Administracion Para Abogados
xiomy123425 de Junio de 2014
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PRESENTACIÓN
Para realizar este trabajo nos ha sido de aliento; el desconocimiento nuestro y de muchas otras personas, con lo relacionado a ¿Cómo funciona una organización? y ¿quiénes la conforman?, ya que este tema conlleva; una gran importancia que muchas veces solo es tomado en cuenta por los que conforman el sector estudiantil, mientras que la población sigue sin darle la debida importancia.
Para ello nos ha servido de apoyo, la información brindada por los trabajadores de la municipalidad de “Pillco Marca”, para presentarles lo expuesto en este trabajo en el cual queremos brindar una mayor visión con respecto al tema a tocar.
Organigrama
Funciones
CONSEJO MUNICIPAL
El concejo municipal ejerce las funciones normativas y fiscalizadoras de acuerdo al art. 5 de la ley orgánica municipal nº 27972 y por extensión tiene función promotora de desarrollo de acuerdo al art. 1. Preliminar de la ley, su funcionamiento se rige por el reglamento interno de concejo municipal y demás disposiciones legales vigentes, que en el caso específico de la municipalidad distrital está conformado por el alcalde y cinco regidores.
Funciones del concejo municipal:
1. Aprobar los planes de desarrollo municipal concertados y el presupuesto participativo
2. Aprobar, monitorear y controlar el plan de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los planes de desarrollo institucional y el programa de inversiones, teniendo en cuenta los planes de desarrollo municipal concertados y sus presupuestos participativos.
3. Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local
4. Aprobar el plan de acondicionamiento territorial de nivel distrital, que identifique que las áreas urbanas y de expansión urbana; las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declaradas conforme a ley
5. Aprobar el plan de desarrollo urbano, el de desarrollo rural, el esquema de zonificación de áreas urbanas, el plan de desarrollo de asentamientos humanos y demás planes específicos sobre la base del plan de acondicionamiento territorial.
6. Aprobar el plan de desarrollo de capacidades
7. Aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional.
8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, árbitros, licencias y derechos, conforme a ley.
10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de alcalde y regidor.
11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.
12. Aprobar por ordenanza municipal el reglamento interno del concejo municipal
13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al congreso de la republica.
14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal
15. Constituir comisiones ordinarias y especiales, conforme a su reglamento
16. Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajo responsabilidad.
17. Aprobar el balance y la memoria
18. Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por ley, conforme a los artículos 32 y 35 de la ley
19. Aprobar la creación de centros poblados y de agencias municipales
20. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.
21. Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorias económicas y otros actos de control
22. Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de fiscalización.
23. Autorizar al procurador público municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.
24. Aprobar endeudamientos interno y externos exclusivamente para obras y servicios públicos, por mayoría calificada y conforme a ley
25. Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles o inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública.
26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.
27. Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licencias simultáneamente a un número mayo del 40% (cuarenta por ciento) de los regidores.
28. Aprobar las remuneraciones del alcalde y las dietas de los regidores
29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales.
30. Disponer el cese del gerente municipal cuando exista acto doloso o falta grave.
31. Plantear los conflictos de competencia
32. Aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concurso de provisión de puestos de trabajo.
33. Fiscalizar la función de los funcionarios de la municipalidad.
34. Aprobar los espacios de concentración y participación vecinal, a propuestas del alcalde, así como reglamentar su funcionamiento.
35. Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley.
Son atribuciones y obligaciones de los regidores las establecidas en el artículo 10º de la ley orgánica de la municipalidades:
1. Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos
2. Formular pedidos y mociones de orden del día
3. Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del alcalde
4. Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal
5. Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el concejo municipal
6. Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al concejo municipal y proponer la solución de problemas
Comisión de regidores:
Tiene las siguientes funciones:
1. Elaborar, actualizar, revisar y supervisar el cumplimiento de la política general aprobada por el consejo y proponer las normas adecuadas para su correcta administración.
2. Analizar, aprobar y evaluar el plan de trabajo del área respectiva, proponiendo las medidas correctivas pertinentes.
3. Dictaminar los proyectos de ordenanzas o acuerdos que se ponga a consideración de su área de acción.
4. Dictaminar en los recursos impugnativos que se interpongan, cuya resolución corresponde al consejo.
5. Promover la participación de los vecinos en la solución de los problemas de la ciudad y la supervisión de los servicios municipales, coadyuvando a la canalización de sus aportes en las distintas instancias que establezca en el consejo.
6. Efectuar inspecciones y recabar informes directamente de todas las áreas de gestión municipal, administrativas, dando cuenta al consejo por las irregularidades que observa.
7. Las demás que considere el reglamento interno o las que le encargue el consejo.
ALCALDÍA
Es el órgano de gobierno municipal que tiene la responsabilidad de dirigir, evaluar y supervisar el alcance de las metas establecidas de acuerdo a los lineamientos de política del concejo y en armonía con los dispositivos y normatividad legales. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y es su máxima autoridad administrativa, y es elegido por voto popular conforme a la ley de la materia.
En los casos de ausencia. El teniente alcalde reemplaza al alcalde y en consecuencia, asume las mismas competencias y atribuciones de este.
De acuerdo a lo previsto en la ley orgánica de municipalidades, son atribuciones del alcalde:
1. detener y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos.
2. convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del consejo municipal.
3. ejecutar los acuerdos del consejo municipal, bajo responsabilidad.
4. proponer al consejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos
5. promulgar las ordenanzas y disponer su publicación
6. dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con su ejecución a leyes y ordenanzas.
7. Dirigir la formulación y someter a aprobación del concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil
8. Dirigir
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