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Análisis Art 1-37 - Derecho Mercantil


Enviado por   •  10 de Junio de 2014  •  1.042 Palabras (5 Páginas)  •  300 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El código de comercio se trata del conjunto de normas y preceptos que regulan las relaciones mercantiles entre diversos individuos o empresas de un mismo territorio.

Los códigos de comercio surgieron con la Ilustración para ordenar la actividad comercial. El desarrollo del comercio ha generado que, en la actualidad, el derecho mercantil se encuentre regulado tanto por el código de comercio como por otras leyes especiales a través de un proceso descodificador.

El código de comercio forma parte del derecho privado, en su rama dedicada a las relaciones mercantiles. Las normas pretenden adaptarse a la dinámica de las relaciones económico.

OBJETIVOS

 Conceptualizar el Derecho Mercantil.

 Identificar los conceptos de sujetos, actos y bienes mercantiles.

 Obtener la capacidad de estudiar cualquiera de los núcleos temáticos que comprenden la materia a la luz del derecho comparado.

CÓDIGO DE COMERCIO

Análisis de los Artículos 1 – 37:

Nuestro Código de Comercio es el texto que recopila una serie de preceptos y estipulaciones, mediante las cuales pretende regular lo que son los actos de comercio, así como a las personas que realizan dichos actos y las cosas comerciales.

Lo estipulado en este Código no presupone una absoluta utilización del mismo, ya que todo aquello que no se encuentre regulado en él, se regirá por las demás leyes mercantiles existentes en el momento, así como por los usos y costumbres de nuestro país.

Para efectos de esta ley, se consideran comerciantes a toda aquella persona natural que sea titular de una empresa mercantil, así como las sociedades constituidas en forma mercantil, de las cuales se presumirá que realizan actos de comercio propiamente dichos.

Con respecto a los extranjeros y a las sociedades constituidas de acuerdo a las leyes extranjeras y que pretendan operar en el país, deberán regirse por las disposiciones contenidas en nuestra ley vigente.

Como se sabe, se consideran comerciantes a todas aquellas personas que realizan actos de comercio, pero primero debe definirse qué es un acto de comercio, y nuestra legislación la define como aquella actividad que tenga como objeto explotar, traspasar o liquidar una empresa, y cualquier otra que sea similar.

Los títulos valores, las negociaciones y sus elementos, como ser las patentes, los nombres, las marcas, etc., y los buques, son considerados como cosas mercantiles.

Un comerciante individual es aquella persona que se dedica a realizar actos de comercio, como los mencionados anteriormente, pero que lo hace a criterio personal, y de una forma habitual, reiterada y constante.

Cualquier persona natural puede convertirse en un comerciante individual, siempre y cuando reúna algunos requisitos establecidos por el propio Código de Comercio, como ser, que tenga la capacidad de ejercicio, la cual se encuentra regulada en nuestro Código Civil; también deben ser personas mayores de edad, que en nuestro país la mayoría de edad se cumple a los veintiún años, más sin embargo, el Código establece que aquellas personas que ya hayan cumplido dieciocho años también podrían ser comerciantes individuales, siempre y cuando gocen de la emancipación o hayan sido habilitados o autorizados por sus tutores.

Asimismo como el Código establece quienes pueden ser comerciantes, también especifica de manera muy clara qué personas no pueden ejercer el comercio, como ser, aquellas personas que

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