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Decreto 148


Enviado por   •  8 de Julio de 2014  •  1.404 Palabras (6 Páginas)  •  280 Visitas

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Para la Identificación, el Generador deberá identificar los envases que contengan sus residuos, mediante el uso de etiquetas indicando la peligrosidad, unidad o facultad generadora, nombre del responsable, fechas de inicio y final de llenado de envasado.

Para el Almacenamiento temporal, una vez separados por clase los residuos, se almacenarán temporalmente en la misma habitación que el residuo fue generado, mientras se realiza su transporte hacia la bodega de almacenamiento o disposición final.

La acumulación de sustancias y residuos peligrosos la realizan y es de responsabilidad de las Unidades Generadoras, debiendo disponer las mezclas residuales dentro de bidones plásticos y con el etiquetado correspondiente.

El transporte de los residuos desde la fuente generadora hacia el sitio de almacenamiento temporal será realizado a través de servicios de recolección de la Universidad de Concepción.

Identificación y clasificación:

Un residuo o una mezcla de residuos es peligrosa si presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar alguna de las características que se definen a continuación:

Para efectos del presente Reglamento las características de peligrosidad son las siguientes: toxicidad aguda, toxicidad crónica, toxicidad extrínseca, inflamabilidad, reactividad y corrosividad. Bastará la presencia de una de estas características en un residuo para que sea calificado como residuo peligroso.

Para la determinación de peligrosidad de residuos químicos desconocidos, se podrán realizar las pruebas cualitativas desarrolladas por el Centro de Gestión y Manejo de Sustancias y Residuos Peligrosos

Envasado:

En la elección del tipo del envase se tendrá en cuenta el volumen de residuos producido y las características de peligrosidad que presente el residuo.

Los envases destinados a contener los Residuos Peligrosos, así como sus cierres, estarán concebidos y realizados de forma que se evite cualquier pérdida de su contenido y serán de materiales no susceptibles de ser atacados por el contenido, ni formar con éste combinaciones peligrosas. Además, los recipientes suministrados y sus cierres serán sólidos y resistentes para responder con seguridad a las manipulaciones necesarias y se mantendrán sin defectos estructurales y sin fugas aparentes.

El envasado de los Residuos Peligrosos se hará de forma que se evite generación de calor, explosiones, igniciones, formación de sustancias tóxicas o cualquier efecto que aumente su peligrosidad o dificulte su gestión.

Los envases con residuos peligrosos listos para su recogida, estarán correctamente identificados mediante una etiqueta. En ella figurarán los siguientes datos: nombre del residuo, nombre de quién etiqueto el contenedor, departamento generador, facultad o centro.

Los envases no se han de llenar más allá del 90% de su capacidad con la finalidad de evitar salpicaduras, derrames y sobrepresiones.

Etiquetado:

El etiquetado de un residuo implica la asignación de categorías de peligrosidad definidas y preestablecidas, basadas en las propiedades fisicoquímicas, toxicológicas, efecto especifico sobre la salud y el medio ambiente, identificadas mediante pictogramas y símbolos de peligrosidad (explosivo, inflamable, corrosivo, toxico, irritante, comburente, nocivo).

Los envases que contengan residuos peligrosos deberán estar etiquetados de forma clara, legible e indelible y en español.

En la etiqueta deberá figurar:

- Nombre del residuo.

- Nombre del responsable de quién acopia.

- Departamento generador.

- Facultad o centro.

- Fecha de inicio y final de envasado.

- La naturaleza de los riesgos que presentan los residuos indicados en los pictogramas correspondientes.

Las etiquetas estarán fijadas sobre los envases, debiendo ser anuladas, si fuera necesario, indicaciones o etiquetas anteriores de forma que no induzcan a error o desconocimiento del origen y contenido del envase en ninguna operación posterior del residuo.

El tamaño de la etiqueta no será en ningún caso inferior a 10 x 10 cm.

Recolección:

Cuando los bidones o contenedores con residuos estén listo para su recolección, el generador deberá notificar mediante la Solicitud de Recolección de Residuos, y luego entregarla directamente a la Centro de Gestión y Manejo de Sustancias y Residuos Peligrosos. La entrega se realizará los días miércoles de cada semana para efectuar los retiros dentro de dos semanas, salvo excepciones de alto riesgo dentro de las unidades generadoras (casos especiales).

Un miembro del equipo del Centro de Gestión y Manejo de Sustancias y Residuos Peligrosos, colectará los residuos indicados en la Solicitud de Recolección de Residuos dentro de dos semanas. Los residuos deben estar apropiadamente etiquetados y fácilmente accesibles para el recolector.

Mientras el miembro del equipo de residuos peligrosos está colectando el residuo, la persona encargada (o de contacto) debe estar disponible para cualquier consulta.

Si al momento del retiro los residuos no cuentan con solicitud correspondiente o se encuentran mal envasados (deformaciones del envase, roturas, cierre defectuoso, etc) y/o mal etiquetados (debe figurar claramente la categoría del residuo, nombre de la unidad generadora, etc.), el personal recolector no deberá retirar los recipientes.

Al día siguiente de la recogida, el Centro de Gestión y Manejo de Sustancias y Residuos Peligrosos, verifica telefónicamente con la unidad generadora si se retiró el o los contenedores solicitados y si se presentaron inconvenientes. Información que será ingresada al archivo de cada solicitud.

Para facilitar el retiro de los recipientes se recomienda contar con un cargador manual pequeño de ruedas, que permita el traslado fácil y seguro desde la fuente generadora hasta el camión.

Almacenamiento:

El sitio de almacenamiento se mantendrá en perfecto estado, orden y limpieza, manteniendo los residuos peligrosos separados en grupos compatibles el almacenamiento, para prevenir reacciones peligrosas en caso de accidentes. El área de almacenamiento y gabinetes deben contar con señalización correspondiente al riesgo.

Llos líquidos combustibles no se almacenarán conjuntamente con productos comburentes ni con sustancias tóxicas o muy tóxicas que no sean combustibles, debiendo estar alejadas entre sí.

Los productos no inflamables, ni combustibles pueden actuar como elementos separadores siempre que estos productos no sean incompatibles con los productos almacenados.

El tiempo de almacenamiento de los residuos en la bodega de almacenamiento temporal no superará en ningún caso los 6 meses establecidos por el Reglamento, a contar desde la fecha de retirada que figura en la solicitud de recolección de residuos.

Los contenedores en los que se depositan los residuos generados en las diferentes unidades hasta ser almacenados en el sitio temporal, permanecerán en las unidades, preferentemente en el suelo, en casos determinados, sobre recipientes apropiados (bandejas, cubetas, etc) para la recogida de posibles derrames, en sitios accesibles, de forma que no entorpezcan los trabajos de dichas unidades y se eliminen posibilidades de volcado, derrames, etc.

Las condiciones de seguridad de infraestructura mínimas que debe contar el sitio, se basan principalmente en: señalización adecuada, extintores, cierre perimetral en buenas condiciones, distante de fuentes de ignición o chispa y de fuentes de calor, ventilación, letrero con Prohibición de ingreso para personas extrañas al área de almacenamiento, etc.

El mayor volumen de residuo que ingrese o egrese al sitio de almacenamiento o cuando se entreguen en forma independiente, lo debe hacer acompañado de su hoja de seguridad.

El área de almacenamiento tendrá acceso restringido, en términos que sólo ingresará personal autorizado por el Centro de Gestión y Manejo de Sustancias y Residuos Peligrosos.

Transporte:

El transportista de los residuos peligrosos deberá entregar a Centro de Gestión y Manejo de Sustancias y Residuos Peligrosos, en el formato que éste determine, un informe semestral sobre los residuos que hubiesen recibido durante dicho periodo para su transporte o para su disposición final, según sea el caso.

Quienes recolecten y transporten residuos peligrosos, sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de transporte, están obligados a lo siguiente:

- Observar los programas de mantenimiento del vehículo.

- Contar con el equipo de protección personal para los operarios de los vehículos, de acuerdo al tipo de residuos que se transporte.

Medidas de seguridad:

Debe recordarse que los residuos, aunque ya no sean útiles para el trabajo, constituyen un riesgo potencial para las personas hasta que hayan sido retirados por la empresa gestora. Por ello, es necesario seguir una serie de medidas básicas de seguridad.

Las medidas básicas de seguridad son las siguientes:

- Evitar el contacto con los residuos, utilizando los equipos de protección personal adecuados a la característica de peligrosidad. Esto es importante en el caso de los guantes y de la protección respiratoria.

- Nunca manipular residuos en solitario.

- El transporte de envases de 30 litros o más se realizará en caretillas o equipamiento mecánico para evitar riesgos de rotura y derrame.

- El vertido de los residuos a los envases correspondientes se ha de efectuar de una forma lenta y controlada. Esta operación será interrumpida si se observa cualquier fenómeno anormal como la producción de gases, el incremento excesivo de temperatura, entre otros.

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