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Nociones Históricas Del Estado

chavelyscam14 de Marzo de 2012

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NOCIONES HISTÓRICA

El Estado surge como respuesta a necesidades de organización y es un término reservado para un tipo particular de organización política que surge en la Edad Media.

Durante la Edad Media los individuos que, por necesidad, estaban sometidos al poder feudal, lucharon siempre, en forma más o menos visible, por su libertad. Aquellos que lograban escapar de las cargas señoriales acudían a las precarias ciudades que, paradójicamente, eran consideradas "comunidades de hombres libres", a pesar de estar sometidas al dominio del rey. Fue produciéndose una centralización progresiva.

La autoridad real fue consolidándose a partir de la aparición de las caras o fueros, que eran instrumentos a través de los cuales se otorgaban privilegios a determinadas clases o ciudades, concediéndose asimismo a los individuos beneficiados derechos y libertades hasta entonces desconocidos; como contrapartida, cumplan la función de limitar el poder de los monarcas.

En el siglo XV, se produce la consolidación de los estados nacionales y surge clara la figura de Maquiavelo, que usa métodos científicos, sin contenidos dogmáticos, buceando en la historia y recurriendo a métodos comparativos.

En pleno absolutismo la autoridad real impera sobre una nación (concepto asociado a un territorio delimitado) y surge el concepto jurídico político de frontera.

Así van configurándose los elementos característicos del Estado (Nación, territorio, población, ejército nacional). Nace el Estado Nacional.

En el siglo XVIII surge un nuevo tipo de Estado, caracterizado por:

• desarrollo de la burguesía que choca con la nobleza,

• las revoluciones burguesas

• desarrollo del capitalismo

• espacios de poder y autoridad generados por la actividad económica y la acumulación de capital

• asunción de funciones políticas por parte de la burguesía, en detrimento de la realeza y la nobleza

• modificaciones en el rol del Estado y sus integrantes.

Surge pues el Estado liberal, a partir de las revoluciones francesas, americana e inglesa.

EL VOCABLO ESTADO

El vocablo “Estado” tiene dos acepciones principales; una se refiere a la conjunción de pueblo, territorio, cuerpo normativo y reconocimiento de otros Estados, la otra es que Estado es entendido como el poder público; en al artículo 3, pero es necesario recordar, que la Constitución también preceptúa la corresponsabilidad de los ciudadanos.

CONDICIONES EXISTENCIALES DEL ESTADO.

Territorio: El Territorio es un elemento constitutivo del Estado. Es la porción limitada de la superficie terrestre sobre la cual se extiende el poder de dominio del Estado. Como rasgo característico del territorio estatal se considera la unidad e individualidad. El Estado ejerce sobre su suelo y sus habitantes una potestad de dominación a la cual se le denominada comúnmente soberanía territorial. Se reflexiona entonces al territorio como el elemento físico de primer orden para que surja y se conserve el Estado. La formación estatal misma supone un territorio. Sin la existencia de éste no podrá haber Estado.-

El Territorio comprende a su vez:

a) Espacio terrestre: demarcaciones naturales o artificiales que se denominan fronteras y que abracan la zona terrestre sin limitación de profundidad.

b) Espacio aéreo: Es el espacio encima del territorio, es decir, es el espacio supra yacente al territorio terrestre, a las aguas interiores y al mar territorial del estado. Igualmente debemos mencionar el espacio ultraterrestre (la luna, cuerpos celestes, entre otros) es aquel que esta mas allá del espacio supra yacente y que en principio debe estar regido por la libertad general, ahora bien, no está determinado aun la distancia en que comienza a regir esa libertad de espacio.

c) Mar territorial: es el sector del océano en el que un Estado ejerce plena soberanía y se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km)

d) Zona económica exclusiva, también denominada mar patrimonial, es el nombre que se le da al área de mar en la que un Estado tiene derechos especiales en exploración y explotación de sus recursos y se extiende desde el límite exterior del mar territorial hasta una distancia de doscientas millas náuticas (370,4 km)

Población: Es el conjunto de seres humanos que constituye, por sus nexos, una colectividad fija, establecida sobre su territorio. Es el factor básico de la sociedad, o una constante universal en el mundo que se caracteriza por las variables históricas. El principal valor del pueblo está en su universalidad. No habrá Estado si no existe el pueblo y viceversa. Estrictamente hablando, el concepto de población es diferente al de Pueble. La población es una formación natural, biológica, como fenómeno ideológico es igual en Taiwán que en Holanda, ahora es diferente cuando hablamos del ¡!pueblo especifico!!, que determina su personalidad, diferenciándolo de los demás. -

Poder: es la capacidad o autoridad de dominio, freno y control a los seres humanos, con objeto de limitar su libertad y reglamentar su actividad. Este poder puede ser por uso de la fuerza, la coerción, voluntaria, o por diversas causas, pero en toda relación social, el poder presupone la existencia de una subordinación de orden jerárquico de competencias o cooperación reglamentadas. Toda sociedad, no puede existir sin un poder, absolutamente necesario para alcanzar todos su fines propuestos. El poder entonces, es el imperio, facultad, dominio o jurisdicción que posee una persona y que le permite disponer del mando para hacer (facer) o no hacer (non facere) una cosa. Cuando el poder es absoluto o arbitrario se asimila al despotismo (gr. Despostes, amo, señor y dueño de todas las cosas terrenales). Cuando es espiritual, éste le pertenece a la iglesia (Iglesia, asamblea, congregación de fieles).

La autoridad es el poder legitimado. Es el derecho o poder de mandar, regir, gobernar, promulgar leyes, etc. También es la persona investida de este derecho o poder.

VENEZUELA COMO ESTADO FEDERAL DESCENTRALIZADO.

Con la promulgación de la CRBV en 1999, se consagra en su artículo 4: “La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad” (Asamblea Nacional Constituyente, 2000).

Se advierte que los principios de autonomía, cooperación, participación y subsidiariedad no constituyen los principios del federalismo precitados en el artículo 4, sin embargo, al realizar una revisión e interpretación integrativa de la CRBV se hallan inmersos a lo largo de su articulado.

La autonomía configura uno de los principios destacados por la CRBV para los subniveles en el artículo 159: “Los Estados son entidades autónomas...con personalidad jurídica plena”; y, en el artículo 168: “Los Municipios...gozan de personalidad jurídica y autonomía” (Asamblea Nacional Constituyente, 2000).

Sin embargo, en los artículos 156 y 157 de la CRBV (Asamblea Nacional Constituyente, 2000) se observa un exagerado control de los recursos en manos del Poder nacional, así como la repetición de un extenso listado de competencias de diversa índole a favor del mismo, lo cual significa que los estados –en mayor proporción– y los municipios, disminuyen o aumenten sus competencias dependiendo de las votaciones obtenidas en la Asamblea Nacional. En tal sentido, señala Caamaño Domínguez (2004: 170) que “…una autonomía...subordinada al legislador no es, en puridad, autonomía. Cuestión completamente distinta es que la autonomía...tenga que desenvolverse y desarrollarse dentro de los límites fijados por la ley”.

El artículo 136 de la CRBV consagra la separación y la colaboración de poderes, por tanto la cooperación de los órganos del Poder Público se impone desde la misma Constitución. La cooperación se combina con la coordinación y la corresponsabilidad para alcanzar los cometidos del Estado de manera ordenada y evitar la duplicación de esfuerzos y recursos, en la misma medida, cada órgano o grupo social es corresponsable de las decisiones y las actividades a realizar.

La participación atraviesa transversalmente la CRBV, es innecesario nombrar cada artículo constitucional que otorga lugar predominante al principio y derecho a la participación del pueblo “en la formación de la voluntad estatal” (Tribunal Supremo de Justicia/Sala Constitucional, 22-01-03: 6). No obstante, se mencionan como pilares del este principio: la Exposición de Motivos, el Preámbulo, los artículos 62 y 70 de la CRBV.

En cuanto al principio de subsidiariedad es oportuno recordar que en algunos proyectos1 de la CRBV, éste se encuentra presente de forma expresa al caracterizar al Estado federal venezolano.

VALORES SUPREMO DEL ESTADO VENEZOLANO

Se toman como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

FINES DEL ESTADO VENEZOLANO

La defensa y desarrollo de la persona en cuanto a su dignidad y al libre ejercicio democrático de la voluntad popular, así como una sociedad justa, amante de la paz garantizando el fiel cumplimiento de los deberes y derechos consagrados como principio de esta Constitución.

Al fin del estado, lo que podemos visualizar desde una perspectiva trialista o tridimensional. Es decir:

Desde el orden de la realidad de los comportamientos

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