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“REPORTE DE LECTURA 1” ALGUNOS ASPECTOS DE LA SUCESIÓN (Alfonso Zermeño Infante)


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2018  •  Resúmenes  •  386 Palabras (2 Páginas)  •  509 Visitas

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“REPORTE DE LECTURA 1”

ALGUNOS ASPECTOS DE LA SUCESIÓN (Alfonso Zermeño Infante)

La sucesión abarca dos conceptos, uno en sentido amplio que es el cambio de sujeto de una relación jurídica y en sentido restringido que es la sustitución de una o varias personas en los bienes, derechos y obligaciones transmitidos a su muerte por otra persona.

Al dejar de existir el de cujus, termina su personalidad y su patrimonio es llamado herencia y pasará a un nuevo titular que es el heredero o legatario. La sucesión se clasifica de acuerdo a sus elementos personales, reales y formales, así también existen tres especies de sucesiones, la testamentaria, la legitima y la mixta, la ley indica que las únicas personas con derecho a heredar son los descendientes, cónyuge, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado, la concubina o concubinario y a falta de todos el DIF, nos habla de la regla general acerca de los parientes más próximos excluyen a los más remotos y también que los parientes más próximos heredan por cabeza y los segundos por representación o estirpe, la legislación no reconoce derechos por vínculos de afinidad, otra regla es la que establece que la línea recta excluye a la colateral.

En la sucesión intestada existen tres modos de heredar por cabeza, por estirpe, y por líneas. Los derechos, bienes y obligaciones del de cujus se transmiten a sus sucesores en tres momentos: La declaración de la herencia que es el llamamiento que se hace a los sucesores para acceder a la masa hereditaria. La apertura de la sucesión: Al abrirse la herencia se llama a los herederos que pueden ser designados en el testamento o por la ley. Y La aceptación o en su caso la repudiación de la herencia.

La herencia tiene dos aceptaciones en sentido subjetivo que es la sucesión por causa de muerte a título universal y en sentido objetivo, se refiere a la masa o conjunto de bienes y a las relaciones patrimoniales que son objeto de la sucesión.

El repudio de la herencia es la manifestación expresa de la voluntad del heredero o legatario en el sentido que no acepta la misma, debe hacerse por escrito, además es irrevocable, indivisible e instantáneo.

El Notario Público ésta facultado para dar trámite a sucesiones legitimas con ciertas condiciones y también da a conocer las declaraciones de los herederos.

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