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Introduccion A La Logica Juridica


Enviado por   •  31 de Marzo de 2014  •  571 Palabras (3 Páginas)  •  267 Visitas

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¿Cómo interponer una demanda en el Sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos ante la vulneración o violación de un derecho reconocido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos?

El sistema interamericano de protección de los Derechos Humanos esta divido en dos organismos, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ambas cumplen la función de velar por la protección de los derechos humanos en América.

Así la cosas, para presentar una demanda ante este sistema es preciso primero, que el caso sea conocido por la Comisión, la cual puede recibir denuncias de una persona o grupo de personas que consideren que han sido víctimas de la violación de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y eventualmente en otros tratados regionales de derechos humanos.

Por tanto, el procedimiento que sigue una queja dentro de la Comisión es el siguiente: i) la Comisión examina la admisibilidad, es decir, verifica que cumpla con los requisitos establecidos para tal fin. Uno de los más importantes es el agotamiento de los recursos internos, por ejemplo que ya haya sido presentada una acción de tutela. Si admite la queja, la Comisión puede proponerle al Estado y al peticionario una solución amistosa, y si ésta se alcanza, el proceso llega a su fin; iii) si la solución amistosa falla o no se propone, la Comisión realiza un informe confidencial al Estado con recomendaciones para que sean implementadas en un término de tres meses; iv) si el Estado no cumple, la Comisión puede hacer un informe definitivo y publicarlo o enviar el caso a la Corte Interamericana (Uprimny, et al 2006, p. 142). (Véase Corte Interamericana de Derechos Humanos.

De igual forma, frente a un peligro inminente de los derechos de una persona o de un grupo de personas, la Comisión puede adoptar medidas cautelares para enfrentar la situación y frenar el peligro.

Después de que se haya tramitado el caso individual y/o grupal por la Comisión, llega a conocimiento de la Corte y de ahí se sigue el siguiente proceso: i) examen preliminar de la demanda, sobre cuestiones de admisibilidad; ii) contestación de la demanda y presentación de excepciones preliminares, por parte del Estado; iii) audiencia sobre excepciones preliminares; iv) audiencia sobre el fondo y, eventualmente, v) reparaciones (Uprimny et al, 2006, p. 144).

En el proceso, la Comisión actúa como representante de la victima ante el Estado. No obstante también es posible que la victima participe en todas las etapas del proceso (Reglamento de la Corte, artículo 23). Cuando el proceso termina la Corte emite una sentencia, vinculante para las partes, esto es obligatoria, que determina si se violo o no el derecho, si el Estado es responsable o no de esto y se determinará las medidas de reparación de la víctima.

Finalmente, la Corte puede conceder

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