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CONSTITUCION DE S.A.A.

Xinita15616 de Mayo de 2015

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DEDICATORIA

Primero y antes que nada, dar gracias a Dios, por estar con nosotras en cada paso que damos, por fortalecer nuestro corazón e iluminar nuestra mente y por haber puesto en nuestro camino a aquellas personas que han sido nuestro soporte y compañía durante todo el periodo de estudio.

Le dedicamos este trabajo a nuestros maestros, gracias por su tiempo, por su apoyo, por la sabiduría que nos transmiten.

INTRODUCCIÓN

El fenómeno de la creación de empresas es actualmente uno de los de mayor interés, seguimiento, dedicación y esfuerzos tanto en los ámbitos académicos, políticos y sociales por su importancia demostrada en su capacidad para generar empleo, desarrollo y crecimiento económico en la sociedad actual. La capacidad de las empresas recién creadas para adaptarse rápidamente a los cambios del entorno, así como su potencial innovación, convierte a estas empresas en un elemento clave en el desarrollo económico actual. 

Empresa

S

e entiende por empresa una entidad institucional en su calidad de productora de bienes y servicios. Una empresa es un agente económico con autonomía para adoptar decisiones financieras y de inversión y con autoridad y responsabilidad para asignar recursos a la producción de bienes y servicios y que puede realizar una o varias actividades productivas.

Una empresa puede ser una sociedad, una institución sin fines de lucro o una empresa no constituida en sociedad. Las empresas constituidas en sociedades y las instituciones sin fines de lucro son unidades institucionales completas. En cambio, por “empresa no constituida en sociedad” se entiende una unidad institucional —un hogar o una dependencia gubernamental— exclusivamente en su calidad de productora de bienes y servicios.

La empresa es el nivel estadístico al que se reúne toda la información relativa a sus transacciones, incluidas cuentas financieras y balances, y al que pueden analizarse las transacciones internacionales, la posición internacional de inversiones (cuando procede), la posición financiera consolidada y el valor neto.

La formalización

E

s un procedimiento que todo empresario debería seguir al momento de constituir su negocio y ponerlo en marcha, pero lamentablemente esto no sucede así.

Como humanos que somos siempre buscamos auto-beneficios y pensamos que ser formal nos genera gastos innecesarios al negocio los cuales no traerán beneficios; si pensamos así estamos equivocados ya que de la misma forma que tributamos recibimos muchos beneficiospor parte del estado.

Para Formalizar los negocios, primero debemos conocer ciertos conceptos.

¿Qué significa formalizar una empresa?

Formalizar una empresa significa acreditar tu negocio ante distintas organizaciones estatales de un determinado país, formalizar es conseguir identidad jurídica ante el estado, contar con derechos y con deberes tanto comerciales como mercantiles. Una empresa legalizada muestra identidad y seriedad al momento de hacer negocios; así como también refleja responsabilidad (cumplimiento de sus obligaciones) y mucha confianza con todos sus clientes y trabajadores.

Para este caso de formalización es recomendable comparar las ventajas y desventajas que conllevan ser formal, esto para que obtengamos nuestras propias conclusiones y decidamos si nos conviene o no, formalizar nuestro negocio.

“Formalizar tu empresa significa acreditar tu negocio ante organizaciones estatales.”

¿Quiénes pueden constituir una empresa?

La ley establece que las sociedades pueden se constituidas por cualquier persona; por tal razón, pueden ser:

 Personas Naturales. Se entiende por persona natural, al ser humano o a la persona humana. Para ser sujeto de derechos y obligaciones de carácter mercantil, comercial o societario, se requiere que tenga capacidad jurídica.

 Personas Jurídicas: Aquellas organizaciones de personas naturales o jurídicas, que la ley les concede existencia legal. No tienen existencia física como la persona natural. Son representadas por una o más personas naturales.

Clases de Sociedades o Empresa

 Sociedad Anónima: Anónima Abierta - Anónima Cerrada

 Sociedad de Responsabilidad Limitada

 Sociedad en Comandita Simple

 Sociedad en Comandita Por Acciones

 Sociedad Colectiva Civil

 Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada

 Etc.

SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA

L

a sociedad anónima abierta es aquella modalidad de sociedad anónima que se identifica con la gran empresa debido a la reunión de una gran cantidad de capitales y de socios.

A diferencia de la sociedad anónima cerrada en la que no sólo interesa el aporte pecuniario de socio sino además sus cualidades personales, la “affectiosocietatis e intuitupersonae”(<<Intención de constituir sociedad>> / <<En función de la persona o respecto a la persona o atención a la persona>>). Por esto último es que se ha establecido que en la sociedad anónima abierta lo que prima es el capital y no las cualidades personales de los socios, con lo que el carácter “intuitupersonae” característico de las sociedad tradicionales es reemplazado con el “intutitupecuniae”(en atención al dinero)en esta modalidad de sociedad anónima.

Así, si bien la sociedad anónima abierta es promovida por pocas personas, es cierto que requiere del capital de muchísimas personas motivo por el cual se inscribe en el Mercado de Valores para tener la posibilidad de la constitución por etapas, ya sea por oferta pública o por oferta a terceros.

Artículo 249.- Definición

La sociedad anónima es abierta cuando se cumpla uno a más de las siguientes condiciones:

CARACTERISTICAS

La sociedad anónima abierta tiene ciertas características que revelan su carácter peculiar respecto de las otras modalidades de sociedad anónima:

1) La heterogeneidad de la composición de su accionariado:

Desde el punto de vista objetivo, la sociedad anónima abierta no solo tiene una clase de acciones, y producto de ello, no solo tiene una sola clase de accionistas, los cuales dependiendo del número elevado o mínimo de acciones que posean también se dividen en diferentes tipos de accionistas, a diferencia de la sociedad anónima cerrada en la que no existen clases de acciones, sino solamente acciones ordinarias.

Desde el punto de vista subjetivo, es una característica de la sociedad anónima abierta el que en esta coexistan accionistas que lleven el control de la sociedad, y otros que se desentiendan de la marcha de la sociedad y que sólo buscan obtener ingresos producto de sus inversiones en acciones.

2) Es una sociedad de responsabilidad limitada:

La sociedad anónima abierta es una modalidad de sociedad anónima por tanto es de responsabilidad limitada, es decir que se da la separación entre patrimonio de los socios y el de la sociedad, lo que implica que el socio no responda con su patrimonio personal por las deudas que contraiga la sociedad, sino solo que el límite máximo por el que el socio responde es el aporte que efectuó a la sociedad el cual no es parte del patrimonio personal del socio sino del patrimonio de la sociedad. De allí que se señale que en las sociedad mercantiles de responsabilidad limitada, el socio no responda más allá de lo aportado.

3) Aplicación supletoria de las reglas generales de la sociedad anónima:

Al ser una modalidad de sociedad anónima, la sociedad anónima abierta comparte ciertas reglas con la regulación de la sociedad anónima, por lo que dichas reglas se le aplican en forma supletoria a esta modalidad de sociedad anónima, siempre en cuanto le sean aplicables según el artículo 251º de la ley general de sociedades.

4) Denominación:

La sociedad anónima abierta contiene en su denominación la indicación de “Sociedad Anónima Abierta”, o las siglas se S.A.A. según el artículo 250º de la ley general de sociedades.

5) Inscribe todas sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores:

Según el artículo 252º, la regla general aplicable a las sociedades anónimas abiertas es que inscriban todas sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores, debido a la posibilidad de terceros de integrarse como socios de la sociedad anónima abierta y a la libre transmisibilidad de las acciones.

Sin embargo, existen ciertas excepciones a la inscripción de las acciones de la sociedad anónima abierta. Así, no será obligatoria la inscripción cuando:

 Se haya hecho oferta pública primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones.

 Cuentecon más de 750 accionistas, o que más del 35% de su capital pertenezca a 175 o más accionistas, sin considerar dentro de

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