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Analisis pesta Aguas Andinas.


Enviado por   •  4 de Julio de 2016  •  Informes  •  885 Palabras (4 Páginas)  •  2.090 Visitas

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Análisis Pesta:

Factores Políticos:

Dependiendo del total de clientes regulados que cada empresa maneja, es posible clasificarlas según las siguientes categorías: - Empresas Mayores (igual o superior al 15% del total de clientes del país) : Aguas Andinas, Essbio.

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Marco Regulatorio Vigente Aguas Andinas S.A., por el hecho de ser sociedad anónima abierta, y por expresa disposición de la ley que permitió su creación, está sujeta a la acción reguladora y fiscalizadora de la Superintendencia de Valores y Seguros. La legislación inherente a la industria sanitaria está compuesta de los siguientes documentos legales: a) Ley General de Servicios Sanitarios (D.F.L. MOP Nº 382 de 1988). b) Reglamento de la Ley General de Servicios Sanitarios (D.S. MOP Nº 1199/2004, publ. en noviembre de 2005). c) Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios (D.F.L. MOP Nº 70 de 1988). d) Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios (D.S. MINECON Nº 453 de 1990). e) Ley que establece las funciones de la SISS (Ley Nº 18.902 de 1990). f) Ley de Subsidio al pago del consumo de agua potable y servicio de alcantarillado (Ley Nº 18.778 de 1989). g) Reglamento de la Ley de Subsidio (D.S. Hacienda Nº 195 de 1998).

Tarifas

Los niveles tarifarios de la Compañía son revisados cada 5 años y durante dichos intervalos, están sujetos a reajustes adicionales asociados al polinomio de indexación. Además, las tarifas están afectas a reajustes para reflejar servicios adicionales previamente autorizados por la SISS. Durante el mes de noviembre, de 2014, se llevó a cabo el sexto proceso de fijación tarifaria entre la SISS y las empresas Aguas Andinas, Aguas Cordillera y Aguas Manquehue, respecto a las tarifas que regirán para el quinquenio 2015 - 2020. Este acuerdo tiene los siguientes alcances: - Se mantienen las tarifas actuales de Aguas Andinas y Aguas Cordillera al 31 de diciembre de 2013. Los nuevos decretos tarifarios se aplican desde el 01 de marzo y 30 de junio de 2015, respectivamente. - Se reducen en 5% las tarifas de Aguas Manquehue al 31 de diciembre de 2013. El nuevo decreto tarifario se aplicó a partir del 19 de mayo de 2015. - Se aplicarán tarifas adicionales cuando entren en operación inversiones en construcción, como las obras de seguridad de producción en situaciones de turbiedad extrema (+1,1% en 2019) y obras de tratamiento de nitrógeno en retorno de las plantas de tratamiento La Farfana y Trebal – Mapocho (+1,4% en 2018). - Se aplicarán descuentos a las tarifas por negocios no regulados, cuando entre en operación el Proyecto Alto Maipo (-1,2% en 2018).La ratificación de la clasificación de la compañía se fundamenta en que Aguas Andinas actúa como operador monopólico de un servicio de primera necesidad, que provee servicios regulados de producción y distribución de agua potable, recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas bajo un marco regulatorio estable y en un área de concesión con condiciones territoriales favorables para su desempeño operativo.

Aguas Andinas S.A. es una empresa de servicios sanitarios integrada, es decir, que abarca todo el proceso involucrado desde la captación de agua potable hasta el tratamiento de aguas servidas. Adicionalmente, a través de sus filiales abarca tanto la Región Metropolitana (mayor número de clientes del país), y las regiones de Los Lagos y Los Ríos, diversificando además sus negocios hacia servicios no regulados. En cuanto al tamaño, Aguas Andinas es la mayor sanitaria del país, tanto en forma consolidada (incluyendo Essal, Aguas Cordillera y Aguas Manquehue), como en forma individual.

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