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Ricardo Guastini


Enviado por   •  3 de Noviembre de 2014  •  390 Palabras (2 Páginas)  •  649 Visitas

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Ricardo Guastini es un importante jurista italiano, catedrático de la Filosofía del Derecho y director del Departamento de Cultura Jurídica en la Universidad de Génova. A partir de 1997, sus escritos empiezan a aparecer en revistas jurídicas mexicanas y en 1999 sus trabajos empiezan a ser traducidos y publicados, y por sus nuevas ideas y una clara y metódica exposición de conceptos se convirtió en un autor casi obligado para juristas y politólogos.

En Teoría e Ideología de la Interpretación Constitucional, Guastini analiza la existencia de una metodología para la interpretación constitucional, así como los problemas y supuestos que esto conlleva. La ambigüedad o la indeterminación del Derecho se puede atribuir a la amplia gama de interpretaciones que la norma puede sufrir al intentar ser aplicado a algún caso, así como a valores subjetivos, como la moralidad o los juicios de valor, que corresponden al juez. Cuando Guastini habla de interpretación podemos deducir que se relaciona más a un acto de conocimiento, de decisión o de creación. De igual manera, hacemos una diferenciación entre la interpretación cognitiva, más una operación científica, y las interpretaciones decisorias y creativas, que responden más a factores políticos.

Guastini señala tres tipos de interpretación constitucional: la formalista, que señala que hay una única acepción verdadera y es trabajo del intérprete encontrarla, la neocognitivista, que la discrecionalidad del intérprete será determinada por la dificultad o ambigüedad del caso y la escéptica-realista, que reconoce la multiplicidad de interpretaciones y la importancia de las construcciones dogmáticas de los juristas. Existen dos tipos de controles legales para los intérpretes, el difuso, en el que cualquier juez puede interpretar normas constitucionales y el concentrado, en el que sólo los jueces miembros de un Tribunal Constitucional pueden hacerlo.

En la aplicación del derecho pueden suceder conflictos de dos tipos, los conflictos en abstracto surgen por la estructura conceptual del lenguaje legislativo, mientras que los conflictos en concreto dependen del contexto mundial. La ponderación se da para resolver conflictos entre principios constitucionales. El principio con mayor valor prevalecerá sobre el otro al asignársele una importancia ético-política mayor respecto al otro. Cabe señalar que Guastini o está a favor de que La constitución necesite de métodos diferentes de interpretación a los que se utilizan para una ley y posiciona el problema de la interpretación como propio de la Filosofía del Derecho.

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