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PRODUCTOS, APROVECHAMIENTOS Y OTROS INGRESOS

ELIZA9122 de Septiembre de 2011

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Introducción

En el Estado se perciben diferentes ingresos que forman el Producto Nacional, este producto está constituido por la suma de diversos bienes y servicios que se generan en un país determinado; y el cual representa una considerable fuente de ingresos financieros debido a su importancia ya que contribuyen al crecimiento y desarrollo socio-económico.

De igual manera podemos mencionar los aprovechamientos de dichos ingresos, los cuales se expiden anualmente a la Federación, Entidades y Municipios para cubrir el gasto público contenido en el presupuesto de egresos respectivos, y en que en dicha virtud el Estado hace uso de su potestad soberana para instituirlos, requerirlos y garantizar su importe, siendo distintos a las contribuciones, a los productos y a los ingresos derivados de financiamiento. Dichos aprovechamientos cuentan en ciertas circunstancias con accesorios legales, tales como: recargos, gastos de ejecución y la indemnización de cheques recibidos por las autoridades fiscales.

Es importante como ciudadanos reconocer que el Producto Nacional es utilizado satisfactoriamente y que nuestras contribuciones se deben reflejar en el progreso de la entidad.

Desarrollo

1. LOS PRODUCTOS

Concepto

Si nos atendemos aun estado gramatical de la palabra “producto”, nos percatamos que tiene varias voces o enfoques, se refiere a toda cosa, insumo o substancia creada o fabricada y que puede ser obra de la naturaleza o de la mano del hombre, de su imaginación o tecnología. Se refiere también al rédito, renta o ganancia, proveniente de inversiones, actividades comerciales, industrias o de servicios. Todo lo que proviene de una cosa con alteración, transformación o producción. El producto nacional, es valor de todos los bienes y servicios elaborados o generados en un país determinado. Para el impuesto sobre la renta, son los ingresos en efectivo, en especie en créditos o en servicios provenientes del capital, del trabajo o de la combinación de ambos. También se emplea para referirse a un ingreso especifico del Estado que lleva como destino cubrir el gasto publico; por lo tanto, los productos, son los ingresos en efectivo o en especie que percibe, por el desarrollo de actividades empresariales o inversiones, o por usar, explotar, enajenar y aprovechar sus bienes del dominio privado, incluyéndose las herencias y las donaciones a su favor.

La doctrina y la legislación fiscal, lo han tratado den una forma muy superficial, escueta y en algunos casos se ha omitido su estudio, definición y regulación, y ello ha propiciado, la indiferencia, el abandono, la imprecisión y confusión sobre la naturaleza jurídica de los productos, nada mas basta ver los criterios expuestos para hablar de este ingreso publico antes de la vigencia de este Código Fiscal de la federación de 1981; y hasta la fecha en algunas entidades federativas y municipios del país siguen confundiendo legalmente este ingreso con los “derechos” o con los “aprovechamientos”, ello como consecuencia de estudios jurídicos tan pobres y con un notable desconocimiento de la materia, así como para su bajo monto en las percepciones anuales que se registran en las referidas esferas del gobierno, en comparación con los ingresos que perciben por vía de derecho publico, como son los ingresos tributarios, las participaciones de gravámenes federales y del uso empréstitos; sin embargo, esos inconvenientes y descuidos no se justifican para darle precisión a su definición, identificación y clasificación de los diversos conceptos o actos que constituyen su hecho generador.

Además es recomendable que el Poder Público ponga mas cuidado en su regulación, generación y obtención de los productos, viéndolos como una importante alternativa que puede permitir el fortalecimiento de las finanzas publicas, realizando actividades e inversiones mas productivas para que se eleve en gran medida el rendimiento de esa clase de ingresos en las tres esferas de gobierno, y como un primer paso a seguir, se debe retomar el papel que les corresponde a los organismos descentralizados, empresas publicas y empresas de participación estatal que realizan actividades empresariales, para la eficacia en la producción de insumos, bienes y servicios; que las inversiones que realiza el estado, incluyendo la enajenación y explotación de sus bienes del dominio privada, tengan rendimientos mas idóneos, porque en honor a la verdad, las actividades empresariales que ha realizado el sector publico dejan mucho que desear, ante la corrupción, por la abundancia de burocracia, el poco espíritu del trabajo de los servidores públicos, la improvisación, venta o extinción de organismos descentralizados y empresas de participación estatal, y algunas se siguen manteniendo gracias al subsidio que les otorga el poder central, pero todo ello no deja de afectar la economía pública.

Retomando el concepto, los productos, son ingresos por vías de derecho privado del Estado que perciben tanto por el desarrollo de sus actividades de carácter mercantil o empresarial, o por prestar ciertos servicios a particulares que se asimilan alas tareas propias de la iniciativa privada, en el ámbito económico, pero también se adquieren por usar, explotar, aprovechar o enajenar los bienes del dominio privado del sector publico, y por donaciones, herencias y legados a su favor.

Existen dos importantes rubros que conforma el capitulo conducente a los productos y son:

a) Ingresos por el desarrollo de actividades que se conocen como de derecho privado del Estado, ejemplo: los provenientes de actos y contratos de carácter mercantil propios de acciones, utilidades, inversiones, créditos, las herencias, donaciones o legados.

b) Ingresos por el uso, explotación, aprovechamiento y enajenación de los bienes del dominio privado del estado, ejemplo: el arrendamiento, la enajenación, la permita de bienes muebles e inmuebles como la del dominio privado del pueblo.

Los productos tienen diversas equiparaciones desde el punto de vista de la Doctrina del Derecho Fiscal, pues para algunos, se trata de ingresos por vías de Derecho Privado del Estado, porque en su recaudación no hace uso de su autoridad o imperio para establecerlos, recaudarlos o exigirlos, y por ello se rigen por normas de índole civil y mercantil, independientemente de que también son observables preceptos jurídicos de orden publico; para otros, son ingresos financieros del sector publico, porque están relacionados con la explotación de sus bienes patrimoniales y por el desempeño de actividades empresariales; y otros más simplemente dicen que son ingresos no tributarios, en vista de que el gobierno no queda en una situación de superioridad y de mando frente a los particulares que deben pagarlos, porque no dispone del poder coactivo o sancionador para lograr el entero de ellos, ya que se guía por convenios o actos meramente mercantiles propios del derecho privado.

Delgadillo Gutiérrez, dice que: "Dentr0 de los ingresos no tributarios del Estado, encontramos los que se derivan de la explotación de sus recursos con que cuenta, y dentro de estos quedan comprendidos todos aquellos ingresos que percibe como contraprestaciones por los servicios que presta, que no corresponden a sus funciones de derecho publico, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de sus bienes del dominio privado, es decir, los ingresos que el Código Fiscal de la Federación denomina productos. También quedan incluidos en este rubro aquellos ingresos que obtienen los Organismos Descentralizados y empresas en las que el Estado es accionista mayoritario o minoritario, los derivados de venta de bienes y valores, los de recuperación de capital, etc.”

Sobre el mismo punto, Arrioja Vizcaíno, argumenta que: "Resulta a todas luces evidente que los productos representan una considerable fuente de ingresos financieros, si se atiende sobre todo al fenomenal crecimiento que en los últimos años han tenido las funciones del Estado, el que ha corrido aparejado con él de los bienes y recursos que integran su acervo patrimonial. La continua y cada vez mayor intervención del Estado en los procesos económicos nacionales, demandan nuevas inversiones y adquisiciones que tienden a fortalecer enormemente su régimen patrimonial. De ahí que los productos comprendan desde el precio del arrendamiento de un pequeño terreno nacional ubicado en alguna zona remota de la Republica, hasta la percepción de utilidades y regalías por parte de gigantescas entidades estatales...

"Se ha discutido un tanto acerca de los productos como ingresos financieros del Estado, por considerarse que en la gran mayoría de los casos las cantidades respectivas provienen de particulares. A esto ha contribuido la innecesaria y única mención que de ellos hace el Código Fiscal de la Federación y la forma tan indebida en la que los mezcla con los derechos que son o deben ser un ingreso tributario por excelencia.

No obstante en nuestra opinan no debe existir duda al respecto, en virtud de que los productos no derivan de la relación jurídica-tributaria, es decir, no implican el sacrificio que un particular hace de una parte proporcional de sus ingresos, ganancias o rendimientos, para contribuir a los gastos públicos, sino que provienen indistintamente de transacciones comerciales entre el Estado y particulares (venta o arrendamiento de terrenos nacionales, otorgamiento de una concesión minera, etc.) o de actividades directamente realizadas por el Estado sin intervención de particulares (utilidades de empresas publicas, exportaciones de petróleo, etc.). Es decir, se trata de

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