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LEY PROTECTORA DE LA DIGNIDAD DEL ENFERMO TERMINAL, PARA EL ESTADO DE COAHUILA


Enviado por   •  1 de Octubre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  751 Palabras (4 Páginas)  •  216 Visitas

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LEY PROTECTORA DE LA DIGNIDAD DEL ENFERMO TERMINAL, PARA EL ESTADO DE COAHUILA.

Ley publicada en el Periódico Oficial el día viernes 18 de julio de 2008 con la denominación ley protectora contra la dignidad del enfermo terminal, para el estado de Coahuila por el C. Humberto Moreira Valdés ex gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza.

La ley  protectora contra la dignidad del enfermo terminal cuenta con cinco capítulos con un total de 22 artículos   respecto a esta es de un orden público o su principal interés es la sociedad y en cuanto a su regulación si una persona que padezca una enfermedad desea recibir algún tratamiento estipulándolo en el documento de disposiciones previsoras siempre y cuando se le garantice una muerte digna,

Se dan mención a una serie de definiciones como lo son eutanasia que es aquel acto  a través del cual se termina con la vida de una persona a petición suyo o de un tercero con el fin de eliminar su sufrimiento; para poder realizar tal acto existe alguien a cargo del enferma al que se le denomina médico responsable cuyo objetivo se centra en que el paciente se encuentre “cómodo” hasta su ultimo día de vida, tal paciente debe encontrarse en fase terminal , es decir, que este diagnosticado con alguna enfermedad irremediable para determinar esto se realiza un certificado médico en el que se explica en estado de salud del paciente.

Aquella persona en estado terminal podría dejar a un lado la distanasia aquel proceso para retrasar la muerte y hacer valido el derecho de aplicar la ortotonasia que es el acto que reconoce esta ley y que implica el morir dignamente sin hacer uso de medios alternativos para preservar la vida pero sin llevar a abandonar del todo el tratamiento que disminuye el dolor o lo haga tolerable; simplemente esperando  que el día llegue por sí solo.

Existe y se re hace reconocimiento de el en esta ley el documento de disposiciones previsoras, escrito en el cual la persona que cuenta con total capacidad hace declaración del tratamiento que desea o no recibir ya sea por un acontecimiento  que se suscite a futuro como sufrir un accidente o adquirir una enfermedad terminal con el único propósito de que se le garantice su derecho a morir dignamente, este deberá llevarse a cabo por el autor y presentara un acta del tal documento frente a una notaría pública y del cual deberá elegir un representante quien será el responsable de hacer valer tal documento frente al servicio clínico.

Tal documento solo se hará valer siempre y cuando el autor cuete con capacidad de ejercicio y este en total plenitud de sus facultades los cual certificara el medico frente al notario público.

Teniendo en cuenta lo antes mencionado del tal documento el gobierno que estuvo de acuerdo con presenta tal ley  presenta una serie de instrucciones que son importantes en este aspecto ya que como el nombre de la ley hace mención se está protegiendo y respetando el derecho del enfermo terminal tomando como puntos principales su voluntad, capacidad y por supuesto la enfermedad que conlleva.

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