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Antecedentes Historicos


Enviado por   •  15 de Junio de 2015  •  1.335 Palabras (6 Páginas)  •  222 Visitas

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Los griegos fueron los que implantaron las primeras aduanas que estaban destinadas a cobrar en especie. El hecho de que se cobre en especie es porque en la antigüedad, no existió el dinero, por lo tanto no se conocía la moneda.

En la antigüedad los árabes disponían de un sistema de aduanas progresivo denominado: "almojarifazgos" .Se llamaba de esta forma porque el encargado de la recaudación de este impuesto era el almojarife (término de origen árabe equivalente al de "inspector").Dándole elcarácter de contribución general sobre los productos que atravesaban sus fronteras. En su inicio, el almojarifazgo era un porcentaje sobre la importación de toda clase de productos, y su monto era fijado en relación con el valor de éstos en las Indias y no por el precio que tuvieran éstas en el puerto de embarque, además, iba aumentando de acuerdo al tramo de movimiento de mercaderías.

Más tarde, se establecieron otros tributos que también tuvieron el carácter de aduaneros, como los "diezmos de puertos secos y mojados".

Hasta principios de la Edad Moderna, los derechos de aduana no eran utilizados como instrumento de política comercial, sino con el fin de obtener ingresos

En Roma las aduanas existen desde la primera monarquía, y la creación se atribuye a Anco Marcio, quien fundó el puerto de Ostia (640-616 a.C.), en la desembocadura del Tiber, y la abrió al comercio exterior.

Las aduanas existieron en Atenas, desde los tiempos más remotos y se cobraba el 2% sobre las mercancías que se importaban o exportaban. Los fenicios, grandes navegantes, fueron los que iniciaron el registro para el comercio de importación y exportación

Roma se convirtió en un gran centro comercial, importando y exportando para todos los países vecinos.

En la Edad Media, Italia, Flandes y las ciudades Anseáticas, fueron muy activas como importadoras y exportadoras

España fue invadida por los árabes, e introdujeron las aduanas en dicho país, y llamaron pontazgo el derecho que pagaban las mercaderías que se transportaban de un lugar a otro. El derecho de pontazgo fue un tributo cuyos orígenes se encuentran en la Edad Media en toda Europa y por el cual aquellas personas que cruzaban un puente pagaban una cantidad, en forma de lo que en la actualidad se conoce como arancel o peaje, en función del lugar de su residencia, su número y los bienes que portaban al paso

Durante el feudalismo constituyó un instrumento de financiación los nobles en las tierras de su propiedad y que los vasallos debían pagar. Aquellos que residían en el señorío, o estaban exentos o pagaban cantidades reducidas; sin embargo, quienes procedían de otras tierras debían satisfacer cantidades mayores.

Con la colonización europea de América se trasladó el impuesto a las nuevas sociedades de ultramar, tanto en aquellas dependientes de España y Portugal, como de Inglaterra

Fernando III (1.199 – 1.252) al adueñarse de Sevilla confirmó los derechos de almojarifazgo, y dio el primer cuaderno de las mercancías sujetas al pago de derechos de aduana. Alfonso el Sabio (1.226 – 1.284), redujo los derechos de importación del 15 al 12,5%, concedió franca entrada a los artículos extranjeros y permitió la exportación libre de derechos de cantidades iguales a las mercancías importadas; limitó a un determinado número las prohibiciones de exportación y se preocupó por evitarles molestias a los comerciantes.

Los Reyes Católicos (1.451 – 1.504) pusieron en vigor el Acta de Navegación, reglamentos para asegurar a las naves españolas la preferencia de los fletes

El 27 dic. 1504 se ordenó a Nicolás de Ovando que cobrara el almojarifazgo en La Española a razón del 7,5% sobre lo descargado.

Una provisión de 28 dic. 1568 impuso el almojarifazgo sobre las mercaderías que se llevasen desde las Indias a la metrópoli, con una tasa de salida del 2% sobre el valor verdadero que allí tuviesen. Además, se imponía el almojarifazgo, tanto de entrada como de salida, a todas las mercaderías que se comerciaran entre puertos indianos. A esta ampliación del gravamen se hizo mucha resistencia en América, y hacia 1600 aún persistían las dificultades para su cobro. Las mercaderías de procedencia española en tránsito por Panamá al Perú y Chile no pagaban el almojarifazgo de salida del 2,5% en Tierra Firme y en cuanto al de entrada no era ad valorem sino que se cobraba sobre las demasías

El Reglamento de Libre Comercio, de 12 oct. 1778, dispuso la cobranza del almojarifazgo en los puertos menores a razón del 1,5% sobre el valor de las mercaderías españolas y del 4% sobre el de las extranjeras

Los principales impuestos coloniales Aduaneros fueron: •ALMOJARIFAZGO: fue impuesto por el gobernador Lope García de Castro, era un derecho de aduana, se aplicó a las exportaciones e importaciones de bienes. El almojarifazgo. Parrón Salas lo denomina Almojarifazgo y alcabala de frutos (sobre las importaciones de otros puertos de la propia costa). Se cobraba el 5 % sobre el precio que hubiese experimentado en Tierra Firme, al pasar del Callao a otro puerto se cobraban otros 5 %. La evaluación se hacía sobre el valor de la mercadería a los 30 días inmediatamente posterior a la llegada de la flota. La que se enviaba a Arica para pasar al Alto Perú se evaluaba según los precios de esa plaza que eran superiores a los de Potosí y La Paz. Las mercaderías que salían pagaban el 2,5 % de su valor y el 5 % a la entrada. En una palabra a medida que la mercadería pasaba de puerto a puerto pagaba dicho porcentaje. El pago se hacía a través de los maestres de los buques y en ocasiones se realizaba en mercadería. •ALCABALA: gravaba todas las transacciones de bienes (sin perjuicio del almojarifazgo), es comparado con el impuesto general a las ventas. El vendedor estaba obligado a pagarlo, se exceptuaban instrumentos de culto, medicinas, el pan, etc. La alcabala se pagaba sobre la compra y venta y generalmente lo hacía el que vendía. Alcabala de cabezón (que pagaban los gremios de Lima y la Alcabala de ventas y traspasos de inmuebles y esclavos, de imposición de censos y de proveedores de carne o de viento, y derecho de venta de ganados de Castilla.13 Este impuesto típicamente castellano era del 10 % pero en América se estableció desde un primer momento un porcentaje del 2 % del valor de las mercaderías tanto en la primera venta como en las siguientes. Su recaudaba inmediatamente en la aduana sin tener en cuenta si la mercadería se vendía o no. •DIEZMO: fue instalado pro los Reyes Católicos, consistía en que el 10% de la producción de la tierra o beneficio se dedique a la Iglesia Católica, la cobranza de los diezmos se arrendaban al mejor postor. •La AVERÍA era un impuesto ad valoren destinado a sufragar los gastos que ocasionaba la organización y defensa de las flotas, que se cobraban sobre toda la mercadería que se llevaban o traían a América incluida el oro y la plata remitida por cuenta de la Real Hacienda. •Impuestos de menor cuantía eran el derecho de toneladas, de un real y medio de plata por cada tonelada de carga sobre todos los barcos que zarpaban de Sevilla o de Cádiz para las colonias, y cuyo producto se aplicaba al sostenimiento de la corporación de marineros. A partir de la mitad del siglo XVII se denominó derecho de tonelaje fijado en dos ducados y que debían pagar los navíos de registros sueltos. A este impuesto se sumaba la media anata que era un recargo del 2 ½ % sobre la suma total del impuesto y el derecho de extranjería de tres ducados por cada tonelada de carga en cualquier navío extranjero admitido en la navegación a Indias. Todos estos gravámenes que consistían en los derechos de toneladas, eran recaudados en España por los empleados fiscales o por los arrendatarios. •Otros impuestos fueron: pontazgo, sisa, mesada, estancos, venta de oficio, mesada, viñas, servicios y millones.

Por ultimo tenemos las SISAS que era una contribución especial que se imponía sobre algunos artículos de primera necesidad como la carne, el azúcar, que eran de venta masiva y se cargaba un ½ %.

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