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ANALISIS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

NicoGallegos29 de Marzo de 2015

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“Año de la Promoción de la Industria Responsable y del Compromiso Climático”

TLC

MEXICO – URUGUAY

ASIGNATURA : ANALISIS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO

ASESOR : EDUARDO F. CONDOR SANCHEZ

ALUMNO : GALLEGOS TtITO NICO

CODIGO : 1120797

FACULTAD : ADMINISTRACIÓN y NEGOCIOS

AULA : A0803

SABADO 22 DE FEBRERO DEL 2014

INDICE

1. Resumen ejecutivo y reseña histórica. 1

2. Marco jurídico de los TLC. 2

3. Objetivos que persigue el tratado. 5

4. Temas de negociación. 6

5. Partidas arancelarias. 9

6. Indicadores macro económicos. 11

7. Identificación de oportunidades de negocio para el Perú. 11

8. Conclusiones y recomendaciones 12

9. Referencias bibliografía. 13

.

TRATADO DE LIBRE COMERCIO

ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY

Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

1. RESUMEN EJECUTIVO Y RESEÑA HISTÓRICA

En julio de 2002, México y los Estados Partes del Mercosur suscribieron un acuerdo marco con el objetivo de crear un Área de Libre Comercio. En ese contexto, un mes después, México y Uruguay iniciaron la negociación de un Tratado de Libre Comercio (TLC), tomando como base las condiciones y preferencias arancelarias pactadas en el Acuerdo de Complementación Económica N° 5 (ACE 5).

El Tratado fue suscrito el 15 de noviembre de 2003 por los Presidentes Vicente Fox y Jorge Batlle, en el marco de la XIII Cumbre Iberoamericana, celebrada en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia y entrará en vigor el 15 de julio de 2004.

Ambos gobiernos, decididos a:

 Reafirmar los lazos especiales de amistad y cooperación entre sus naciones;

 Fortalecer la integración económica regional, asegurando una mejor calidad de vida para sus pueblos;

 Desarrollar sus respectivos derechos y obligaciones derivados de los acuerdos de la organización mundial del comercio;

 Establecer un marco jurídico que propicie las condiciones necesarias para el crecimiento y la diversificación de las corrientes de comercio,

 Ofrecer a los agentes económicos reglas claras y previsibles para el desarrollo del comercio y la inversión;

 Crear un mercado más extenso y seguro para los bienes y los servicios producidos en sus territorios;

 Alentar la innovación y la creatividad y fomentar el comercio de bienes y servicios que estén protegidos por derechos de propiedad intelectual;

 Asegurar un marco comercial previsible para la planeación de las actividades productivas y de inversión;

Han acordado:

2. MARCO JURÍDICO DE LOS TLC

Artículo 1-01: Establecimiento de la zona de libre comercio.

Las Partes establecen una zona de libre comercio de conformidad con lo dispuesto en el artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 (GATT de 1994) y el artículo V del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios.

Artículo 1-02: Objetivos.

1. Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de trato nacional, trato de nación más favorecida y transparencia, son los siguientes:

• Estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes;

• Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios entre las Partes;

• Promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las Partes;

• Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las Partes;

• Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en el territorio de cada Parte;

• Establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminados a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado; y

• Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias.

2. Las Partes interpretarán y aplicarán las disposiciones de este Tratado a la luz de los objetivos establecidos en el párrafo 1 y de conformidad con las normas aplicables del derecho internacional.

Artículo 1-03: Relación con otros tratados y acuerdos internacionales.

1. Las Partes confirman los derechos y obligaciones vigentes entre ellas conforme al Acuerdo sobre la OMC y otros tratados y acuerdos de los que sean parte.

2. En caso de incompatibilidad entre las disposiciones de los tratados y acuerdos a que se refiere el párrafo 1 y las disposiciones de este Tratado, éstas últimas prevalecerán en la medida de la incompatibilidad.

Artículo 1-04: Observancia del Tratado.

Cada Parte asegurará, de conformidad con sus normas constitucionales, el cumplimiento de las disposiciones de este Tratado en su territorio en el ámbito federal o central, estatal o departamental, y municipal, respectivamente, salvo en los casos en que este Tratado disponga otra cosa.

Artículo 1-05: Sucesión de tratados.

Toda referencia a cualquier otro tratado o acuerdo internacional se entenderá hecha en los mismos términos a un tratado o acuerdo sucesor del cual sean parte las Partes.

Artículo 1-06: Petróleo.

El comercio del petróleo queda exceptuado de las disposiciones contenidas en el presente Tratado y se regirá por las respectivas normas vigentes en ambas Partes.

Artículo 1-07: Sector Automotriz.

El comercio de los bienes automotrices comprendidos en el ACE 55 y sus protocolos adicionales, se regirá exclusivamente por lo dispuesto en dichos instrumentos.

3. OBJETIVOS QUE PERSIGUE EL TRATADO

Los objetivos de este Tratado, desarrollados de manera específica a través de sus principios y reglas, incluidos los de Trato Nacional, Trato de Nación más Favorecida y Transparencia, son los siguientes:

Estimular la expansión y diversificación del comercio entre las Partes;

Eliminar las barreras al comercio y facilitar la circulación de bienes y servicios entre las Partes;

Promover condiciones de competencia leal en el comercio entre las Partes;

Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión en los territorios de las Partes;

Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva, los derechos de propiedad intelectual en el territorio de cada Parte;

Establecer lineamientos para la ulterior cooperación entre las Partes, así como en el ámbito regional y multilateral encaminados a ampliar y mejorar los beneficios de este Tratado; y

Crear procedimientos eficaces para la aplicación y cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta y para la solución de controversias.

4. TEMAS DE NEGOCIACIÓN

 ACCESO A MERCADOS

En los productos excluidos del programa de desgravación del TLC se incorpora la preferencia arancelaria regional (PAR), cuando corresponda. Con ello, se simplifica la utilización de las preferencias pactadas entre ambos países.

• Sector Agropecuario

Liberalización recíproca de productos.

Se incrementa el cupo anual de queso que otorga México, hasta 6,600 toneladas.

Carne de bovino: México aplicará un programa de desgravación arancelaria que inicia con el 10% de arancel ad valorem pactado en el ACE 5 y que llegará a un arancel de 7%, a partir del tercer año de vigencia del Tratado.

Productos Pesqueros

Liberalización recíproca de pescado seco salado; cangrejo rojo y centolla congelados; vieiras naturales congeladas; preparaciones de pescado.

• Sector Industrial

Liberalización inmediata del sector, excepto: Calzado, Tejidos de lana, Prendas de vestir.

• Automotor

Estos productos se regirán por lo acordado entre los dos países, en el marco del Acuerdo de Complementación Económica N° 55 (ACE 55).

 ORIGEN

Las disposiciones en esta materia incluyen normas claras y lineamientos precisos, con el objeto de evitar, en la mayor medida posible, diferencias de interpretación entre los usuarios y las autoridades de ambos países. Por ello se precisa:

• Reglas de Origen

Definen claramente las disposiciones que los bienes deben cumplir para ser considerados como originarios de la región.

Buscan integrar los procesos productivos en la región, promoviendo el establecimiento de cadenas productivas y el consumo de insumos originarios de la misma.

• Reglas de Origen Específicas

Establecen los procesos productivos que deben cumplir los bienes.

Garantizan el otorgamiento de las preferencias arancelarias.

 PROCEDIMIENTOS ADUANEROS

Ofrece

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