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CONSTITUCIÓN SOCIEDAD S.A.S


Enviado por   •  5 de Junio de 2015  •  Tesinas  •  3.497 Palabras (14 Páginas)  •  292 Visitas

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CONSTITUCIÓN SOCIEDAD S.A.S

ARTICULO PRIMERO: CONSTITUYENTES, En la ciudad de VALLEDUPAR, Departamento del CESAR, Republica de Colombia, el 27 de abril del año 2012; ALVARO LIMA MORALES, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cedula de ciudadanía No. 77.175.249 expedida en Valledupar, de estado civil soltero, domiciliado en la ciudad de Valledupar, en la dirección: Carrera 29 No 52- 31 Casa 39 Conjunto Cerrado Altos de Ziruma IV , ELIANA VILLAMIZAR DAZA, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificada con cedula de ciudadanía No. 49.741.793 expedida en Valledupar, de estado civil soltera, domiciliada en la ciudad de Valledupar, en la dirección: Carrera 11 No 13C-26 Barrio Obrero, CARMEN PAOLA OLIVAR BARRIOS, mayor de edad, vecino de la ciudad de Bogotá, identificada con cedula de ciudadanía No 39.574.534 de Girardot, de estado civil casada, domiciliada en la ciudad de Bogotá, en la transversal 120 No 77-96 Int. 5 – 201, y JUAN CAMILO DIAZ REYES, mayor de edad, vecino de la ciudad de Bogotá, identificado con la cedula de ciudadanía No 80.153.048 de Bogotá, de estado civil casado, domiciliado en la ciudad de Bogotá en la Calle 59 No 97-12, quien para todos los efectos se denominaran los constituyentes, mediante el presente escrito manifiestan la voluntad de constituir una Sociedad por Acciones Simplificada, que se regulara conforme lo establecido en la ley y en los siguientes estatutos: ARTICULO SEGUNDO: TIPO O ESPECIE DE SOCIEDAD, la sociedad que se constituye por medio de este documento es por acciones, del tipo Sociedad por Acciones Simplificada, esta se regirá por las disposiciones contenidas en los presentes estatutos, por las normas que de manera especial regulan esta especie de compañía en el Código de Comercio y por las especiales como las generales sean compatibles con su calidad de una Sociedad por Acciones Simplificada. ARTÍCULO TERCERO: DOMICILIO SOCIAL, La compañía tendrá como domicilio principal la ciudad de VALLEDUPAR, pero podrá abrir sucursales o agencias en cualquier parte del territorio nacional, por lo cual se procederá como aparece previsto en las normas legales. ARTÍCULO CUARTO: NOMBRE DE LA SOCIEDAD, la sociedad actuar abajo la denominación social MASTER PRODUCCIONES S.A.S; ARTICULO QUINTO: TERMINO DE DURACION, La sociedad tendrá un término de duración indefinido, pero podrá disolverse anticipadamente cuando sus socios así lo decidan. ARTICULO SEXTO: OBJETO SOCIAL, La sociedad tendrá por objeto, el desarrollo tipo de eventos, recreativos culturales religiosos y deportivos; comercialización de sonidos de alto voltaje, montaje y desmontaje de espectáculos musicales (festivales, conciertos, fiestas privadas, familiares y populares) apoyo de personal logístico, silleterías, juegos de luces entre otros servicios. ARTICULO SEPTIMO: CAPITAL AUTORIZADO, SUSCRITO Y PAGADO, el capital autorizado de la sociedad es de 200.000.000 divididos en 100, acciones de igual con un valor nominal, a razón de 2.000.000 cada una, los accionistas constituyentes han suscrito 50 cada uno, por un valor nominal total de 100.000.000 de pesos, capital que se encuentra suscrito y pagado en dinero en su totalidad, la clase de acciones aquí suscrita son de clase ordinarias. Parágrafo. El capital suscrito podrá aumentarse por cualquiera de los medios que admite la ley, igualmente, podrá disminuirse con sujeción a los requisitos que la ley señala, en virtud de la correspondiente reforma estatutaria, aprobada por el único socio o socios e inscrita en el registro mercantil:

SOCIOS CUOTAS CAPITAL PORCENTAJE

ALVARO LIMA MORALES 10 $ 40.000.000 25%

ELIANA VILLAMIZAR DAZA 15 $ 40.000.000 25%

CARMEN OLIVAR BARRIOS 15 $ 40.000.000 25%

JUAN CAMILO DIAZ REYES 10 $ 40.000.000 25%

ARTÍCULO OCTAVO: CARACTERISTICAS DE LAS ACCIONES las acciones de la sociedad en que se halla dividido su capital son de clase:

OTORGANTE TIPO DE ACCION CANTIDAD

ALVARO LIMA MORALES ACCION ORDINARIA 25

ELIANA VILLAMIZAR DAZA ACCION ORDINARIA 25

CARMEN OLIVAR BARRIOS ACCION ORDINARIA 25

JUAN CAMILO DIAZ REYES ACCION ORDINARIA 25

ARTÍCULO NOVENO: TITULOS DE LAS ACCIONES, a los accionistas se le expedirá un solo título representativo de sus acciones, a menos que prefiera tener varios por diferentes cantidades parciales del total que le pertenezca. El contenido y las características de los títulos se sujetaran a lo preceptuado a las normas legales correspondientes. Mientras el valor de las acciones no hubiera sido pagado totalmente, la sociedad solo podrá expedir certificados provisionales. Para hacer una nueva inscripción y expedir el título adquirente, será menester la previa cancelación de los títulos de los constituyentes. ARTICULO DECIMO:LIBRO DE REGISTRO DE ACCONES, La sociedad llevara un libro de registro de acciones, previamente registrado en la cámara de comercio correspondiente al domicilio principal de la sociedad, en el cual se anotara el nombre los accionista, la cantidad de acciones de su propiedad, el titulo o títulos con sus respectivos números y fechas de inscripción, la enajenaciones y traspasos, las prendas usufructos, embargos y demandas judiciales, así como cualquier otro acto sujeto a inscripción según aparezca ordenado en la ley. ARTICULO DECIMO PRIMERO: EMISION DE ACCIONES, Corresponde a los accionista decidir sobre la emisión de acciones de que disponga la sociedad y que se encuentren la reserva. ARTICULO DECIMO SEGUNDO: REGLAMENTO DE EMISION DE ACCIONES, corresponde a los CONSTITUYENTES expedir el reglamento aplicable a la suscripción de las acciones reservadas, ordinarias y de capital emitida por la sociedad. ARTICULO DECIMO TERCERO: GERENCIA, La representación legal de la sociedad y la gestión de los negocios sociales estarán a cargo del gerente, puesto que será ocupado por ELIANA BEATRIZ VILLAMIZAR DAZA, identificada con cedula de ciudadanía número 49.741.793 de Valledupar. ARTICULO DECIMO CUARTO: FACULTADES DEL GERENTE, El gerente está facultado para ejecutar, a nombre de la sociedad, todos los actos y contratos relacionados directamente con el objeto de la sociedad, sin límite de cuantía. Serán funciones específicas del cargo las siguientes: a) construir, para propósitos concretos los apoderados especiales que considere necesarios para representar judicial o extrajudicialmente a la sociedad. b) cuidar la recaudación e inversión delos fondos sociales. c) organizar adecuadamente los sistemas requeridos para la contabilización,

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