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Principio De Habitualidad


Enviado por   •  3 de Enero de 2012  •  620 Palabras (3 Páginas)  •  2.068 Visitas

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PRINCIPIO DE CAUSALIDAD:

La deter¬minación de la renta neta en aplicación del principio de causalidad tributario. ¿Qué implica dicho principio?, por regla gene¬ral determinar la renta neta en base a la causalidad de los gastos con la actividad generadora de renta resulta ser el método más exacto y justo, ya que en virtud de él se permite la deducción de gastos que guardan relación causal directa con la generación de la renta o con el mante¬nimiento de la fuente en condiciones de productividad

Criterios:

a) Razonabilidad: debe existir una relación razonable en¬tre el monto del desembolso efectua¬do y su finalidad.

b) Necesidad: la necesidad debería ser directa.

c) Proporcionalidad: verificar si el volumen de la erogación realizado por una empresa guarda debida proporción con el volumen de sus opera¬ciones.

d) Normalidad: los gastos en los cuales se incurren deben realizarse dentro del giro normal de las actividades del negocio.

e) Generalidad: el beneficio debe ser de carácter “general” para todos los trabajadores teniendo en cuenta su posición dentro de la es¬tructura organizacional de la empre¬sa.

“De acuerdo con la naturaleza del impuesto a la renta que recoge en materia de gastos el principio de causalidad, todo ingreso debe estar relacionado con un gasto cuya causa sea la obtención de dicha renta o el mantenimiento de su fuente productora, noción que sin embargo debe analizarse en cada caso en particular, considerando los criterios de razonabilidad y proporcionalidad, atendiendo a la naturaleza de las operaciones realizadas por cada contribuyente, el volumen de éstas, etc, que puede suceder que la adquisición de un mismo bien o servicios para una empresa constituya un gasto deducible mientras que para otra no”.

PRINCIPIO DE HABITUALIDAD:

La ley del impuesto a la renta en la parte referida a la habitualidad en la enajenación de bienes inmuebles es importante determinar si una persona es habitual o no en este tipo de transacciones, debido a que ello nos permitirá saber si el impuesto a la renta a pagar corresponde a una de segunda categoría o a una renta empresarial de tercera categoría, lo que también supone el pago del impuesto con una tasa diferenciada.

Se presumirá la habitualidad a partir de la tercera enajenación, inclusive, que se produzca en el ejercicio gravable.

Debe tenerse en cuenta que la norma hace referencia a la enajenación y no solo a la venta de inmuebles. Por lo tanto, esta presunción incluirá otros tipos de transferencia de propiedad como la dación en pago, transferencia de posición contractual, etc.

Cabe

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