Resúmen De "Consejo Académico Institucional"
S0LCITO11 de Mayo de 2014
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Consejo Académico Institucional (CAI)
El CAI es una entidad colegiada de asesoramiento, propuesta, debate y decisión para la participación del sistema del nivel superior. Deben organizarse y desarrollarse bajo reglamentos internos que los mismos dispongan.
Está conformado por un integrante del Equipo de Conducción del Establecimiento, por representantes docentes, no docentes y estudiantes. El Director del Instituto preside el Consejo.
El CAI interviene en cuestiones vinculadas a la organización institucional, presupuestaria, gestión curricular , proyectos de articulación, extensión e investigación, concursos docentes, convivencia y trayectorias estudiantiles. Es su responsabilidad: la elaboración y evaluación del Proyecto Político Pedagógico de la Institución en sus dimensiones organizacional, curricular y trayectorias estudiantiles; darse su reglamento interno; convocar a elecciones para la renovación del Consejo; analizar y aprobar los proyectos presentados por docentes y estudiantes; y convocar a las sesiones del Consejo a las personas que se considere oportuno para resolver un tema en particular.
La duración de los mandatos de los representantes, tanto del sector estudiantil como docente, son de dos años. Siendo excepción que el CAI deba decidir, mediante sorteo, los integrantes de cada sector que dejarán de pertener al mismo transcurrido un año desde su asunción. Los docentes y estudiantes podrán ser reelectos con intérvalo de un período en el ejercicio de sus funciones. Todos los representantes podrán ser reemplazados por sus suplentes.
Para la elección de los representantes, los sectores docentes y estudiantiles, confeccionarán listas que los representen, las cuales deberán tener los cargos titulares y suplentes y deberán representar a las distintas carreras; la elección de consejeros docentes se realizará por voto secreto de todo el personal docente de la institución y la de los consejeros estudiantiles por todos los estudiantes regulares de la institución; los candidatos podrán designar apoderados; la elección se llevará a cabo durante cinco días hábiles, mediante el sistema de urna; los candidatos de las distintas listas son responsables de proveer a su costo las boletas para la elección; cumplidos los cinco días se realizará el escrutinio por separado con una notificación de 24hs de anticipación; los Consejeros Escolares de distrito constituirán la junta electoral; con los resultados certificados por cada institución, la junta electoral proclamará a cada una de las listas ganadoras y notoficará de estas circunstancias a los participantes de la elección y a la Dirección de Educación Superior; toda cuestión que los participantes de la elección tengan con respecto al funcionamiento de la junta electoral en cualquiera de las etapas del proceso electoral tendrá derecho a cuestionarlo en forma escrita ante el Consejo General de Cultura y Educación.
Del funcionamiento del Consejo Académico Institucional: El Consejo será convocado y presidido por el Director, quien tendrá voz y voto, y en el caso de empate tendrá doble voto; El Cosejo se reunirá en sesiones ordinarias todo el año; podrán convocarse a sesiones extraordinarias a pedido del Direcrtor o de por lo menos el 50% de los miembros titulares; quedará constancia en actas de cada una de las sesiones; para sesionar deberán estar representados todos los sectores; los consejeros que no asistan a tres reuniones consecutivas o cuatro alternadas cesarán automáticamente en su cargo; asumir la representación del Instituto a solicitud del Director.
Las inasistencias en que incurrieran docentes serán justificadas presentando la constancia correspondiente. Tanto los consejeros docentes como estudiantes obtendrán al término de su mandato una constancia que acredite su desempeño.
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