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Art. 1-16 Ley Del ISR


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  2.269 Palabras (10 Páginas)  •  1.508 Visitas

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LEY DE INPUESTO SOBRE LA RENTA

Resumen de los artículos primero a dieciseisavo

Artículo 1° Las personas físicas y morales están sujetas al impuesto sobre la renta en caso de residir en México, tener un establecimiento permanente en el país y al obtener ingresos de fuentes y riquezas situadas en territorio nacional.

Artículo 2° Se considera establecimiento permanente cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen, actividades empresariales o se presten servicios.

Cuando un residente en el extranjero actúe en el país a través de una persona física o moral, distinta de un agente independiente que actúe en el marco ordinario de su actividad, se considerará que tiene un establecimiento permanente en el país.

En caso de que un residente en el extranjero realice actividades empresariales en el país, a través de un fideicomiso, se considerará como lugar de negocios de dicho residente, el lugar en que el fiduciario realice tales actividades y cumpla con las obligaciones fiscales derivadas.

Se considerará que existe establecimiento permanente de una empresa aseguradora residente en el extranjero, cuando ésta perciba ingresos por el cobro de primas dentro del territorio nacional u otorgue seguros contra riesgos situados en él, por medio de una persona distinta de un agente independiente, excepto en el caso del reaseguro.

En el caso de la construcción, demolición y mantenimiento se considera establecimiento permanente después de 183 días naturales consecutivos o no en un periodo de 12 meses

No se considerará que un residente en el extranjero tiene un establecimiento permanente en el país, derivado de las relaciones de carácter jurídico o económico que mantengan con empresas que lleven a cabo operaciones de maquila, que procesen habitualmente en el país, bienes o mercancías mantenidas en el país por el residente en el extranjero, utilizando activos proporcionados, directa o indirectamente, por el residente en el extranjero o cualquier empresa relacionada, siempre que México haya celebrado, con el país de residencia del residente en el extranjero, un tratado para evitar la doble imposición

Artículo 3° No se considerará que constituya establecimiento permanente para residentes en el extranjero:

1.-La utilización o mantenimiento de instalaciones con el fin de almacenar o exhibir bienes.

2.-La existencias de bienes o de mercancías con fin de almacenar, exhibir o que sean transformados por otra persona.

3.-La utilización de un lugar de negocios con el fin de comprar bienes.

4.-La utilización de un lugar de negocios con el fin de desarrollar actividades de naturaleza previa o auxiliar.

5.-El depósito fiscal de bienes o de mercancías en un almacén general de depósito ni la entrega de los mismos para su importación al país.

Artículo 4° Se considerarán ingresos atribuibles a un establecimiento permanente en el país, los provenientes de la prestación de un servicio personal independiente, así como los que deriven de enajenaciones de mercancías o de bienes en territorio nacional.

Sobre dichos ingresos se deberá pagar el impuesto en los términos de los Títulos II o IV de esta Ley, según corresponda.

También se consideran los que obtenga la oficina central de la sociedad o cualquiera de sus establecimientos en el extranjero, en la proporción en que dicho establecimiento permanente haya participado en las erogaciones incurridas para su obtención.

Artículo 5° Los beneficios de los tratados para evitar la doble tributación serán aplicables a los contribuyentes que acrediten ser residentes en el país y cumplan con las disposiciones del propio tratado contenidas en esta Ley. En los casos en que establezcan tasas inferiores a las señaladas en esta Ley, se podrán aplicar directamente por el retenedor; en el caso de que aplique tasas el residente en el extranjero tendrá derecho a solicitar la devolución por la diferencia

Artículo 6° Para los efectos del artículo 5o. de la Ley, los contribuyentes que deseen acreditar su residencia fiscal en otro país con el que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación, podrán hacerlo mediante las certificaciones de residencia o de la presentación de la declaración del último ejercicio del impuesto. En el caso de que al momento de acreditar su residencia no haya vencido el plazo para presentar la declaración del último ejercicio, se aceptará la certificación en la que conste que presentaron su declaración del impuesto por el penúltimo ejercicio. Las certificaciones a que se refiere este artículo deberán estar expedidas por la autoridad fiscal del país de que se trate y tendrán vigencia durante el año de calendario en el que se expidan.

Artículo 7° Cuando esta Ley prevenga el ajuste o actualización de, por transcurso del tiempo y con motivo de cambios de precios en el país, se estará a lo siguiente:

I. Para calcular la modificación se utilizará el factor de ajuste que corresponda

a) periodo de un mes, utilizará el factor mensual se obtendrá restando la unidad del cociente que resulte de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes entre el índice anterior.

b) periodo mayor de un mes se obtendrá restando la unidad del cociente que resulte de dividir el Índice del mes más reciente del periodo, entre el correspondiente al mes más antiguo de dicho periodo.

II. Para determinar el valor de un bien o de una operación al término de un periodo, se utilizará el factor de actualización se obtendrá dividiendo el Índice del mes más reciente del periodo, entre el mes más antiguo del periodo.

Artículo 8° Cuando en esta Ley se haga mención de:

Persona moral, se entienden comprendidas sociedades mercantiles, organismos descentralizados, instituciones de crédito, asociaciones civiles y la asociación en participación cuando a través de ella se realicen actividades empresariales en México.

Acciones, se entenderán incluidos certificados de aportación patrimonial, partes sociales, participaciones en asociaciones civiles y los certificados de participación ordinarios

Accionistas los titulares de los certificados a que se refiere este párrafo

El sistema financiero, se compone por el Banco de México, las instituciones de crédito, de seguros y de fianzas, almacenes de depósito, administradoras

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