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Comisiones de seguridad


Enviado por   •  18 de Marzo de 2023  •  Documentos de Investigación  •  5.954 Palabras (24 Páginas)  •  38 Visitas

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Instituto Tecnológico de Mexicali

Materia:

Higiene y seguridad industrial.

Actividad #2

Comisión de seguridad

Nombre del docente:

Rebeca Cabrera Rivera.

Nombre del alumno:

Gomez Nava Angel Ramon alias el monchito

No. Control:

Domingo 19 de marzo de 2023

ACTIVIDAD 2

Consultar la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011.

Describir los siguientes puntos:

  1. Objetivo: En esta norma se implementa las necesidades para la constitución, integración y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

  1. Campo de aplicación: la presente norma va dirigida para el territorio nacional y aplica a todos los centros de trabajo
  1. Referencias: para poder implementar esta norma debe tener los requisitos de la siguiente Norma Oficial Mexicana vigente
  1. NOM-030-STPS-2009, Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo - Funciones y actividades.
  1. Definiciones: Para la aplicación de esta Norma se establecen las siguientes definiciones:
  1. Accidente de trabajo: es cualquier acción o movimiento que conlleve una lesión inmediata o posterior o la muerte en el área de trabajo ya sea el lugar o tiempo que se presente.
  2. Actos inseguros: es cualquier acción realizada por el trabajador que venga con una omisión o violación a un método de trabajo o medida de determinados como seguro.
  3. Autoridad del trabajo: son todas aquellas personas que conlleven a un puesto administrativo de la secretaria de trabajo y previsión social que realicen inspección de materia de seguridad y salud en el trabajo, y las correspondientes a las entidades federativas y del Distrito Federal, que actúen en auxilio de aquéllas
  4. Centros de trabajo: todas aquellas áreas tales como edificios, locales e instalaciones en las que se realizan actividades de producción, almacenamiento o prestación de servicios o en cualquier otra área donde laboren y estén sujetas a una relación de trabajo
  5. Comisión: La comisión o comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
  6. Condiciones Inseguros: aquellas acciones que no están atendidas a las medidas establecidas como seguras y pueden causar un incidente, accidente o algún daño al centro de trabajo.
  7. Condiciones peligrosas: Aquellas características inherentes a las instalaciones, procesos, maquinaria, equipo, herramientas y materiales, que pueden provocar un incidente, accidente, enfermedad de trabajo o daño material al centro de trabajo.
  8. Enfermedad de trabajo: Todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
  9. Incidentes: es toda aquella acción que puede ocasionar daños en las instalaciones, maquinarias, equipo, herramientas o materiales que se utilizan en el área de trabajo y que podrían a ver derivado alguna lesión a los trabajadores, que conlleven una investigación para adaptarse a las medidas preventivas pertinentes.
  10. Ley: La Ley Federal del trabajo.
  11. Normas: son todas aquellas normas oficiales mexicanas sobre la materia de seguridad y salud en el trabajo  
  12. Recorridos de verificación: son las revisiones que se realizan por la comisión en el centro de trabajo para poder identificar alguna acción peligrosa o que sean inseguras, si hay algún accidente investigar que lo ocasiona, alguna enfermedad y proponer medidas de prevención, así como vigilar que se cumplan  
  13. Reglamento: El Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, o el que lo sustituya
  14. Riesgos de trabajo: son las acciones o enfermedades que los trabajadores están expuestos en el centro de trabajo
  15. Secretaría: La Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
  16. Sindicato: La representación de los trabajadores que tienen la titularidad del contrato colectivo de trabajo o del contrato Ley.
  17. Verificación: Revisión documental o entrevista de que se cumpla el reglamento y normas que son aplicadas para el centro de trabajo.  
  1. Obligaciones del patrón
  1. Constituir e integrar al menos una comisión en el centro de trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo 7 de la presente Norma.
  2. Asignar a representantes para participar en la comisión del centro de trabajo, debe seleccionar a sus representantes con base a su función por desempeñar
  3. contar con el acta de constitución de la comisión del centro de trabajo, y de sus actualizaciones, cuando se modifique su integración, de conformidad con lo previsto en el numeral 7.4 de esta Normas.
  4. Contar con el plan anual de verificación encomendado previsto en los artículos 9.3 a 9.5 de esta norma.
  5. Tener los documentos para las visitas de verificación realizadas por el comité de conformidad con la cláusula 9.12 de esta norma.
  6. Facilitar a los trabajadores el desempeño de sus funciones como integrantes de la comisión.
  7. Proporcionar a la Comisión el diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo que se refiere la NOM-030-STPS-2009, o un diagnóstico que lo sustituya.
  8. Apoyar las investigaciones de accidentes del trabajo y enfermedades que lleve a cabo la Comisión, proporcionando para tal efecto la siguiente información:

a)        Los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo que ocurran en el centro de trabajo;

b)        Los procesos de trabajo y las hojas de datos de seguridad de las sustancias químicas utilizadas, y

...

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