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Fases Del Procedimiento Civil Ordinario


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2011  •  673 Palabras (3 Páginas)  •  950 Visitas

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CAPACIDAD

-Hueco susceptible de contener algo.

-Potencia o facultad de obrar.

CAPACIDAD JURIDICA

Es la capacidad, para ser tutelar de derechos y obligaciones, de ejercitar los primeros y contraer los segundos, en forma personal y comparecer a juicio por propio derecho.

SE CLASIFICA EN POLITICA Y CIVIL:

CAPACIDAD POLITICA, pertenece al derecho público

CAPACIDAD CIVIL, es el orden privado, y ambas son independientes entre si.

ADQUISICION.

-Acción y efecto de adquirir.

-El acto por el cual se hace uno dueño de algo.

-Acrecentamiento del patrimonio de una persona física o jurídica y puede ser:

Adquisición de cosas, derecho, herencia, nombre, derivativa, y originaria.

Ejemplo de acuerdo con el principio general, la mayoría de edad se alcanza a los dieciocho años (Art.18 CC) y con ella la capacidad para todos los actos de la vida civil salvo las excepciones establecidas en las disposiciones especiales.

PERDIDA

En términos generales quiere decir daños o menoscabo que se recibe en una cosa y se clasifica en:

PERDIDA DE LA CIUDADANIA.

PERDIDA DE LA COSA DEBIDA

PERDIDA DE LA NACIONALIDAD

PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD

PERDIDA DE LA POSECION

PERDIDA DE BUQUES

PERDIDA E INTERESES

PÉRDIDAS Y GANANCIAS

Un ejemplo seria la perdida de la personalidad jurídica, se produce con la muerte física del sujeto y con ello la posibilidad de ser titular de derechos y obligaciones.

INHABILITACION.

-Es un régimen menos severo que la interdicción, por cuanto el declarado inhabilitado no pierde el gobierno de su persona y se le permite la ejecución de ciertos actos jurídicos validos.

CLASES DE INHABILITACIONES, son judicial y legal.

-Sanción de un delito, consiste en la prohibición para desempeñar determinados empleos y funciones.

INTERDICCION

- Situación en que se encuentran las personas que han sido incapacitadas para la realización de todos o de algunos de los actos de la vida civil: y pueden ser dementes, pródigos, quebrados y condenados a ciertas penas.

-Es la privación de la capacidad negociar de una persona mayor de edad en virtud de determinadas circunstancias o condiciones particulares que afecten a esa persona.

NO PRESENCIA

Supuesto en el cual una persona no encuentra dentro de los limites del territorio de la república, pero cuya existencia no esta en duda, y ha sido demostrada judicialmente o se requiere practicar alguna diligencia judicial para la cual es indispensable la citación o notificación del demandado y su representación legal, por lo que se le nombrara defensor a efecto de dar cumplimiento a la garantía constitucional del derecho a la defensa en todo grado y estado del proceso (art.49 CRBV)

AUSENCIA

Situación de quien

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