Procedimiento Civil Ordinario Venezolano
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MISIÓN SUCRE
ALDEA UNIVERSITARIA MANUEL ATANASIO GIRARDOT
Maracay – Estado Aragua
Programa de Formación de Grado: Estudios Jurídicos
Unidad Curricular: Relaciones Sociales en el Ámbito Internacional y Su Relación Jurídica.
FACILITADORA:
ABOG. MATILDE MACHADO PINTO
Elaborado por:
Bachiller Ana Carvajal
C.I. Nº V-7.215.561
Maracay; Mayo 2011
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MISIÓN SUCRE
ALDEA UNIVERSITARIA MANUEL ATANASIO GIRARDOT
Maracay Estado Aragua
Programa de Formación de Grado: Estudios Jurídicos
Unidad Curricular: Relaciones Sociales en el Ámbito Internacional y Su Relación Jurídica.
8vo Semestre
Sección 02 Turno “C”
FUNDAMENTOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
FACILITADORA:
ABOG. MATILDE MACHADO PINTO
Elaborado por:
Bachiller Ana Carvajal
C.I. Nº V-7.215.561
Maracay; Mayo 2011
ÍNDICE
Pág.
Introducción……………………………………………………………………… 4
Fundamentos del Derecho Internacional Privado……………………..... 5
Definición…………………………………………………………………. 5
Causas de Existencia.………………………………………………….. 5
Fuentes…………………………………………………………………… 7
Objeto…………………………………………………………………….. 12
Naturaleza Jurídica……………………………………………………… 14
Ramas del Derecho Internacional Privado…………………………… 15
Relaciones Con El Derecho Comparado…………………………….. 17
Diferencias Entre El Derecho Internacional Público y Privado……. 18
Conclusión………………………………………………………………………. 19
Referencias Bibliográficas……………………………………………………... 20
INTRODUCCIÓN
En los últimos tiempos, gracias a la facilidad que se ha operado en el mundo en materia de traslado de personas, de bienes, de actos relacionados con estos bienes, merced a la celeridad de los transporte y a la facilidad del crédito, el hombre se ha visto envuelto en una serie de situaciones de carácter jurídico, pues la mayoría de estos traslados plantean unos conflicto de leyes o jurisdicción que interesa determinar para poder aplicar la ley que se considere competente. Esto quiere decir que si realizado un acto jurídico cualquiera de la vida real, bajo el imperio de una determinada legislación, al reclamar ese mismo agente sus efectos jurídicos en otras jurisdicción, pues hay la posibilidad de aplicar la legislación bajo la cual se realizó el acto o bien de donde se reclama los efectos. Por lo tanto, la misión del Derecho Internacional Privado será la de indicar cuál de esas legislaciones es la competente.
Por lo antes expuesto, es preciso desarrollar el tema Fundamentos del Derecho Internacional Privado, explicando en que consiste el Derecho Internacional privado, las causas de su existencia, de donde nace el Derecho y sus fuentes principales, cual es el objeto, su naturaleza jurídica así como también se disertará sobre la diferencia entre el Derecho Internacional Privado y Público.
FUNDAMENTOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Definición
El Derecho Internacional Privado es aquella rama del derecho privado cuyo objeto es el estudio y regulación de las relaciones jurídicas, en las que participan uno o más elementos ajenos a la soberanía legislativa local. Esta definición, a la vez que circunscribe el objeto de la disciplina, importa una toma de posición respecto a su vinculación con otras ramas del derecho.
Emilio Calvo Baca. Define el Derecho Internacional Privado como una disciplina de ordenación jurídica, que tiene por objeto determinar cuál es la Ley que debe regular o la jurisdicción a que debe someterse un supuesto de hecho vinculado a diversos sistemas jurídicos simultáneamente vigente.
Romero del Prado describe el Derecho Internacional Privado como: Conjunto de normas jurídicas que tienen por objeto o fin determinar cual es la jurisdicción o la ley que debe aplicarse en caso de concurrencia simultánea de dos o más leyes, en el espacio, que reclaman su observancia .
Bustamante describe el Derecho Internacional Privado como "el conjunto de principios que determinan los límites en el espacio de la competencia legislativa de los Estados cuando ha de aplicarse a relaciones jurídicas que puedan estar sometidas a más de una legislación”.
Andrés Bello como "el conjunto de reglas que sirven para dirimir los conflictos de leyes".
Causas de Existencia
Dos fenómenos históricos de naturaleza preferentemente social el uno y político el segundo determinan el nacimiento de nuestra disciplina. En primer término, debe mencionarse el intercambio humano a través de las fronteras que se da en forma creciente en la Europa medieval, especialmente entre las "Ciudades- Estados" del Norte de Italia, en tiempos del feudalismo. En segundo lugar, la diversidad de soberanías legislativas entre dichas ciudades.
¿Qué ley debía aplicarse para regular la capacidad
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