón específico. Se convino reconocer a Juan Q26.000.00 por su participación en la empresa. Los asientos requeridos son:

Renombre comercial Q20.000.00

Pedro, Capital Q6.000.00

Fermín, Capital Q6.000.00

Banco del Pueblo Q8.000.00

Juan Capital Q26.000.00

Bancos del Pueblo Q26.000.00

Revaluación de Activos. Con base en una tasación de expertos en la materia, se determinó que los terrenos y edificios tienen un valor actual de Q50.000.00. Los registros de contabilidad, muestran el siguiente movimiento:

Terrenos y Edificios Q18.000.00

Pedro, Capital Q5.400.00

Fermín, Capital Q5.400.00

Banco del Pueblo Q7.200.00

Juan Capital Q25.400.00

Bancos del Pueblo Q25.400.00

AFECTO LOS INTERESES FINANCIEROS DE LOS SOCIOS QUE CONTINÚAN:

Pueden presentarse este caso, cuando los socios que siguen atendiendo el negocio, no desean alterar en ninguna forma, los valores que respaldan el activo de la empresa. A cambio, ellos, con cargo a sus capitales, cubren una bonificación al socio que se retira. Supóngase que a Juan en el momento de su retiro se le reconoce Q25.000.00 por su participación. La jornalización será:

Pedro, Capital Q2.143.00

Fermín, Capital Q2.857.00

Juan, Capital Q5.000.00

Juan Capital Q25.000.00

Bancos del Pueblo Q25.000.00

DISPOSICIONES LEGALES RESPECTO A LA EXCLUSIÓN Y SEPARACIÓN DE LOS SOCIOS:

En el capítulo XI, sección primera del código de comercio, están normadas las causa que obligan a la exclusión o separación de uno o más socios, en la siguiente forma:

Artículo 225. Disolución parcial. La exclusión o la separación de uno o más socios en las sociedades, no accionadas, causa la disolución parcial de la sociedad. En las sociedades anónimas, se estará a lo dispuesto en el Artículo 111. (Adquisición de acciones por la propia empresa).

Artículo 226. Causas de exclusión. Son causas para excluir a uno o mas socios, además de las infracciones a los preceptos de los artículos 29, 39 y 40 (29 retardo o negativa en la entrega de las aportaciones; 39: prohibiciones a los socios y 40; sanción a los socios que implican exclusión de la sociedad) de este código el incumplimiento por el socio o socios de las obligaciones que les impone la ley o la escritura socio y la comisión de actos fraudulentos o dolosos contra la sociedad.

Son causas para la exclusión de uno o más socio en las sociedades no accionadas las siguientes:

1. La condena por falsedad o por delitos contra la propiedad

2. La quiebra

3. La interdicción declarada judicialmente para ser comerciante

Artículo 227. Acuerdo de exclusión. El acuerdo de exclusión se tomara por el voto de la mayoría y tiene efecto trascurridos treinta días desde la fecha de la comunicación al socio excluido. El socio no tiene derecho a votar respecto del acuerdo de exclusión que lo afecte.

Dentro de este término, el socio excluido puede hacer oposición ante el Juez de primera instancia de lo civil, en juicio sumario.

En igual forma se resolverá la exclusión de los socios a petición del otro, en las sociedades compuestas por dos socios.

Artículo 228. Responsabilidad de exclusión. El socio excluido responderá frente a la sociedad, de los daños y perjuicios causados por los actos que motivaron la exclusión.

Artículo 229. Separación en sociedad no accionada. En las sociedades no accionada, los socios puede obtener su separación no solamente por las causas señaladas en los artículos 16, 58, y 261 de este código (16: solemnidad de la sociedad 58: administrador extraño, 261 responsabilidad del inconforme) sino también en los casos siguientes:

1. Si la sociedad, a pesar de tener ganancias suficiente durante los dos ejercicios consecutivos inmediatos, no reparte utilidades, cuando menos del ocho por ciento (8%) del capital social pagado.

2. Si no se excluye al socio culpable en los casos previstos en el artículo 226 de este código, a pesar de ser requerida la sociedad para ello.

3. Si la sociedad se ha constituido por duración indefinida y el socio manifiesta su voluntad de separarse; en este caso es necesario un aviso previo, por los menos, con un ejercicio social de anticipación.

Artículo 230. Derecho de Separación. El derecho de separación solo puede ser ejercido por los socios que hubieren votado en contra de las decisiones a que se refiere el inciso 1. Del artículo anterior y los artículos 58 y 261 de este código, o que hubiese hecho el requerimiento de exclusión del socio mencionados en el inciso 2. Del artículo anterior.

Los derechos a que se refiera los artículos 226 y 229 de este código, caducara si la sociedad a los socios no los ejercita dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que tenga conocimiento del hecho que pueda ocasionar la exclusión o la separación.

Artículo 231. Derechos de separación en sociedades accionadas. En las sociedades por acciones los socios pueden obtener su separación en el caso del inciso 1. Del artículo 229 y cuando la sociedad cambie su objeto, prorrogue su duración, traslade su domicilio a país extranjero, se transformó o fusiones.

El derecho de separación corresponde solo a los accionistas que votaren en contra de la resolución, y deberá ejercerse dentro de los quince días siguientes a la fecha en que haya celebrado la asamblea general que tomó el acuerdo correspondiente.

Las sociedades puede preceder a la venta de las acciones del socio que se hayan separado, siempre que obtengan cuando menos unos precios igual a la cantidad que desembolso para liquidar a dicho socio.

Si en el plazo de seis meses no se ha logrado la venta, debe reducirse el capital, con observancia de los requisitos legales.

Artículo 232. Responsabilidad de exclusión o separados. El socio que se separe p fuera excluido de una sociedad, quedara responsable para con los terceros de todas las operaciones pendientes en el momento de la separación o exclusión, según la naturaleza de la sociedad.

El pacto en contrario no producirá efecto en perjuicios de terceros.

Artículo 233. Retención del Capital. En los casos de exclusión de un socio, la sociedad podrá retener la parte de capital y utilidades de aquel hasta concluir las operaciones pendientes al tiempo de la exclusión, debiendo hacerse entonces la liquidación del haber social que le corresponda.

El plazo de retención no podrá ser superior a tres años pero si el socio excluido es sustituido por otro, se hará inmediatamente la liquidación y pago de su cuota.

Artículo 234. Liquidación Parcial. Resulta la exclusión de un socio, se procederá a liquidar la parte que le corresponda y aprobada esa liquidación, la sociedad fijara un plazo prudencial para efectuar el pago, de acuerdo con lo prescrito en el artículo anterior.

En caso de desacuerdo entre el excluido y la sociedad, el plazo y las condiciones serán fijadas por el Juez de primera instancia del civil. Todas las acciones a que da lugar el presente artículo, se ventilaran en juicio sumario.

MUERTE DE UN SOCIO:

Respecto a la muerte de un socio, el artículo 225 del código de comercio, puntualiza: “Artículo 235. Herederos en socios no accionistas. En las sociedades no accionadas, los herederos del socio fallecido podrán usar, pero solamente de consumo de derechos que pueden derivar del artículo 43 dice: podrá pactarse que a la muerte cualquiera de los socio continúe la sociedad, pero si a los demás socios a recibirlos).

Si los herederos resuelven no entrar en la sociedad o transcurre el termino legal si manifestar su anuencia a continuar en ella o no se previo nada en la escritura social, se disolverá parcialmente la sociedad y se liquidara la parte correspondiente a su causante, a la fecha de su fallecimiento y no participaran de los resultados posteriores a ella, sino en cuenta con una consecuencia necesaria de los negocios iniciales antes de fallecimiento.

Liquida a la parte del socio fallecido, los socios que continúen la sociedad, tendrán derecho a un plazo que no exceda de dos años para pagarla. En caso de acuerdo, se procederá como la determina el artículo anterior.

Artículo 236. Liquidación inmediata. En el caso de los derechos que se concedan a los socios los artículos 229, 230 y 231 de este código, la liquidación y pago deben hacerse inmediatamente.

Al ocurrir el fallecimiento de un socio, los pasos a seguir estarán determinados por la escritura social. Desde el punto de vista contable, podrían presentarse las situaciones que se comentan a continuación.

1. Si no se hubiese pactado nada en contrario, la empresa deberá practicar un cierre extraordinario, con el objeto de establecer los resultados económicos a la fecha de deceso y acreditar, según el caso, la proporción correspondiente, en la nueva cuenta capital del socio heredero, en la cuenta de la sucesión o en cuenta capital del socio fallecido.

2. Si la decisión no ha sido, que la sucesión o los herederos continúen el negocio, deberá contabilizarse la proporción respectiva, en una cuenta de pasivo.

3. Si el convenio se ha concretado a la liquidación de la sociedad, deberán concluirse las operaciones de realización del activo, cancelación de obligaciones y determinación del resultado final, para cubrir a los herederos, la participación del socio fallecido.

4. Como un reconocimiento o prestación, podría disponerse esperar el ejercicio normal de la empresa y cubrir a los herederos inclusos, además de su capital, la proporción normal de las ganancias

5. La posibilidad de revaluar los activos o crear renombre comercial si las condiciones del negocio lo amerita, también es un activo de justicia o reconocimiento a la labor desarrollada por el socio fallecido

CUANDO SE LES CANCELA ALOS HEREDEROS LA PARTE QUE LE CORRESPONDÍA AL SOCIO FALLECIDO:

Ilustración: La empresa Mérida y Morales, S. C. tiene un periodo de imposición del 1 de enero de 21 de diciembre de cada año. El 31 de marzo de 2012, fallece el señor Pedro Morales, cuyos herederos según la escritura de constitución, recibirán el importe de capital, más la proporción de las ganancias después de deducir el impuesto al 31 de marzo, la cuenta del pérdidas y ganancias después de deducir el impuesto sobre la renta, etc., las cuenta individuales de capital exhiben los siguientes saldos.

Pérdidas y Ganancias Jorge Mérida, Capital

Q2.240.00

Q3.000.00

Pedro Morales, Capital Miguel Mérida

Q3.000.00

Q2.000.00

El proceso contable para cubrir a los herederos la participación del socio fallecido, es muestra a continuación:

Pérdidas y Ganancias

Q2.240.00

Jorge Mérida, Capital Q840.00

Pedro Morales, Capital Q840.00

Miguel Mérida, Capital Q560.00

Pedro Morales Q3.840.00

Banco del Pueblo Q3.840.00

CUANDO LO HEREDEROS SUSTITUYEN EN LA EMPRESA AL SOCIO FALLECIDO:

La forma y condiciones en que los herederos asuman su participación dentro de la empresa, estará puntualizando por el instrumento jurídico que dio origen a la misma, o bien a un acuerdo que por unanimidad decidan los otros socios con dichos herederos. Podría decidirse por ejemplo, un simple cambio de nombre en la cuenta de capital, en la siguiente forma:

Pedro Morales, Capital Q3.000.00

Sucesores Morales, Capital Q3.000.00

Otra forma:

Pedro Morales Q3.000.00

Julio Morales, Capital Q1.500.00

Irma Morales, Capital Q1.500.00

VENTA DE LA SOCIEDAD

La venta de un negocio puede producirse principalmente, por dos situaciones:

1. Convertibilidad en efectivo del valor en libros o por una cifra superior a dicho valor, obedeciendo el acuerdo y propósito de los socios y,

2. Disponer su venta por una cifra inferior a su valor en libros, simplemente por no poderlo atender o bien por existir evidencias de que el negocio, está declinando. Como variante pueden citarse, la creación de renombre comercial, antes de la enajenación, el traslado nada más de una parte de los activos, la revaluación de los mismos, etc.

Es importante en todo caso, tener presente que para estos efectos al determinar al valor en libros, se elimina el efectivo en caja y las cuentas de depósitos monetarios. Sería absurdo vender el numerario. Para ilustrar las principales alternativas, tomemos de la Empresa Lanza verde y Cien fuga S.C. al 21 de diciembre de 2012 el siguiente:

Balance General

Activo

Circulante

Q 3.000.00

Caja y Bancos Q37.000.00

Estimación cuentas incobrables Q 5.000.00 Q32.000.00

Inventario Mercaderías Q35.000.00 Q 70.000.00

Fijo

Mobiliario y Equipos Q8.000.00

Depreciación acumulada mobiliario y equipo

Q2.000.00

Q6.000.00

Vehículos Q12.000.00

Depreciación acumulada vehículos Q 4.000.00 Q8.000.00

Edificios Q40.000.00

Depreciación acumulada Edificio Q 6.000.00 Q34.000.00

Terreno Q12.000.00 Q 60.000.00

Suma de Activo

Q130.000.00

Pasivo

Circulante

Proveedores Q20.000.00

Cuenta por pagar Q10.000.00 Q30.000.00

Largo Plazo

Hipotecas Q10.000.00

Capital Social

Lanza Verde, Capital Q30.000.00

Cien Fuegos, Capital Q30.000.00

Capa Blanca, Capital Q30.000.00 Q 90.000.00

Suma Pasivo y Capital

Q130.000.00

Nuestro primer paso, previo a la venta, consistirá en determinar el valor en libros del negocio. Por regla general, la jornalización se concreta a las tres partidas que se enumeran a continuación:

a) Ingreso del efectivo, debitando conjuntamente con la cuenta caja o bancos, las cuentas de pasivo y contra cuentas de Activo (Depreciaciones Acumuladas, Estimación para cuentas incobrables, documentos por cobrar descontados, etc.) con crédito a todas las cuentas de activo, excluyendo como ya se indicó, los renglones de caja y bancos.

b) El segundo asiento servirá para ajustar las cuentas de capital, conforme el resultado de transacciones, es decir, enjugar la ganancia o pérdida en venta a través de las cuentas patrimoniales, y

c) El último registro se reduce a debitar cada una de las cuentas de capital, con el importe correspondiente, abonando la cuenta caja y/o Bancos.

VENTAS DEL NEGOCIO POR SU VALOR EN LIBROS:

Siguiendo el esquema trazado en líneas anteriores, establezcamos el valor en libros:

Total activo Q130.000.00

Menos

Efectivo en Bancos Q3.000.00

Pasivo Circulante Q30.000.00

Pasivo a Largo Plazo Q10.000.00 Q43.000.00

Valor en libros

Q87.000.00

El registro en libros será:

Bancos Q87.000.00

Proveedores Q20.000.00

Cuentas por pagar Q10.000.00

Hipotecas Q10.000.00

Estimación cuentas incobrables Q5.000.00

Depreciación Acumulación Mobiliario y Equipo

Q2.000.00

Depreciación Acumulación Vehículos Q4.000.00

Depreciación Acumulada Edificios Q6.000.00

Inventario Mercaderías Q35.000.00

Cuentas por cobrar Q37.000.00

Mobiliario y Equipo Q8.000.00

Vehículos Q12.000.00

Edificios Q40.000.00

Terrenos Q12.000.00

Q144.000.00

Q144.000.00

Obsérvese que las únicas cuentas abiertas, son la de Bancos y Capitales.

Bancos Lanza Verde, Capital

Q 3.000.00

Q87.000.00

Q 30.000.00

Cien Fuegos, Capital Capa Blanca, Capital

Q 30.000.00

Q 30.000.00

Lanza Verde, Capital Q100.000.00

Cien Fuegos, Capital Q 87.000.00

Capa Blanca, Capital Q 30.000.00

Ganancias en Ventas

Q90.000.00

VENTA POR UNA CIFRA SUPERIOR A SU VALOR EN LIBROS:

El negocio se vende en la cantidad de Q100.000.00

(-) Valor en libros Q 87.000.00

Ganancia en Ventas Q 13.000.00

Los asientos derivados de la transacción serán:

Bancos Q100.000.00

Proveedores Q 20.000.00

Cuentas por pagar Q 10.000.00

Hipotecas Q 10.000.00

Estimación cuentas incobrables Q 5.000.00

Depreciación Acumulada Mobiliario y equipo Q 2.000.00

Depreciación Acumulada Vehículos Q 4.000.00

Depreciación Acumulada Edificios Q 6.000.00

Inventario de mercaderías Q35.000.00

Cuentas por pagar Q37.000.00

Mobiliario y Equipo Q 8.000.00

Vehículos Q12.000.00

Edificios Q40.000.00

Terrenos Q12.000.00

Ganancia en venta ____________ Q13.000.00_

Q157.000.00 Q157.000.00

Ganancia en Venta

Q13.000.00

Lanza Verde, Capital Q 4.333.00

Cien Fuegos, Capital Q 4.333.00

Capa Blanca, Capital _____________ Q 4.333.00

Q13.000.00 Q13.000.00

Lanza Verde, Capital Q 34.334.00

Cien Fuegos, Capital Q 34.334.00

Capa Blanca, Capital Q 34.334.00

Bancos ___________ Q103.000.00

Q103.000.00 Q103.000.00

El movimiento registrado en el libro mayor ha sido el siguiente:

Bancos Lanza Verde, Capital

Q 3.000.00

Q100.000.00

Q103.000.00

Q34.334.00 Q 30.000.00

Q 4.334.00

Cien Fuegos, Capital Capa Blanca, Capital

Q34.333.00 Q 30.000.00

Q 4.333.00

Q34.333.00 Q 30.000.00

Q 4.333.00

VENTAS POR UNA CIFRA INFERIOR A SU VALOR EN LIBROS:

El negocio se vende en la suma de: Q75.000.00

Valor en libros Q87.000.00

Perdidas en la venta del negocio Q12.000.00

La jornalización es similar a los casos anteriores:

Bancos Q75.000.00

Proveedores Q20.000.00

Cuenta por pagar Q10.000.00

Hipotecas Q10.000.00

Estimación Cuentas Incobrables Q 5.000.00

Depreciación Acumulado Mobiliario y Equipo

Q 2.000.00

Depreciación Acumulada Vehículos Q 4.000.00

Depreciación Acumulada Edificios Q 6.000.00

Perdida en Venta Q12.000.00

Inventario Mercaderías Q 35.000.00

Cuenta por cobrar Q 37.000.00

Mobiliario y equipo Q 8.000.00

Vehículos Q 12.000.00

Edificios Q 40.000.00

Terrenos ___________ Q 12.000.00

Q144.000.00 Q144.000.00

Lanza Verde, Capital Q 4.000.00

Cien Fuegos, Capital Q 4.000.00

Capa Blanca, Capital Q 4.000.00

Perdida en Ventas __________ Q12.000.00

Q12.000.00 Q12.000.00

Lanza Verde, Capital Q 26.000.00

Cien Fuegos, Capital Q 26.000.00

Capa Blanca, Capital Q 26.000.00

Bancos ___________ Q78.000.00

Q 78.000.00 Q78.000.00

Bancos Lanza Verde, Capital

Q 3.000.00

Q75.000.00

Q78.000.00

Q78.000.00

Q 4.000.00

Q26.000.00

Q30.000.00 Q 30.000.00

___________

Q 30.000.00

Cien Fuegos, Capital Capa Blanca, Capital

Q40.000.00

Q26.000.00

Q30.000.00 Q 30.000.00

___________

Q 30.000.00

Q4.000.00

Q26.000.00

Q30.000.00 Q 30.000.00

___________

Q 30.000.00

Normas Internacionales de Informacion Financiera (NIIF) para PYMES

NIIF 1

El objetivo de esta NIIF es asegurar que los primeros estados financieros conforme a las NIIF de una entidad, así como sus informes financieros intermedios, relativos a una parte del periodo cubierto por tales estados financieros, contienen información de alta calidad que:

(a) sea transparente para los usuarios y comparable para todos los periodos en que se presenten;

(b) suministre un punto de partida adecuado para la contabilización según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF)

(c) pueda ser obtenida a un costo que no exceda a sus beneficios.

Esta NIIF se aplicará cuando una entidad adopta por primera vez las NIIF. No será de aplicación cuando, por ejemplo, una entidad:

(a) abandona la presentación de los estados financieros según los requerimientos nacionales, si los ha presentado anteriormente junto con otro conjunto de estados financieros que contenían una declaración, explícita y sin reservas, de cumplimiento con las NIIF;

(b) presentó en el año precedente estados financieros según requerimientos nacionales, y tales estados financieros contenían una declaración, explícita y sin reservas, de cumplimiento con las NIIF

(c) presentó en el año precedente estados financieros que contenían una declaración, explícita y sin reservas, de cumplimiento con las NIIF, incluso si los auditores expresaron su opinión con salvedades en el informe de auditoría sobre tales estados financieros.

NIIF 2

Consiste en especificar la información financiera que ha de incluir una entidad cuando lleve a cabo una transacción con pagos basados en acciones. En concreto, requiere que la entidad refleje en el resultado del periodo y en su posición financiera, los efectos de las transacciones con pagos basados en acciones, incluyendo los gastos asociados a las transacciones en las que se conceden opciones sobre acciones a los empleados.

A los efectos de esta NIIF, una transacción con un empleado (o un tercero), en su condición de tenedor de instrumentos de patrimonio de la entidad, no será una transacción con pagos basados en acciones. Por ejemplo, si una entidad concede a todos los tenedores de una determinada clase de sus instrumentos de patrimonio el derecho a adquirir instrumentos de patrimonio adicionales de la misma, a un precio inferior al valor razonable de esos instrumentos, y un empleado recibe tal derecho por ser tenedor de un instrumento de patrimonio de esa clase particular, la concesión o el ejercicio de ese derecho no estará sujeto a los requerimientos de esta NIIF.

NIIF 3

Consiste en mejorar la relevancia, la fiabilidad y la comparabilidad de la información sobre combinaciones de negocios y sus efectos, que una entidad que informa proporciona a través de su estado financiero. Para lograrlo, esta NIIF establece principios y requerimientos sobre la forma en que la entidad adquirente:

(a) reconocerá y medirá en sus estados financieros los activos identificables adquiridos, los pasivos asumidos y cualquier participación no controladora en la entidad adquirida;

(b) reconocerá y medirá la plusvalía adquirida en la combinación de negocios o una ganancia procedente de una compra en condiciones muy ventajosas

(c) determinará qué información revelará para permitir que los usuarios de los estados financieros evalúen la naturaleza y los efectos financieros de la combinación de negocios.

Una entidad determinará si una transacción u otro suceso es una combinación de negocios mediante la aplicación de la definición de esta NIIF, que requiere que los activos adquiridos y los pasivos asumidos constituyan un negocio. Cuando los activos adquiridos no sean un negocio, la entidad que informa contabilizará la transacción o el otro suceso como la adquisición de un activo.

NIIF 4

Consiste en especificar la información financiera que debe ofrecer, sobre los contratos de seguro, la entidad emisora de dichos contratos (que en esta NIIF se denomina aseguradora), hasta que el Consejo complete la segunda fase de su proyecto sobre contratos de seguro. En particular, esta NIIF requiere:

(a) Realizar un conjunto de mejoras limitadas en la contabilización de los contratos de seguro por parte de las aseguradoras.

(b) Revelar información que identifique y explique los importes de los contratos de seguro en los estados financieros de la aseguradora, y que ayude a los usuarios de dichos estados a comprender el importe, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros procedentes de dichos contratos.

Esta NIIF no aborda otros aspectos contables de las aseguradoras, como la contabilización de los activos financieros que sean propiedad de entidades aseguradoras y de los pasivos financieros emitidos por aseguradoras.

Para facilitar las referencias, esta NIIF denomina aseguradora a toda entidad que emita un contrato de seguro, con independencia de que dicha entidad se considere aseguradora a efectos legales o de supervisión.

Un contrato de reaseguro es un tipo de contrato de seguro. De acuerdo con ello, todas las referencias que se hacen a los contratos de seguro, en esta NIIF, son aplicables también a los contratos de reaseguro.

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