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Nuestras Islas Secuestradas Sintesis


Enviado por   •  10 de Junio de 2014  •  5.814 Palabras (24 Páginas)  •  505 Visitas

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Contenido……………………………………………………………………………………………………………. 3

Introducción………………………………………………………………………………………………………… 4

Desarrollo……………………………………………………………………………………………………………. 5

• El llamado archipiélago del Norte

La expedición de Juan Rodríguez Cabrillo……………………………………………………………. 6

• Situación Geográfica de las Islas

Descripción de las islas……………………………………………………………………………………….. 7

• Su conformación territorial………………………………………………………………………… 8

Supuestos derechos de México sobre las islas californianas……………………………….. 9

La intertemporalidad…………………………………………………………………………………………. 11

• El abandono de derechos por parte de un estado

La prescripción………………………………………………………………………………………………….. 12

Sucesión parcial o subrogación……………………………………………………………………………

Propuestas…………………………………………………………………………………………………………13

Conclusión………………………………………………………………………………………………………….14

Contenido

Con la firma y ratificación del Tratado conocido como Guadalupe Hidalgo, suscrito el 2 de febrero de 1848, resultante de una injusta guerra y brutal agresión que en 1847 emprendieron los Estados Unidos de América y que perdiera nuestro país, el Gobierno de México cedió al ofensor una sustancial parte de su territorio continental, retrovertido de la Corona española. Por no haber sido comprometidas en el citado tratado, quedó en reputada duda la situación geográfica política de las islas Anacapa, Santa Bárbara, Santa Catalina, San Clemente, Santa Cruz, San Miguel, San Nicolás, Santa Rosa y los Farallones frente a las costas de California.

Desde entonces, el propósito del Gobierno de México de ejercer su soberanía sobre las islas, en posesión del vecino país desde la segunda mitad del siglo pasado, no ha sido concretizado.

Lo anterior, puesto que a ciento cincuenta años de distancia de la irreparable pérdida de aproximadamente dos millones cuatrocientos mil kilómetros cuadrados de territorio nacional, no se tiene conocimiento de que haya sido definido procedimiento alguno para lograr la restitución del territorio que representan esas islas en el pacífico septentrional del continente americano.

En este ensayo, no se hace un estudio exhaustivo de la causa que nos ocupa. Ello se traduce en una clara imposibilidad de investigación únicamente de carácter técnico, no fundamental; pues yace en las dificultades para conseguir y actualizar la información y no en alguna ausencia en el mundo de dicha información recabable.

Por ello, más que sugerir las posibilidades que podría tener el Gobierno de México de llevar a cabo las gestiones tendientes a la consecución de dicha intención, con este ensayo más bien se pretende señalar los méritos e inconvenientes que tiene la causa, para que, a partir de allí, sea considerada de nuevo la necesidad de diseñar estrategias y, eventualmente, reclamar las islas o reconocer en definitiva la pérdida de los derechos de México.

Lo anterior, a la luz, no únicamente de los retos que representa el tema que nos ocupa, en relación con las perspectivas de nuestra política exterior para el siglo XXI; sino también porque, por la naturaleza misma de la cuestión, relacionada íntimamente con el ejercicio de la soberanía de México sobre dichas islas, parte del territorio nacional, no es posible ignorarla o continuar relegándola indefinidamente.

En este caso, a diferencia de muchos otros, la acción de México es un elemento esencial e imprescindible para impedir que, de no ser demasiado tarde, por falta de actividad, prescriban los medios para interponer reclamaciones o que muden de naturaleza las condiciones para reclamar el derecho del Gobierno mexicano para ejercer en exclusiva su poder soberano respecto de las islas y los espacios marítimos que las rodean; es decir, con exclusión de las pretensiones de los Estados Unidos de América sobre dicho territorio.

Introducción

Pocos son los temas del campo del derecho internacional que generan tal emoción y apasionamiento como las cuestiones relacionadas con la adquisición o pérdida de la soberanía territorial.

Sin temor a exagerar puede afirmarse que desde el inicio del derecho de gentes estas cuestiones tendido a ser manejadas con especial cuidado y atención la mayoría de las veces haciendo esfuerzos por mantener el tenor de la discusión dentro de los cauces objetivos del derecho y la razón, apartándose, por ende, de los linderos de una sinarquismo subjetivo e irracional.

Por lo que México toca como es bien sabido, las cuestiones territoriales han sido manejadas invariablemente, a lo largo de su historia, con un esmerado interés, un profesionalismo técnico y diplomático, sobretodo, con un estricto apego al derecho internacional.

La política de México en esta materia, caracterizada por el despliegue de un ser extraordinario en el manejo de diferendos vinculados con la soberanía territorial se debe, en gran medida, aquí en este país en su desenvolvimiento histórico sufrió la pérdida de vastas extensiones territoriales.

Cabe recordar aquí las perdió sufridos a consecuencia del tratado de Guadalupe Hidalgo en 1848, del tratado de la mesilla de 1853, de laudo arbitral sobre el caso de Chamizal del 15 de junio de 1911 y del laudo del 26 de enero de 1931 del rey Víctor Manuel III de Italia por el cual México perdió, en beneficio

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