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Normativa Instalación Combustibles Normativa para instalaciones y almacenamiento de combustibles


Enviado por   •  7 de Enero de 2018  •  Síntesis  •  992 Palabras (4 Páginas)  •  222 Visitas

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Carrera: Ingeniería Industrial y de Procesos

Nivel: 7 TD

Asignatura: Ingeniería de la Producción

Estudiante: 

Normativa para instalaciones y almacenamiento de combustibles

Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN 2 251:2003
Manejo, Almacenamiento, Transporte y Expendio en los centros de distribución de combustibles líquidos.

Esta norma establece los requisitos que deben cumplir los centros de distribución de los combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos que se producen y comercializan en el país.

Esta norma se aplica al manejo, almacenamiento, transporte y expendio de combustibles en estado líquido que incluyen los diversos tipos de gasolinas, combustible para aviación, combustible de uso marino, diésel y combustible residual, excepto gas licuado de petróleo o gas natural.

De acuerdo al tipo de servicio, los centros de distribución se clasifican en:

  • Estación de servicio.
  • Depósito para combustible naviero nacional.
  • Depósito para combustible naviero internacional.
  • Depósito para combustible de transporte aéreo.

Para el transporte, almacenamiento y manejo de combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos debe cumplirse con lo establecido en la NTE INEN 2 266, el Acuerdo Ministerial No. 184 de 1999-02-10, los Decretos Ejecutivos 1215 del 2001-02-02 y 2024 del 2001-10-26 y demás disposiciones legales vigentes.

Disposiciones generales

  • Las dimensiones del tanque, diámetro interno y espesor de paredes deben estar determinadas por su capacidad y material de construcción, conforme a las normas vigentes y buenas prácticas de ingeniería. Es responsabilidad de la operadora de garantizar la estructura de la construcción de tal modo que no se produzcan accidentes que puedan perjudicar al ambiente.
  • Para el control de contaminación de los tanques de almacenamiento, la autoridad competente, la comercializadora y el distribuidor deben llevar registros del nivel del agua y sedimentos.
  • Para la protección contra incendios, cada terminal de abastecimiento, depósito y centro de distribución, debe adoptar las disposiciones de seguridad establecidas por la autoridad competente.
  • Para la protección del ambiente, cada terminal de almacenamiento y centro de distribución, debe adoptar las medidas tecnológicas necesarias para disminuir las emisiones producidas por la evaporación de los combustibles de acuerdo con las leyes ambientales vigentes.
  • El distribuidor debe proporcionar al funcionario y personal autorizado de la operación, las facilidades necesarias para el cumplimiento de las labores de inspección y control que le sean asignadas. Con el fin de prevenir y controlar fugas del producto para evitar la contaminación del subsuelo se deben realizar inspecciones periódicas a los tanques de almacenamiento y dispositivos de contención.

Disposiciones específicas

  • Las operaciones de carga de combustibles líquidos en la terminal de almacenamiento son de responsabilidad de la comercializadora y de la terminal de almacenamiento.
  • Las operaciones de descarga en los centros de distribución son de responsabilidad de la terminal de almacenamiento, la comercializadora, el transportista y el distribuidor.
  • El distribuidor es responsable de preservar la calidad del combustible una vez realizada su descarga en el centro de distribución.
  • La comercializadora es responsable del buen funcionamiento de los tanques de almacenamiento de los distribuidores.
  • El manejo y almacenamiento de los lodos provenientes de la limpieza de los tanques, deben regirse por las leyes ambientales vigentes.
  • La comercializadora y el distribuidor son responsables del manejo ambiental aceptable de las emisiones de vapores de los combustibles (pérdidas por evaporación en tanques de almacenamiento de volumen constante y pérdidas por evaporación en auto tanques).

REQUISITOS

  • Estaciones de servicio

Instalaciones nuevas

Las instalaciones mínimas con las que deben contar son:

  1. Área de almacenamiento: zona de tanques de almacenamiento.
  2. Área de abastecimiento o despacho de combustibles.
  3. Área administrativa o de oficinas.
  4. Accesos, entradas y salidas.
  5. Cuarto de máquinas.
  6. Servicios Sanitarios separados por sexos.
  7. Servicios de agua y aire para automotores.
  8. Trampa separadora de grasas y aceites.
  9. Islote de separación entre accesos de entrada y salida.
  10. Áreas verdes.

Los tanques de almacenamiento deben estar provistos de los implementos siguientes:

  1. Bomba sumergible.
  2. Accesorios para control en el espacio anular de los
  3. tanques.
  4. Dispositivo de llenado.
  5. Dispositivo para recuperación de vapores a auto tanques.
  6. Dispositivo para sistema de medición.
  7. Entrada hombre (diámetro mínimo 0,60 m).
  8. Dispositivo para tubería de venteo.

Las dimensiones de los tanques de almacenamiento se deben determinar de acuerdo a su capacidad, según lo indicado en la tabla 1

TABLA 1. Dimensiones de los tanques[pic 3]

Instalaciones en remodelación.

  • Verificar la integridad física, chequear los espesores de cuerpos y tapas, y el estado de los cordones de soldadura de las placas de desgaste, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto Ejecutivo No. 1215 de 2001-02-02.
  • Someter las instalaciones a las pruebas de hermeticidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Ejecutivo No. 1215 de 2001-02-02.
  • Limpiar las instalaciones de cualquier recubrimiento anterior y recubrir con fibra de vidrio o similar para formar la doble contención, con las disposiciones establecidas en el Decreto Ejecutivo No. 1215 de 2001-02-02.

Líneas de ventilación.

  • Las líneas de ventilación de los tanques de almacenamiento de gasolina, en su parte superior deben estar provistas de válvulas de presión de vacíos, y de una campana de protección para evitar el ingreso de aguas lluvias.
  • Las líneas de ventilación de los tanques de almacenamiento de diesel, en su parte superior, deben estar provistas de arrestador de llama, en vez de válvula de presión de vacíos.

Surtidores

  • Los tanques de almacenamiento deben contar con surtidores y/o dispensadores provistos de filtros, cuyo medio filtrante sea de acero inoxidable o de otro material que garantice la retención de partículas de hasta 7 mm de diámetro, como mínimo
  • Los surtidores de los tanques de almacenamiento que funcionen con bomba sumergible deben disponer de una válvula de emergencia de cierre automático en el caso de que el surtidor sufra un golpe o volcamiento.

Seguridad.

Las estaciones de servicio deben disponer de los implementos de seguridad siguientes:

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