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Enviado por   •  1 de Junio de 2015  •  6.429 Palabras (26 Páginas)  •  200 Visitas

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UNIDAD 1.- INTRODUCCIÓN AL DERECHO

INTRODUCCIÓN AL DERECHO

1.1 Conceptos y propositos del derecho

1.2 Norma jurídica y diferencia entre ésta y las

normas morales, convencionales y religiosas.

1.3 Conceptos jurídicos fundamentales y su

clasificación, sus cambios.

1.4 Fuentes del derecho positivo, costumbre,

jurisprudencia, etc.

1.5 Division o ramas del Derecho. Fiscal, Laboral,

etc. La desaparición y nuevas.

1.6 Breve historia del Derecho en México.

1.7 El marco jurídico actual en México

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CONCEPTOS

DERECHO

La palabra proviene del vocablo latino directum, que significa no apartarse del buen camino. En general se entiendo por Derecho, al conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres y en caso de incumplimiento esta prevista de una sanción judicial.

Flores Gomes González, Fernando y Carvajal Moreno, Gustavo, Nociones de Derecho Positivo Mexicano, Editorial Porrua, Vigésima quinta Edición, México 1986, p. 50

El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y normas que confieren facultades, que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia.

Pereznieto y Castro Leonel, Ledesma Mondragón Abel, Introducción al estudio de Derecho, segunda edición, editorial Harla, p.9.

Es un orden concreto, instituido por el hombre para la realización de valores colectivos, cuyas normas -integrantes de un sistema que regula la conducta de manera bilateral, externa y coercible- son normalmente cumplidas por los particulares, y en caso de inobservancia, aplicadas o impuestas por los órganos del poder público.

García Maynez, Eduardo, “Filosofía del Derecho”, Ed. Porrúa, p. 135

Propósito del derecho

- Las relaciones sociales no siempre se desenvuelven de un modo natural y armónico

- Surge la necesidad de establecer un orden, el cual no puede imponerse sino mediante la intervención del derecho

- El orden no se recomienda, se impone

- El derecho tiene un carácter normativo

º aparece como un mandato u orden dirigido a la conducta social de los individuos para que estos hagan o dejen de hacer ciertas cosas.

NORMAS.- Regla que se debe seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas, actividades.5

NORMAS JURÍDICAS Y SUS CARACTERÍSTICAS.- Conjunto de mandatos que se aplican exclusivamente a las relaciones del hombre que vive en sociedad.

Las características de la norma son: bilaterales o imperativo-atributivas, exteriores, coercibles y heterónomas. Bilaterales, significa que una obligación jurídica a cargo de determinada persona trae aparejado un derecho a favor de otra persona para exigir el cumplimiento de la misma; Exteriores, significa que exigen una conducta fundamentalmente externa. Sin embargo, también es cierto que en muchos casos atribuyen consecuencias jurídicas a los aspectos íntimos del comportamiento individual; Coercibles, porque si no son cumplidas voluntariamente por los obligados, puede el Estado exigir su cumplimiento, incluso por la fuerza; Heterónoma, por que el creador de la norma es un ente distinto del destinatario de la misma, y ésta le obliga aun cuando no sea reconocida por dicho destinatario.

NORMAS MORALES.- Disposiciones que tienen como características la unilateralidad porque frente al sujeto a quien obligan no hay otro autorizado para exigirle el cumplimiento de sus deberes; o sea que las normas morales imponen

deberes, pero no conceden derechos; son internas, significa que las mismas han

de cumplirse por el individuo únicamente con el propósito de acatar dichas normas. En este sentido, la interioridad en estos preceptos constituye una modalidad o atributo de la voluntad; son incoercibles porque su cumplimiento es espontáneo, es decir, estos preceptos no admiten el empleo de la fuerza para el logro de su cumplimiento; son autónomas porque tanto el obligado como el creador de dichas normas es la misma persona, esto significa que cada quien se

auto legisla.

5 Biblioteca de Consulta Microsoft® Encarta® 2005. © 1993-2004 Microsoft Corporation. Reservados todos los derechos

Comparativa entre normas

NORMAS JURÍDICAS NORMAS MORALES

Tienen eficacia jurídica. Es decir tienen consecuencias jurídicas. Afectan a la conciencia de la persona. No son punibles.

Se encuentran contenidas dentro de los códigos No se encuentran dentro de algún ordenamiento jurídico (emitido por el estado por medio del poder facultado)

Puede ser coercitiva (Facultad de la autoridad de hacerla cumplir) por la autoridad facultada para su aplicación su obligatoriedad no puede ser coercible ( es decir no puede ser aplicado a la fuerza)

Son escritas y creadas por un órgano legislativo (Congreso) y aplicadas por un órgano jurisdiccional (Jueces). Son obligatorias dentro de la sociedad que se aplica y es una de las fuentes formales de la norma jurídica.

Generalmente, impone deberes y confiere derechos. se van creando mediante los usos y costumbres de los pueblos

Tiene como fin la justicia y es igual para todos. cuando faltas a una norma moral considerada grave, puedes sufrir el rechazo de la sociedad

La sanción de la norma jurídica es la reacción de la norma frente a su inobservancia o violación. varían con las creencias religiosas y con las sociedades donde rigen

Pretende infringir en daño al infractor para restablecer el imperio del derecho. Se aprenden en el ámbito de la familia, a través de la religión y también en la escuela.

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HISTORIA DEL DERECHO EN MÉXICO

Para conocer las bases del Derecho positivo, primero hay que tener conocimiento de su historia, como son las culturas preclásicas del México antiguo, su época colonial y la independiente, por lo tanto la historia del derecho se divide en tres épocas:

a) época prehispánica: México ha divido desde en la antigüedad en grandes culturas y pueblos; Alfonso Caso dice sobre las culturas "el conocimiento del mundo de las culturas resulta indispensable para emprender el estudio a fondo de su visión del mundo y tratar de comprender su modo de reaccionar frente a la naturaleza y frente al hombre en el intenso drama de su historia". Al tratarse de culturas como la azteca ha sido de gran importancia, el derecho se manifestó en costumbres, las cuales eran ligadas muchos con la religión. Sin embargo, la inclinación habitual de la gran masa indígena ante el poder de los miembros creó una incertidumbre para la posición jurídica de los humildes. En el libro de Margaradant habla sobre como se conoce el derecho azteca, "conocemos el derecho azteca por las siguientes fuentes: los códices; Mendocino, realizado por escogidos e intelectuales indios, también obras de historiadores indígenas como Fernando de Alva, Juan Bautista, entre otros". Los aztecas desarrollaron en su cultura el derecho civil, los aztecas se llegó a investigar que en ellos también implantaban leyes para regular la conducta, por los tanto ellos tenían un sistema jurídico, el sistema azteca de familia, el matrimonio fue potencialmente poligámico, pero una esposa tenía una preferencia sobre las demás, y hubo una costumbre donde la viuda del hermano se tenía que casar, el matrimonio era un acto formal, en los aztecas ya se había implantado el sistema del divorcio, En la enciclopedia historia de México dice "El divorcio era posible, con intervención de autoridades, que en caso de comprobarse una de las múltiples causas solían autorizar de mala gana la disolución del vínculo, perdiendo la mitad de susbienes", predominaba el sistema de separación de bienes, combinado en ocasiones con la necesidad de pagar un precio por la novia y, a veces, en cambio, recibir dote que la esposa traía al nuevo hogar, el hijo pasaba por dos consagraciones, en las que el agua jugaba un papel importante, como bautismos, y recibían su nombre. Las sucesiones ya se manejaban el testamento, ya que cuando muere el familiar se pasaban sus bienes a quien se correspondía pasar esos bienes.

"Hubo una jerarquía de tribunales aztecas comunes, desde el teuctli, el cual era el juez de elección popular, anual, competente para asuntos menores, pasando por un tribunal de tres jueces vitalicios, para asuntos más importantes, nombrados por el cihuacóatl, hasta llegar mediante un sistema de apelación, al tribunal de monarca, que se reunía cada 24 días" por lo que se puede decir que ya los aztecas manejaron contratos, era muy conocido como el trueque, compraventa, préstamos, los contratos como se indica eran verbales y en ocasiones se utilizaron testigos para evitar transas. Cuando en ocasiones ciertos indígenas faltaban a la ley, el derecho penal, desde luego, era muy sangriento, ya que ellos manejaron la pena de muerteesta fue muy pintoresca y cruel, un ejemplo era el homicidio, ya que se castigaba con la pena de muerte, pero tenían derecho a un abogado, los aztecas aparte de la pena de muerte otros castigos fueron la esclavitud, la mutilación, el destierro, etc. El comercio era una de las actividades más conocidas y practicadas por los indígenas, por lo que el derecho mercantil, se manejaba en ellos, ya que aunque no había moneda había el trueque, pero siempre y cuando fueran del mismo valor, el lugar popular de comercio en los aztecas fue Tlatelolco. "En aquella época, Tenochtitlan fue una bella ciudad, bien urbanizada y capaz de resistir fuerte ataques con 35 palacios, casitas, su gran mercado, hasta que llegaron los Españoles"

b) época colonial: En este punto hay que ser breves ya que el sistema jurídico de los aztecas y los Españoles peninsulares, tuvieron una unión de sistemas; pero al final se puede decir que se sustituyo el sistema indígena por las leyes españolas las cuales fueron creadas para las colonias de España en América, las cuales se les llamó Leyes de Indias. Las leyes fueron basadas del siglo XIII, como la ley Toro de 1505, la recopilación de 1567 y la novísima Recopilación de 1805. Y también como en la época prehispánica; había esclavitud pero con sus restricciones sobre los indígenas. En el derecho civil se aplicó la llamada Ley Toro y después las leyes de 1567 y 1805, todas las penas y castigos eran de menores penas sobre los indígenas. En el derecho mercantil, se ocuparon las Leyes de las Partidas, en esta ley trata sobre los comerciantes; así como algunos contratos en la Nueva España.

c. Época colonial: México ya al empezar a ser un país independiente; todavía seguía regido por algunas leyes que fueron implantas en la Nueva España.

Las leyes que estaban vigentes desde la Nueva España fueron después cambiadas por las leyes y códigos nacionales; en el derecho civil: hubo un rato en donde las Leyes de Indias de 1680 y otras. Estaban vigentes en México independiente, pero, a partir de la guerra de Reforma, Benito Juárez expidió en el año de 1859 una nueva estructura en México y por lo tanto un cambio de organización social mexicano; los más importantes fueron:

1. La separación de Iglesia y Estado

2. Establecimiento del registro civil

3. Matrimonio como un contrato civil.

Sierra O´Reilly elaboró un proyecto de código civil, el 8 de diciembre de 1870, el congreso aprobó el Código Civil mexicano de D.F. el 31 de marzo de 1881 la llamada Ley Venustiano Carranza; esta tenía mucha relación con la familia y los divorcios. El 30 de agosto de 1928 fue expedido el código civil para el D.F. y los territorios federales, pero apenas el 1 de octubre entre en vigor en 1932. Aunque eso no fue todo el cambio ya que en el derecho Penal se manejaron tres códigos como el Martínez (1 de abril de 1872), Almaraz (en vigencia el 15 de diciembre de 1929); en este código se quitó la pena de muerte. Y el penal vigente en 1931.

En el derecho mercantil; fue al principio regido por los de Bilbao, pero el 16 de mayo de 1854, elgobierno de Santa Anna expidió el código de comercio mexicano; este se dio a conocer como el código Lares, el segundo fue el 20 de abril de 1884 y cambiado por el de 15 de septiembre de 1889, el cual actualmente está vigente.

Otro punto importante en la historia del derecho positivo, fue la creación de la constitución ya que esta, es la ley suprema del país, la cual fue expedida por el poder Constituyente con elobjetivo de organizar los poderes, En la enciclopedia encarta dice "La Constitución política de los Estados Unidos Mexicanos vigente en la actualidad fue promulgada el 5 de febrero de 1917 y entró en vigor el 1 de mayo de ese mismo año. Está integrada por dos partes: la dogmática, que trata de los derechos fundamentales del hombre y contiene las limitaciones de la actividad del Estado frente a los particulares; y la orgánica, que tiene por objeto articular y estructurar el poder público, señalando las facultades de sus órganos."

Por lo que se puede decir que México al consumar su independencia no tenía la constitución sino hasta el año de 1917, antes de la constitución política de los Estados Unidos contaba la Nueva España con la llamada constitución federal, también la constitución de Cádiz. La importancia de esta constitución puede decirse que fue una fuente de inspiración para nuestra constitución. En el año de 1814 fue aprobado "el decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana", esta fue en Apatzingán. A través de la historia también se creó un primer congreso constituyente el cual había creado una Acta Constitutiva de la Federación en el año de 1824. El 30 de diciembre de 1836 se publicó la constitución de las siete leyes. La cual dio fin al sistema federal con el fin de establecer el centralismo. En el año de 1843 se crean las Bases orgánicas de la República Mexicana, en 1847 la Acta de Reforma; en el año de 1857, bajo el gobierno de Comonfort fue promulgada la Constitución de la República Mexicana hasta que el 5 de febrero de 1917 es promulgada La constitución de los Estado Unidos Mexicanos, convocado por Venustiano Carranza y esta se ha considerado la Carta Magna en México.

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NORMAS QUE NO CONOCÍA DEL REGLAMENTO DEL ITC

ARTICULO 15. SE CONSIDERA FALTA O MOTIVO DE SANCIÓN:

d) HACER CUALQUIER TIPO DE “NOVATADA” A LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 22. EN LOS PERIODOS DE SUSPENSIÓN DE LABORES Y RECESOS, LOS ESTUDIANTES QUE COMETAN FALTAS ESTIPULADAS EN ESTE REGLAMENTO SERÁN ACREEDORES A LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES.

NORMAS DE ETIQUETA: LA FORMA DE PRESENTARSE EN UNA ÁREA PROFESIONAL

Las secretarias son, en la mayor parte de las ocasiones, las primeras personas que reciben a los clientes o invitados, y por lo tanto dan la primera imagen o impresión de lo que puede ser la empresa.

Según el conocido autor, Manuel Antonio Carreño, una secretaria debe ser:

1. Eficiente, discreta y respetuosa.

2. Debe vestir bien y, en la medida de lo posible, ser agradable, y porque no, lucir atractiva. Debe evitar vestuarios demasiado llamativos o extravagantes.

3. Debe llevar un maquillaje y peinado adecuados.

4. Debe tener relaciones cordiales pero impersonales con su jefe.

5. Debe congeniar con sus compañeros de trabajo, pero sin llegar a tener relaciones demasiados personales que puedan dar lugar a tener malas interpretaciones.

6. Las comidas con el jefe y compañeros de oficina deberán ser de trabajo, dejando para otras ocasiones las invitaciones con otra finalidad que no sea la de trabajo.

7. Debe ser discreta y prudente, y no revelar conversaciones u otro tipo de información que pueda escuchar en las distintas reuniones o conversaciones en las que esté presente.

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NOTICIA SOBRE INFORMÁTICA

La Ley SOPA

Apple y Microsoft también se oponen a la ley SOPA

La BSA, que agrupa importantes empresas tecnológicas, retira su apoyo al proyecto que estudia el Congreso de EE UU

El proyecto de ley SOPA para combatir la piratería que estudia el Congreso de los Estados Unidos ha tenido desde el inicio la oposición de empresas vinculadas a Internet como Google, Twitter o Facebook que llegaron a publicar un anuncio en The New York Times manifestando su oposición. Sin embargo, la BSA, organización que agrupa a compañías tecnológicas como Apple, Intel o Microsoft había apoyado el borrador de una ley similar que está en el Senado. Pero los contenidos del proyecto en el Congreso han hecho que la organización lo retire. Una de las diferencias es que el borrador del Congreso abre la posibilidad de que las operadoras deban rastrear la actividad de sus clientes y el acceso a determinados sitios.

En el sitio de la BSA, sus responsables han publicado un documento en el que explican que una ley que persiga a la piratería de los contenidos y programas es básica para promover la creatividad. "Impedir que los piratas saquen provecho de sus robos" es un objetivo que aplauden, pero ello debe hacerse correctamente. El texto advierte que para solucionar el problema, "las acciones legales y los recursos han de ser ajustados". "La libertad de expresión y la privacidad son derechos que no pueden ser comprometidos", prosigue. La BSA detecta que algunos observadores han planteado "dudas razonables" sobre determinadas disposiciones de SOPA que podrían tener consecuencias imprevistas y afectar a personas ajenas a la piratería. "Estas preocupaciones deben ser consideradas".

De prosperar la ley, supondría el bloqueo de los sitios, tanto domésticos como de fuera de Estados Unidos, que difundieran música, películas o programas sin haber obtenido la licencia para ello. El bloqueo obligaría a los proveedores de contenido, pero también a los registradores de dominios e incluso a servicios de intermediación en el pago, como PayPal, que deberían paralizar las transferencias. A ello se añade que buscadores y proveedores de acceso deberían mantener una actividad de filtrado. También se perseguiría a quien incluya anuncios en los citados sitios.

La última reacción en contra del proyecto procede de una agencia del Gobierno de Estados Unidos, vinculada al departamento de Energía, Sandia National Laboratories. Según su director, la ley no sería efectiva y tendría un impacto negativo en la ciberseguridad global y la funcionalidad de Internet.

Electronic Frontier ya ha manifestado su preocupación ya que supondría la creación de una lista negra de dominios y la alteración del sistema de gestión de los mismos. Por otra parte, la ley afectaría a servicios como Tor que ofrecen la navegación anónima y que son utilizados por disidentes en países que censuran Internet y persiguen la libertad de expresión.Sus defensores alegan que se trata de aplicar la ley y proteger la creación de empleo en la industria audiovisual e informática.

La inquietud que despierta este proyecto se evidencia en la publicación de cartas abiertas, todas con fecha del 15 de noviembre, de distintos colectivos. Una de ellas está suscrita por Google,

Facebook

, Yahoo, eBay, Twitter, LinkedIn, Mozilla y Zynga, entre otros,en la que denuncian que presionar a los proveedores de acceso para monitorizar la actividad de sus clientes puede suponer una grave invasión de la privacidad. También asociaciones de otros países se han movilizado y suscriben otra carta que firman, entre otros, European Digital Rights, Free Software Foundation, Quadrature du Net, Open Rights Group y Reporteros sin Fronteras.

La última carta es de profesores de Derecho que denuncian las graves deficiencias constitucionales de la proposición y la ruptura de una política de defensa de la libertad de expresión que perjudicará la imagen del país en el resto del mundo.

Desde octubre hay abierta una petición para que la Administración Obama intervenga. Para que la administración la examine debe alcanzar las 25.000 firmas. También en Internet hay una carta abierta, Salvemos Internet, dirigida a los congresistas para que paralicen esta ley. Se pide que Estados Unidos mantenga este pilar de la democracia que es Internet. Ya la han suscrito más de 700.000 internautas de todo el mundo.

Fuente: http://www.elpais.com/articulo/tecnologia/Apple/Microsoft/oponen/ley/SOPA/elpeputec/20111123elpeputec_1/Tes

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Conceptos (degoración, DOF, Juicios orales, etc...)

DEROGACIÓN: Se denomina derogación, en Derecho, al procedimiento a través del cual se deja sin efecto a una disposición normativa, ya sea de rango de ley o inferior. La derogación es, por tanto, la acción contraria a la promulgación.

La derogación puede ser expresa o tácita.

• Derogación expresa es aquella en la que una norma derogatoria cita de forma expresa aquellas normas que son derogadas por ella. De una mayorseguridad jurídica, aunque en ocasiones puede producirse algún olvido por parte del órgano que promulga la norma.

• Derogación tácita es aquella en la que deroga, de forma tácita, a todas aquellas normas anteriores a esa y cuyo contenido sea contrario a la norma recién promulgada. Es una fórmula bastante utilizada y que lleva a la práctica legislativa el principio jurídico de lex posterior derogat anterior (la ley posterior deroga a la anterior).

http://es.wikipedia.org/wiki/Derogaci%C3%B3n

DOF (El Diario Oficial de la Federación): Es el órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene la función de publicar en el territorio nacional: leyes, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos expedidos por los poderes de la Federación, a fin de que éstos sean observados y aplicados debida mente en sus respectivos ámbitos de competencia.

POE Periódico Oficial del Estado: Es el órgano informativo del gobierno del estado. En el se publican las leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, notificaciones, avisos y otros actos expendidos por los Poderes del Estado, conforme a su competencia. También las actas, documentos o avisos de particulares que deban ser publicados o tengan interés en hacerlo conforme a la ley.

JUICIO ORAL: En el ámbito del derecho, el juicio oral es el período decisivo del proceso penal en que, después de concluido el sumario, se practican directamente las pruebas y alegaciones ante el tribunal sentenciador. Se inicia con los alegatos de apertura de la defensa y la fiscalía. Posteriormente se desahogan las pruebas, se dan los alegatos de clausura y el juzgador (en algunos casos son varios jueces) resuelven de manera inmediata sobre la responsabilidad o no del imputado en el delito.

El Diario de los Debates es un órgano oficial en el que se publicará la fecha y el lugar en el que se verifique la sesión, el orden del día, el nombre del presidente, el acta de la sesión anterior, la versión escrita de las discusiones y los documentos leídos.

La Gaceta Parlamentaria es el instrumento de publicidad del Poder Legislativo, y deberá contener las iniciativas, los puntos de acuerdo y los dictámenes que se agenden en cada sesión, y otros documentos que determine la Presidencia de la mesa directiva.

Exposición de motivos:

• Consideraciones jurídicas, políticas, sociales y económicas que justifican una Iniciativa de Ley o Decreto. No existe norma que obligue a que una iniciativa sea presentada con exposición de motivos, o en su caso de qué manera deba integrase o redactarse. ...

transparencia.senado.gob.mx/index.php

• La Exposición de Motivos es la parte no normativa que precede a un proyecto o proposición de ley en la que se explican las razones que han movido a su autor a legislar sobre una determinada materia o a cambiar la normativa ya existente sobre la misma.

sistema.cabildeoycomunicacion.com.mx/default/glosario

Iniciativa: Puedo definirla en pocas palabras: hacer, lo que se debe de hacer, bien hecho; sin que nadie lo mande. A quien hace una cosa bien hecha sin que nadie se lo ordene.

"tener deseos de hacer algo, ponerlo en marcha y procurar que el asunto salga bien"

http://www.santelmo.org/revista/n3/claustro_mgtoruno.pdf

La Ley

Es la norma del derecho dictada, promulgada y sancionada por la autoridad pública, aun sin el consentimiento de los individuos y que tiene como finalidad el encauzamiento de la actividad social hacia el bien común.

La ley tiene dos elementos:

• material.- es la materia misma del acto, esto es la norma general, abstracta y obligatoria que regula la conducta humana.

• formal.- es la norma creada por el poder legislativo.

http://www.mitecnologico.com/Main/ConceptoLeyCaracteristicas

DECRETO: Se llama decreto a aquella decisión que emana de autoridad competente en aquella materia que es de su incumbencia y que se hará pública en las formas prescriptas. Decreto es toda norma general emanada de autoridaddistinta del Poder Legislativo, órgano constitucional específico con atribución para hacer las leyes.

http://www.definicionabc.com/politica/decreto.php

Un acuerdo es, en Derecho, una decisión tomada en común por dos o más personas, por una junta, asamblea o tribunal. También se denomina así a un pacto, tratado o resolución de organizaciones, instituciones, empresas públicas o privadas.

Es, por lo tanto, la manifestación de una convergencia de voluntades con la finalidad de producir efectos jurídicos. El principal efecto jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan naciendo para las mismas obligaciones y derechos. Es válido cualquiera que sea la forma de su celebración, oral o escrita, siempre que el consentimiento de los otorgantes sea válido y su objeto cierto, determinado, no esté fuera del comercio o sea imposible.

http://es.wikipedia.org/wiki/Acuerdo

El dictamen, por lo tanto, puede ser una sentencia o resolución judicial que dicta un juez o un tribunal. De este modo, se pone fin a un litigio o a una causa. Lo que hace el dictamen es reconocer el derecho o razón de una de las partes, obligando a la otra a aceptar la resolución y cumplirla.

http://definicion.de/dictamen/

La promulgación es un acto formal y solemne, realizado por el jefe de Estado, a través del cual se atestigua la existencia de una ley, a la vez que ordena cumplirla y hacerla cumplir, dándole a la misma fuerza ejecutiva y carácter imperativo. La promulgación tiene por finalidad autentificar la existencia de una ley y ordenar su ejecución.

es.wikipedia.org/wiki/Promulgación

COMISIÓN LEGISLATIVA

Se encarga de supervisar la correcta aplicación de la normativa de la organización y proponer a la Asamblea mejoras en nuestro funcionamiento y ordenación.

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PROCESO DE DEROGACIÓN DE UNA LEY

Para abrogar o derogar leyes, es exactamente igual que para crearlas, tiene que enviarse una iniciativa al congreso ya sea al la cámara de Diputados si la ley a la que se refiere es de carácter local o a la cámara de Senadores si esta es de carácter Federal, si se aprueba la reforma en lo general y en lo particular se enviara a la otra cámara, para la aportación del dictamen, en lo general y en lo particular, y luego entonces se envía al ejecutivo para su promulgación y su publicación (aunque este podría vetarla y se tendría que regresar a las cámaras para su modificación), Todas las leyes entran en vigor después de su publicación ya sea en el Diario Oficial de la Federación o en el Local de cada Estado, sea al día siguiente de su publicación o cuando la misma ley lo señale.

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EL PROCESO LEGISLATIVO

El proceso legislativo federal se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y el Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo que a continuación viene es el proceso con todas sus etapas desde su inicio hasta el diario oficial de la federación.

El proceso de elaboración de las leyes federales es el conjunto de etapas sistematizadas y ordenadas por la ley fundamental mexicana, que deberán ser observadas por los Poderes Legislativos y Ejecutivo para incorporar al sistema jurídico aquellas normas jurídicas de aplicación general y obligatoria conocida como leyes.

Este proceso formaliza y distingue al dotar de juridicidad, aquellas normas que oficialmente se conocerán y reconocerán como leyes del sistema de Derecho en México. El proceso de estas normas se constituye por otras cuyo objetivo es la producción jurídica, a estas se identifican como normas sobre la producción jurídica.

Las normas sobre la producción jurídica están reflejadas en los artículos 71 y 72 constitucionales. Este proceso consta de seis etapas. Para que una ley sea considerada como tal se requiere el cumplimiento de formalidades exigidas en un proceso legislativo.

Las formalidades generales también llamadas etapas son:

• Iniciativa,

• Discusión,

• Aprobación,

• Sanción,

• Publicación

• Iniciación de la vigencia.

DECRETO.- Viene del latin “decemere, decrevi, decretum”, que significa acuerdo o resolución. Es la decisión o determinación del jefe de Estado sobre cualquier materia en su gobierno, el cual crea normas concretas y personales.

INICIATIVA.- Cuando uno o varios diputados consideran conveniente la creación de nuevas leyes y normas, de acuerdo a la dinámica social, para modificar, crear o eliminar alguna ley proponen ante la Presidencia de Régimen interno los cambios que planean hacer. El Presidente, a su vez, los turna a la Comisión respectiva para su dictamen.

COMISION.- La palabra comisión proviene del latín “comiso onis”, que es la acción de cometer. El orden y la facultad que una persona da por escrito a otra para que realice un encargo o atienda un asunto: en la LXI Legislatura existen actualmente, comisiones ordinarias y especiales.

DICTAMEN.- Se llama así al acuerdo que expiden las Comisiones, previo análisis de la iniciativa o asunto, para someterlo después a la consideración del pleno.

DISCUSION, APROBACION Y PROMULGACION DE LA LEY O DECRETO.- Una vez que se ha hecho el Dictamen se turna al pleno: en este acto los diputados discuten sobre las ventajas y desventajas de la iniciativa. Una vez que se ha agotado la discusión, se lleva a votación para su aprobación. Posteriormente, se envía al Ejecutivo Estatal para su sanción, donde manifiesta su acuerdo o desacuerdo. Finalmente se promulga la Ley y se publica en el periódico oficial del Gobierno del Estado.

PUBLICACION DE LA LEY.- Toda nueva ley o reforma debe ser publicada después de su promulgación, en el órgano oficial de Gobierno, que para el caso del Congreso Estatal, es el Periódico Oficial del Estado.

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ARTICULO DE LEGISLACIÓN INFORMÁTICA

Uso no autorizado de programas y de datos.- Además de las disposiciones relacionadas en párrafos precedentes sobre el uso no autorizado de programas, con respecto a los datos, la Ley Federal del Derecho de Autor, en sus artículos 107 al 110, protege como compilaciones a las bases de datos legibles por medio de máquinas que por razones de disposición de su contenido constituyan obras intelectuales, otorgándole a su organizador el uso exclusivo por cinco años; asimismo, exceptuando las investigaciones de autoridades, la información privada de las personas contenida en bases de datos no podrá ser divulgada, transmitida ni reproducida salvo con el consentimiento de la persona de que se trate.

Por otro lado, en el ámbito local, el gobierno del Estado de Colima promulgó en junio del presente año, la Ley de Protección de Datos Personales del Estado de Colima, a fin de garantizar la protección de los datos de carácter personal “como uno de los derechos humanos fundamentales”. La ley es aplicable a los datos de carácter personal registrados en cualquier soporte físico tanto en el sector público como el privado, independientemente de su forma de creación, almacenamiento, tratamiento o uso.

La ley determina los principios bajo los cuales deberán manejarse los datos personales, entre los que destacan los siguientes:

* sólo podrán obtenerse y ser sujetos de tratamiento cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades expresas y legítimas para las que se hayan obtenido,

* deben ser correctos y actualizados, de modo que reflejen fielmente la situación del afectado,

* deberán obtenerse por medios lícitos que garanticen el derecho a la intimidad de la persona, informando previamente al interesado de la existencia del archivo y su derecho a acceder a éste, así como a oponerse o cancelarlo,

* será necesario el consentimiento del interesado para cualquier tratamiento de sus datos, excepto cuando se trate del ejercicio de las funciones propias de la administración pública, la información conste en contratos, estén disponibles en fuentes de acceso público o sean necesarios para el tratamiento médico del interesado,

* Quienes por razones de su oficio o labor manejen datos de otros están obligados a hacerlo confidencialmente,

* El responsable del archivo garantizará el establecimiento de medidas de seguridad.

También regula la ley la manera en que se crearán, modificarán o eliminarán los archivos de datos de carácter personal de los organismos públicos y por los particulares. Sanciona las infracciones con multa que va de las 50 a las 10,000 unidades de salario y en su caso, con la suspensión o cancelación de la operación del archivo cuando afecte a un grupo importante de interesados.

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Brújula de compra

Los gastos hormiga: Una plaga inconsciente

Por Faustino García

(09 de febrero 2009)

Si utilizas este material por favor cita al boletín electrónico Brújula de compra de Profeco (www.profeco.gob.mx)

La víspera del día de pago Carmen se lamenta no contar con liquidez, pues aunque lleva un orden en sus gastos fijos, sabe que tiene fugas de capital pero no alcanza a visualizar dónde.

Profesionista, soltera, en los 30, comparte un departamento con otra amiga y como gasto principal tiene la mensualidad de su auto.

Una tarde, al llegar a casa, tomó lápiz y papel, revisó comprobantes (tintorería, celular, gasolina) y se encontró con un faltante semanal de más de 200 pesos. Sorprendida, trató de recordar en qué gastó ese dinero, después de unos minutos descubrió alrededor de 15 gastos menores por semana, que pasan desapercibidos porque se pagan con las monedas del día.

"Once pesos del cafecito diario, 30 de los cigarros, 6 del refresco, 20 de la revista semanal, dulces y propinas, así encontré el faltante mensual de más de mil pesos", reconoce.

Además, se percató de que entre las propinas a los “viene viene” y limosnas gastaba otros 50 pesos por semana (de cinco en cinco).

Estos caprichos diarios cual hormigas en fila representan fugas inconscientes que pueden devorar el ingreso mensual y hacer mella en el presupuesto más blindado.

Gasto hormiga: Desembolsos menores, por impulso y constantes

Producto Consumo promedio Cantidad semanal Precio $ Gasto semanal Gasto mensual Gasto anual

Cajetilla de cigarros 20 1 caja por 2 días 3.5 28 98 392 4,704.00

Lata de refresco 355 ml 1 pieza por día 5 6 30 120 1,440.00

Café de maquinita 1 vaso por día 5 11 55 220 2,640.00

Paquete de chicles 1 por semana 1 4.5 4.5 18 216

Revista semanal 1 por semana 1 20 20 80 960

Propinas y limosnas Por semana 10 5 50 200 2,400.00

Gasto total: 257.50 1,030.00 12,360.00

Fuente: Precios recabados en pequeños establecimientos de la ciudad de México, 28 de enero 2009

Al hacer cálculos descubrió que sus pequeños gustos rondaban los 12 mil pesos anuales y pensó que no había salido de vacaciones el último verano por no contar con el dinero para un Viaje Todo Pagado (VTP). Estimó que si reducía sus pequeños gustos a la mitad podría tomar un paquete por 5 días y 4 noches en un hotel cuatro estrellas a Ixtapa ($4,400.00).

Para disminuir el gasto hormiga o posponer el consumo, necesitas un objetivo: el café y las galletitas de media mañana se pueden convertir en seis meses en un fin de semana en la playa.

Fijar metas es la base de la planificación financiera. Te exige esforzarte para pensar cómo puedes lograr una vida que sea plena.

El gasto hormiga en resumen

Los pequeños gastos diarios afectan las finanzas personales.

El no administrar bien los recursos económicos ocasiona gastos en productos no pensados o compras por impulso.

Estar consciente de estas pequeñas compras, y dejar de hacerlas, equivaldría en promedio al consumo mensual de gasolina de un auto compacto o al cabo de un año a un viaje todo pagado a la playa para dos personas.

Antes de gastar, haz cuentas y no te emociones.

Recuerda que el consumo consciente lleva tus decisiones sobre el dinero de un plano emocional a uno racional, cuestionando si aquello que se va a comprar tiene una razón de ser, más allá del simple impulso.

A fumigar

Haz una lista de pequeños compromisos a corto plazo para no perder el control de tus recursos económicos y asigna una cantidad fija para gastos de impulso.

Incluye las compras de las que no se obtiene un ticket o comprobante y por lo tanto, no concientizas dónde fue a parar ese dinero.

Propinas y limosnas son monedas que también cuentan en el gasto semanal, así como las compras en el comercio ambulante.

Una vez que has detectado la plaga de gastos menores, es necesario aplicar medidas correctivas que ayuden a erradicar 'los bichos' que adelgazan el bolsillo.

Si tu presupuesto se ha infectado, sigue estas recomendaciones:

Analiza los pequeños gastos que se realizan cada día.

Compra menos caprichos.

Considera el porcentaje de las propinas en los consumos.

Registra cada compra o gasto en una libreta.

Destina un monto específico por semana para los 'pequeños' gastos.

ESTE ES MI GASTO HORMIGA POR SEMANA

producto Consumo promedio Cantidad semanal precio Gasto semanal Gasto mensual Gasto anual

Botella de refresco 1 botella al día 5 9 45 180 2160

Sabritas 1 bolsa al día 5 6 30 480 5760

Pan bimbo 1 paquete por día 2 8 16 64 768

Botella de jugo 1 botella por día 5 7 35 140 1680

Paquete de chicles 1 paquete por semana 1 6 6 24 288

Dulces 3 por día 30 3 90 360 4320

Juegos de video 1 hora por día 5 10 50 200 2400

Gasto total 272 1448 17376

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PROPUESTA LEGISLATIVA

Propuesta para el salario de un Profesionista

La propuesta que yo implantaria serie que primero se observara en el profesionista las actitudes los conocimientos que adquirieron durante sus estudios que puedan planear, diseñar, ejecutar, operar y dar mantenimiento a sistemas específicos, administrativos, así como en dispositivos con tecnología de la información y de comunicación.

Dependiendo de eso consideraria el trabajo que vaya a realizar si su trabajo es bueno o si requiere de muchas habilidades para realizarlo entonces implantaria la propuesta de que a mayores responsabilidades mayor beneficio economico resiviria y a menores responsabilidades menor beneficio economico adquiriria de acuerdo al salario minimo establecido en la ley, pero todo esto de acuerdo a sus habilidades extras con que cuente, sin hacer diferencia entre hombres o mujeres y considerar que se pueda hacer un ajuste en la ley de acuerdo a esta propuesta.

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DERECHO DE LA INFORMATICA

El derecho informático, ha sido analizado desde diversas perspectivas.

Por un lado el Derecho Informático se define como:

Un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y lainformática.

Por otro lado hay definiciones que establecen que

Es una rama del derecho especializado en el tema de la informática, sus usos, sus aplicaciones y sus implicaciones legales.

Ejemplos de normas

Moprosoft: Modelo de Procesos para la Industria del Software en la industria del software. Modelo para la mejora y evaluación de los procesos de desarrollo y mantenimiento de sistemas y productos de software. Desarrollado por la Asociación Mexicana para la Calidad en Ingeniería de Software a través de la Facultad de Ciencias de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y a solicitud de la Secretaría de Economía para obtener una norma mexicana que resulte apropiada a las características de tamaño de la gran mayoría de empresas mexicanas de desarrollo y mantenimiento de software. Moprosoft es el nombre del modelo en la comunidad universitaria y profesional, y la norma técnica a la que da contenido es la NMX-059/01-NYCE-2005 que fue declarada Norma Mexicana el 15 de agosto de 2005 con la publicación de su declaratoria en el Diario de la Federación.

ISO: Normativa de Seguridad ISO/IEC 17799. (Código de buenas prácticas, para el manejo de seguridad de la información) Estándar o norma internacional que vela por que se cumplan los requisitos mínimos de seguridad, que propicien un nivel de seguridad aceptable y acorde a los objetivos institucionales desarrollando buenas prácticas para la gestión de la seguridad informática.

Ej. de actos

- El bajar ya sea musica, software, archisvos de paginas ilegales de internet.

- El divulgar los correos electronicos de personas de quien sabes su usuario y contraseña sin que se de cuenta.

Ej. de hechos

- En el que un viru infecta a un centro de computo y eso tenga consecuencias

- cuando un haker realice actos ilicitos a cualquier empresa, organizacion etc. de cualquier parte del mundo

Ej. de principios

- Responsabilidad civil o administrativa del propietario del sistema siniestrado por los perjuicios causados a terceros

- Reducción de margen por falta de resultados o gastos suplementarios para mantener la funcionalidad precedente a la amenaza.

- Establecer los grupos de usuarios (estratificación de usuarios) por niveles de seguridad, asignando a cada uno, los tipos de accesos permitidos (lectura, modificación, tratamientos, periféricos)

...

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