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MÉTODOS DE INTERPRETACION – DE LA NORMA TRIBUTARIA

Mary RosasResumen29 de Octubre de 2015

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DERECHO

MÉTODOS DE INTERPRETACIÓN

DERECHO TRIBUTARIO

MARY FRIDA ROSAS CCAM A

VII Semestre

2015

“La alumna  declara haber realizado el presente trabajo de acuerdo a las normas de la Universidad Católica San Pablo”

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MÉTODOS DE INTERPRETACION – DE LA NORMA TRIBUTARIA

  1. MÉTODO LITERAL

El método literal, Sergio Francisco de la Garza señala que este método utiliza preponderantemente el sentido literal o gramatical de las palabras empleadas, en virtud del principio de legalidad que tiene más importancia en el Derecho Tributario que en otras ramas del derecho, ya que no hay impuesto sin ley expresa que lo establezca. Es decir se basa la interpretación en el texto mismo de la norma.[1]

El método de interpretación literal, basa la interpretación en el texto mismo de la norma es decir consiste en aplicar la norma jurídica atendiendo exclusivamente al significado gramatical de las palabras que componen su texto, es decir averiguar lo que denota la norma  mediante el uso de reglas lingüísticas propias al almacenamiento común del lenguaje escrito . Este método en la práctica puede dar lugar a confusiones e inclusive puede llegar a conducir a interpretaciones incongruentes o absurdas ya que puede darle un contenido totalmente distinto a una norma del que se deriva de su mera significación gramatical, y por ello se debe cuidar ante todo su congruencia de una ley ordinaria con el espíritu de la Constitución, para saber si se están respetando o no los principios de legalidad y justicia.[2]

  1. MÉTODO SISTEMATICO POR COMPARACIÓN CON OTRAS NORMAS

El método sistemático, Latapí  señala que es también denominado “método de interpretación armónico este método toma en cuenta el marco jurídico como una unidad e interpreta cualquier disposición a la luz del artículo analizado; pero en armonía con otros. 

Se manifiesta que este método pone en relación la norma interpretada con todo el conjunto de disposiciones jurídicas que constituyen el todo del cual aquella forma parte. Los preceptos de una legislación deben interpretarse principalmente en el sentido de que no se contradigan, que un precepto debe ser interpretado en relación con los demás de la misma ley, y que no debe olvidarse el principio de hermenéutica jurídica que dispone que las normas de una ley deben interpretarse armónicamente. [3] La norma debe ser interpretada en forma conjunta y no individualmente. La interpretación consiste en atribuirle a la norma los principios o conceptos que quedan claros en otras normas del sistema jurídico y que no están expresados en ella en una forma clara. 

Se le atribuye el significado a través de otros dispositivos legales a manera de concordancias con estas normas que tienen vinculación entre sí. Cabe indicar que la doctrina distingue dos tipos de método sistemático a saber:

  • Método Sistemático por Ubicación de la Norma: Se trata de averiguar el sentido de la norma en razón de la ubicación de la misma dentro de un cuerpo normativo.
  • Método Sistemático por Comparación con otras Normas: En esta variante, el sentido de la norma se pretende averiguar, a través de la comparación de la norma con otras reguladas en otros cuerpos normativos con las que guarda relación.[4]

  1. MÉTODO HISTORICO 

El método histórico,   La interpretación se fundamenta en los antecedentes históricos que dieron origen a la norma que va a ser interpretada, esto es, los proyectos, anteproyectos, discusiones; etc.

Esta interpretación se hace recurriendo a los contenidos que brindan los antecedentes jurídicos directamente vinculados a la norma jurídica que debe contribuir a explicarnos un sentido.

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