ETICA Y MORAL
VivianaCav1418 de Diciembre de 2014
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Para el autor, la ética profesional es esencial para los abogados. La verdadera vocación del jurista es un espíritu de servicio a los demás y el deseo de contribuir a realizar la justicia y los demás valores del derecho. El jurista debe tomar como norma suprema de su conducta, no solo la ley, sino también la moral y la justicia.
Aunque el maestro no pretendía formular un nuevo decálogo más del abogado, tal y como lo expresa en su obra, menciona catorce principios generales de ética profesional, mismos que transcribimos a continuación:
1. EL ABOGADO SERVIDOR DE LA JUSTICIA A TRAVÉS DEL DERECHO. Utilizar el derecho al servicio de la justicia y luchar por ella utilizando como medio el derecho. La justicia es, sin duda, el valor dominante entre aquellos que el derecho aspira a realizar, el abogado tiene obligación de oponerse a la ley injusta y el deber de luchar porque se modifique. Además, debe luchar por el bien común.
2. PROBIDAD. El abogado debe ser un hombre bueno, íntegro, honrado y recto en su conciencia, es decir, tener probidad. Sin ella, el abogado no tendría autoridad moral para defender y luchar por la justicia ni merecería la confianza de quienes le encargan su defensa o están sujetos a la resolución que dicte como juez.
3. NO EMPLEAR NUESTROS CONOCIMIENTOS SINO AL SERVICIO DE LAS CAUSAS JUSTAS. El abogado tiene libertad para aceptar o rechazar los asuntos en que se solicite su patrocinio; pero tiene el deber de no aceptar aquellos en los que deba sostener tesis contrarias a sus convicciones, o cuando no esté de acuerdo con el cliente en la forma de plantearlo o llevarlo a cabo.
4. LEALTAD. El abogado tiene el deber de ser leal con su cliente; leal con los jueces y funcionarios ante los cuáles aboga; leal con sus colegas y con su contrincante.
5. DESINTERÉS. Es lícito que el abogado gane su sustento con el ejercicio de su actividad profesional; pero ella no debe tener como fin esencial el lucro o el interés económico.
6. LA VERACIDAD. El abogado debe buscar la verdad y proceder con veracidad.
7. HACER EXPEDITA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. El abogado tiene como obligación, derivada del deber de luchar por la justicia, abstenerse de emplear formalidades o recursos puramente dilatorios que entorpezcan o prolonguen el procedimiento.
8. EL ABOGADO DEBE SER FIRME. La fortaleza debe ser una virtud del abogado, debe ser firme, debe enfrentarse, muchas veces, a los abusos del poder, a las amenazas de daños en su persona, en su patrimonio, o en los miembros de su familia, pero deben resistir con firmeza.
9. EL ABOGADO DEBE SER ESTUDIOSO. El derecho es el instrumento del abogado. Por ello está obligado a estudiarlo y conocerlo; a mantenerse al tanto continuamente de los cambios y modificaciones de las leyes; de la jurisprudencia y de los avances de la doctrina.
10. DILIGENCIA Y TENACIDAD. El abogado debe ser tenaz y diligente en la defensa de los asuntos que se le confían.
11. SECRETO PROFESIONAL. El abogado está obligado a guardar los secretos que conozca como consecuencia de su actividad profesional.
12. HONOR Y DIGNIDAD PROFESIONAL. El deber de mantener el honor y la dignidad profesionales se liga claramente al de servir a la justicia, función principal del abogado. El abogado debe estar claramente consciente de la dignidad de la función que realiza y de las responsabilidades que ella implica.
13. EL ABOGADO DEBE TENER UN PROFUNDO SENTIDO HUMANO. El abogado está obligado a adentrarse en la viva realidad de lo humano; a sopesar situaciones, antecedentes, motivaciones de una conducta y fines que se pretenden alcanzar. Debemos tratar de conocer y comprender.
14. TRATO CON AUTORIDADES Y COLEGAS.
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