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Análisis del convenio en relación con el derecho mercantil


Enviado por   •  25 de Octubre de 2020  •  Ensayos  •  518 Palabras (3 Páginas)  •  56 Visitas

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Universidad autónoma de Nuevo León

Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales

Carrera en: Relaciones Internacionales

Derecho Mercantil

Tarea 2: análisis del convenio en relación con el derecho mercantil

Jairo Iván Matus Contreras

Alumno: Valeria Solis Tinajero

Matricula: 1846899

502/C05

Monterrey, Nuevo León a jueves 17 de septiembre del 2020

Para mí la relación que se tiene entre el convenio de las naciones unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías y el derecho mercantil que es la materia importante aquí, es un poco obvia pero algo compleja para mí. Primero hay que recordar que aquí en Mexico el derecho mercantil pertenece alado del derecho civil, pero de formas separadas ya que el civil regula las relaciones jurídicas privadas en general y por su lado el mercantil regula las relaciones jurídicas mas específicas, aquellas que se dan entre comerciantes y las actividades que se dan en el comercio. Por el otro lado, la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de Compraventa Internacional de mercaderías nos proporciona un régimen equitativo para los contratos de compraventa internacional de mercaderías y por ende nos da seguridad jurídica para que los intercambios comerciales sean mas eficientes y con menos problemas. Es aquí donde creo que entra esta relación ya que si ponemos un ejemplo de un vendedor quien es de Alemania y le vende su producto a un comprador de Mexico y que por una situación cualquiera surge algún problema o conflicto entre estas dos partes, entonces como se solucionaría esto, es lógico preguntarnos que ley seria aplicable ya que estamos hablando de dos países completamente diferentes si se aplica la alemana o mexicana, sin embargo aquí creo que entra el derecho mercantil, para regular estas actividades. Aunque por su puesto, es obvio que la convención existe para esto, para que los países tengan las mismas normas para así evitar este tipo de conflictos. Por otro lado, ya se menciono que seria regulado por la convención si ambas partes están dentro de este contrato, sin embargo, si ponemos otro país que no haya aprobado esta convención, pero su venta es hacia un comerciante con establecimiento por ejemplo en Mexico (quien si es parte) podría verse regulada esta compraventa por la convención ya que México es parte sin embargo, creo que si el problema es mayor el país que no es parte debe de poner sus normas que van de acuerdo a sus derechos comerciales. Además, es importante recordar la convención es meramente internacional entonces no aplica a compraventas pequeñas o domésticas, aunque ambas partes sean parte de la convención, si se trata de algo meramente domestico aquí se trata solo de una actividad comercial norma por lo cual, estará regulada únicamente por el código civil y el código de comercio del país de origen.

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