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Medios De Defensa Tecnicos


Enviado por   •  9 de Enero de 2014  •  22.904 Palabras (92 Páginas)  •  589 Visitas

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ÍNDICE

PRESENTACIÓN

INTRODUCCIÓN

Contenido

MEDIOS DE DEFENSA EN EL PROCESO PENAL 6

Definición 9

Finalidad de los medios de defensa 9

CUESTIONES PREVIAS Y PREJUDICIALES 11

CUESTIONES PREVIAS 11

Concepto 11

Efectos 14

El tramite procedimental 14

Efectos 15

CUESTIONES PREJUDICIALES 16

Concepto 16

Características esenciales 17

Efectos jurídicos 18

Tramite procedimental 18

Diferencia entre cuestión previa y cuestión prejudicial 19

EXCEPCIONES PENALES 20

CLASES DE EXCEPCIONES 25

Excepciones dilatorias 25

Excepciones parentorias 27

EXCEPCION DE NATURALEZA DE JUICIO 32

Definición 32

Efectos 35

EXCEPCION DE NATURALEZA DE ACCION 35

Definición 35

Presupuestos de la excepcion de naturaleza de accion 37

EXCEPCION DE COSA JUZGADA 39

Definición 39

Requisitos de la cosa juzgada 41

EXCEPCION DE AMNISTIA. 44

Naturaleza juridica. 44

Interposición. 46

La amnistía como causal extintiva de la acción penal. 47

EXCEPCION DE LA PRESCRIPCIÓN 48

Generalidades. 48

Alcances de la prescripción. 50

Clases de prescripción de la acción penal 51

Suspensión e interrupción del plazo de prescripción de la acción penal 54

OPORTUNIDAD PARA PLANTEAR LOS MEDIOS DE DEFENSA Y SU TRÁMITE 58

Oportunidad de Plantear los medios de defensa 58

Trámite de los medios de defensa 59

Recurso de Apelación. 60

En los procesos penales ordinarios y sumarios del régimen legal antiguo. 62

En cuanto al trámite o sustanciación. 64

Titularidad para proponer los medios de defensa. 66

Acerca de la facultad del juez para resolver de oficio los medios de defensa. 67

Ausencia de una debida reglamentación en la sustanciación del fondo de la cuestión prejudicial: problema que se suscita. 69

Nuestra propuesta para la sustanciación del fondo de la cuestión prejudicial. 71

Intervención del Ministerio Público. 76

CONCLUSIONES 78

BIBLIOGRAFIA 79

PRESENTACIÓN

Presentamos este trabajo monográfico al interés y responsabilidad de todos los ciudadanos, también de los juristas, educadores, familias y demás personas que deciden sobre la investigación de las “Medios técnicos de defensa contra la acción penal”, como una referencia para la aplicación correcta en la administración de justicia. Un trabajo que se inspira por el profundo respeto, de la dignidad y libertad del ser humano. Realizado con esfuerzo y entusiasmo y sobre todo basándonos en la idea de obtener más conocimiento y experiencia, que surge en este trabajo.

Los alumnos

INTRODUCCIÓN

En el ejercicio de la acción penal está asignada constitucionalmente al ministerio público, que tiene el derecho y deber de ejercitarla ante la sospecha de un delito, , por lo que una vez determinado el hecho procesal realiza una imputación fáctica y congruente, tal actuación genera una reacción por parte del justiciable, que pueden ser de dos tipos: la primera, es la aceptación de las imputaciones en todo o parte de ellas, la segunda, es la que es objeto de este trabajo, que es la contradicción a la acción penal en todo o en parte.

La oposición, tiene dos ámbitos definidos, la primera se denomina negación y consiste en el desconocimiento de la concurrencia de alguno de los presupuestos de la acción penal, sin invocas circunstancias nuevas.

La segunda se denomina excepción, y consiste en un acto de contradicción en la que se plantean circunstancias impeditivas, modificativas o extintivas de la acción penal, con el claro efecto de desvirtuar su efecto jurídico.

Podemos decir que la excepción es una herramienta de defensa, que el imputado de un hecho ilícito utiliza para oponerse a la acción penal, contradiciéndola y repeliéndola, ya sea para lograr la suspensión, paralización o para lograr la culminación del proceso penal, sin que exista un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia.

Las excepciones se manifiestan según su finalidad en dos modos: si la excepción no cuestiona la viabilidad en la que se sustancia la acción penal, buscando solo la depuración y control de los presupuestos procesales necesarios para su validez y eficacia, se le denominará dilatorias. En cambio si lo que se pretende, es que el fondo de la controversia no llegue a debatirse en juicio oral, ya sea por presentarse carencia de acción o bien por haberse producido la extinción del plazo de la acción penal o bien porque la pretensión ha sido objeto de pronunciamiento previo sobre el fondo, etc., a este tipo de excepción se

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