Libros Para Contabilidad Completa
rass972929 de Octubre de 2014
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REGISTRO DE COMPRAS Y VENTAS
LOS REGISTROS DE COMPRAS Y VENTAS VINCULADAS A ASUNTOS TRIBUTARIOS
Ambos registros son considerados prioritarios por tener relación directa con las compras y ventas que todo negocio realiza fijándose en cada operación el IGV correspondiente convirtiéndose en un impuesto fundamental para el acreedor tributario (Estado), por ello es que se ha visto por conveniente fijar nuevos registros diseñados específicamente para determinar el impuesto bruto o crédito fiscal en base a una venta o compra respectivamente.
REGISTRO DE COMPRA
En este auxiliar se registra todas las operaciones mercantiles relacionadas con las compras y gastos que realiza la empresa.
IMPORTANCIA:
Es de suma importancia para la empresa y para el estado porque:
Se podrá determinar el monto de impuestos (IGV o ISC) “ Impuesto Selectico al consumo” a favor o en contra del comerciante
Nos proporciona un amplio informe sobre, las compras que realiza la empresa
Nos permite determinar el Crédito Fiscal a que tiene derecho toda empresa
LEGALIZACION:
Este libro debe ser legalizado en la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario ante un juez de paz letrado o notario público, el cual será registrado y llevado con las formalidades que la ley le confiere con atraso no mayor de 10 días
OBLIGACIONES:
Es un registro considerado como Auxiliar Obligatorio integrante de la contabilidad completa por que están obligados a llevarlos a todos aquellos contribuyentes perceptores de renta de tercera categoría cuyos ingresos brutos anuales hayan sido:
Inferiores a 150 UIT, registro de compras, registro de ventas e ingresos y libros diarios de formato simplificado.
Superiores a 150 UIT, Contabilidad completa en el que se incluye el registro de compras y así mismo están obligados a llevar este registro los contribuyentes del Régimen Especial de impuesto a la Renta, aun cuando el deudor tributario no está afecto al impuesto a la Renta.
EXCEPTUADOS:
No están obligados a llevar este registro los siguientes contribuyentes:
Los sujetos al nuevo RUS
Los que pertenezcan al régimen general cuyas ventas y compras no están afectadas al IGV
Todos aquellos que generan rentas distintas a la tercera categoría
RAYADO DEL REGISTRO DE COMPRAS
La SUNAT mediante Resolución de Superintendencia 234-2006-SUNAT, presento un modelo en el cual se especifica las partes de que se compone dicho registro, pero sin embargo la empresa puede adecuarlo según sus características y necesidades, tomando en cuenta los requisitos mínimos propuestos, siempre que la llevanza de dicho registro sea en hojas sueltas o continuas y si es llevado de forma manual la utilización del formato propuesto es obligatorio.
REQUISITOS MINIMOS
De acuerdo a la R.S. Nº234-2006/SUNAT. A partir del 01 de Julio del 2010 el Registro de compras deberá contener la información mínima que detalla a continuación:
Fecha de emisión del comprobante de pago o documento
Numero correlativo del registro o código único de la operación de compra
Tipo de comprobante de pago o documento , de acuerdo a la codificación que apruebe la SUNAT
Año de emisión de la Declaración Única de Aduanas o de la Declaración simplificada de importación
Tipo de documento de identidad del proveedor
Numero de RUC del proveedor
FORMATO
El registro de compras será llevado utilizando el Formato 8.1 “Registro de Compras” en el cual deberá incluirse en columnas separadas, la siguiente información mínima:
PROCEDIMIENTO DE CIERRE DEL REGISTRO DE COMPRAS
Se deben seguir los siguientes pasos:
Se registran todos los valores correspondientes a las facturas sumando cada columna referente a la base imponible, tributos a pagar y totales
Posteriormente se registran la Boletas, recibos de servicios Públicos, Notas de crédito y Debito siguiendo los mismos lineamientos que las facturas
Luego se suman las diferentes columnas totalizando de esta forma los valores correspondientes al Registro de Compras, cerrando de esta manera el mencionado Libro Obligatorio auxiliar
Una vez cerrado el Registro de Compras se procede a registrar (centralizar) sus valores en el Libro Diario. Cargando la base imponible e Impuesto General a las Ventas correspondientes, abandonando el importe totas respectivo
REGISTRO DE VENTAS:
Es un libro auxiliar obligatorio de foliación doble, en donde se registran las ventas de bienes y servicios que una persona natural o jurídica realiza durante un determinado periodo económico
IMPORTACIA Y LEGALIZACION
Es importante el Registro de Ventas por que nos da a conocer las ventas que toda persona realiza y como son sus variaciones a través del tiempo, así como los impuestos obtenidos por concepto de ventas que nos permita establecer los pagos tributarios a que hubiese lugar.
Su registro nos permite determinar el Impuesto Bruto o Debito Fiscal y consiste en aplicar la tasa del impuesto del 18% sobre la base imponible correspondiente al valor de ventas de mercancías
EXCEPTUADOS
No están obligados a llevar este registro los siguientes contribuyentes:
• Los sujetos al nuevo RUS
• Los que pertenezcan al Régimen General cuyas ventas y compras no están afectadas al IGV
• Todos aquellos que generan rentas distintas a la tercera categoría
RAYADO DEL REGISTRO DE VENTAS:
La SUNAT mediante R.S 234-2006/SUNAT ha propuesto un nuevo modelo cuyo rayado a la información que se desea obtener. Tanto para la SUNAT como para empresa misma
REQUISITOS MINIMOS
Tipo de documento de identidad del cliente
Valor de exportación, de acuerdo al monto total facturado
Numero de serie de comprobantes de pago o documento
Fecha de emisión del comprobante de pago o documento
Numero correlativo del registro o código único de la operación de venta
LIBRO DE CAJAS Y BANCOS
CONCEPTO:
Tiene por objeto registrar mensualmente las operaciones que significan movimiento de dinero en efectivo, cheques o valores representativos de dinero. Se registran los ingresos y egresos que la empresa realiza en forma diaria y cronológica como consecuencia de sus variadas y múltiples operaciones mercantiles que realiza algunos autores le llaman también “Libro de ingresos, y gastos”
IMPORTANCIA
Es importante porque permite controlar todos los valores que recibe y entrega la empresa, llámese dinero en efectivo, cheques representativos de valor, para luego determinar su saldo disponible, ello le permite ser considerado como parte integrante de la contabilidad completa, por lo tanto es obligatorio su registro
ASPECTO LEGAL
De acuerdo al Artículo Nº65 de la Ley del Impuesto a la Renta están obligadas a llevar este libro todas las personas jurídicas para efectos del impuesto a la renta así como las personas naturales:
Las personas jurídicas que llevan contabilidad completa por lo tanto están en la obligación de llevar Libro caja y Bancos
Las personas Naturales perceptoras de rentas de 3era categoría están obligadas a llevar este libro en base a las siguientes particularidades:
Hasta 150 UIT de ingresos Brutos Anuales: Registro de ventas, compras, etc.
Más de 150 UIT de ingresos Brutos Anuales: Contabilidad completa
OBLIGACIONES A TOMARSE EN CUENTA:
De acuerdo a la séptima disposición complementaria y final RS: N° 234-2006 / SUNAT ha establecido ciertas excepciones:
Obligación al utilizar los formatos
Es obligatorio utilizar el formato de libro caja y bancos que sea llevado en forma manual.
Obligación de observar la información mínima
En cuanto la información mínima se ha señalado que los deudores tributarios no obligados a incluir determinan información podrán optar por no incorporar en el formato del Libro o registro relacionado con dicha información, las columnas en donde se debe consignar la referida información.
EL LIBRO CAJAS Y BANCOS: SU NATURALEZA Y USO COMO CONTROL DE EFCTIVO
El hecho de considerarse como un libro integrante de la contabilidad completa significa que este es importante y obligatorio para todo contribuyente generador de rentas de tercera categoría. El registro de libro caja y bancos le permite al contribuyente un mayor control sobre los ingresos y egresos de su efectivo, tratando de cumplir con dos objetivos fundamentales:
Manejo eficiente del efectivo
Anticipación a las necesidades de endeudamiento.
EL LIBRO CAJA Y BANCOS Y REQUERIMIENTOS MINIMOS
Es un libro principal y obligatorio para todo contribuyente generador de renta de tercera categoría. Es un libro de información mensual a través del registro de dos formatos:
FORMATO 1.1 LIBRO CAJAS Y BANCOS : Detalle de los movimientos del efectivo
FORMATOS 1.2 LIBRO CAJAS Y BANCOS : Detalle de los movimientos de la cuenta corriente ( Equivalente a efectivo)
Cada uno de los formatos establecidos por Ley además de los requisitos mínimos debe contener como datos de cabecera:
DATOS DE CABECERA:
Denominación de Libro
Periodo y/o RUC ejercicio a que corresponde la información registrada
Numero de RUC de la empresa
Nombre o razón social de la empresa
REGISTRO DE LAS OPERACIONES :
El sujeto ha obligado debe
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