CONTRATACIONES CON EL ESTADO PERUANO
NELLYSD1 de Julio de 2013
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1. Fase I: Programación.
1.1. Flujo del proceso de la fase de programación del Sistema de Contratación del Estado.
1.2. PAC – Plan Anual de Contrataciones.
2. Fase II: Preparatoria de los procesos de selección.
2.1. Expediente de contratación.
2.2. Valor referencial.
2.3. Comité especial.
2.4. Bases.
3. Fase III: De los procesos de selección.
3.1. Tipos de proceso según objeto y valor referencial
3.2. Flujo el proceso de selección hasta el otorgamiento de la buena pro.
3.3. Convocatoria.
3.4. Registro de participantes.
3.5. Formulación y absolución de consultas.
3.6. Observaciones.
3.7. Integración de bases.
3.8. Presentación de propuestas.
3.9. Buena pro.
4. Modalidades no clásicas de selección de proveedores.
4.1. Modalidades obligatorias para seleccionar un proveedor distintas al proceso de selección regular.
4.3. Modalidades facultativas para seleccionar un proveedor distintas al proceso de selección regular.
4.4. Compras corporativas.
4.5.
4.6. Proceso de selección por encargo.
4.7. Subasta inversa.
4.8. Convenio marco.
5. Recurso de apelación.
6. Exoneración del proceso de selección.
7. Fase IV: Ejecución contractual.
7.1. Objetivo de la fase de ejecución contractual.
7.2. Contrato.
7.3. Garantías.
7.4. Subcontratación.
7.5. Cesión de posición contractual.
7.6. Adicionales y reducciones.
7.7. Ampliación del plazo contractual.
7.8. Resolución del contrato.
1. Fase I: Programación.
1.1. Flujo del proceso de la fase de programación del sistema de contratación del Estado.
1.2 PAC – Plan anual de contrataciones.
¿Cuál es el objeto del PAC en la fase de formulación y programación del presupuesto institucional?
El objeto de la fase de formulación y programación del presupuesto institucional es la aprobación del plan anual de contrataciones, de acuerdo a los créditos presupuestales aprobados en el PIA.
La elaboración del PAC comprende dos momentos:
a. Durante la programación y formulación presupuestal: el proyecto del PAC, el mismo que utilizará el catálogo único de bienes, servicios y obras que administra el OSCE y de ser necesario el catálogo de las Naciones Unidas.
b. Aprobado el PIA, el OEC revisará, evaluará y actualizará el proyecto del PAC sujetándolo a los montos del presupuesto institucional.
Por otro lado, el PAC deberá considerar todas las contrataciones con independencia del tipo de proceso de selección o régimen legal que las norme y adaptarse al formato PAC 2009 que la ley vigente establece.
¿Quiénes son responsables de la aprobación del Plan Anual de Contrataciones (PAC)?
El responsable de la elaboración y modificación del PAC es el funcionario que cumple las funciones de las contrataciones de la Entidad. El responsable de la aprobación y evaluación del PAC es el titular de la entidad.
¿Qué característica debe tener el PAC?
El PAC contendrá al menos la siguiente información: Objetivo de la contratación.
• Descripción de los bienes, servicios u obras a contratar y el correspondiente código asignado en el catálogo único de bienes, servicios y obras que administra el OSCE.
• Valor estimado de la contratación.
• El tipo de proceso que corresponde al objeto y su valor estimado, así como la modalidad de selección. La fuente de financiamiento.
• El tipo de moneda.
• Los niveles de centralización o desconcentración de la facultad de contratar. La fecha prevista de la convocatoria.
¿Cómo se elabora el PAC?
Cada una de las áreas de la entidad determinará sus requerimientos de bienes, servicios y obras, en función de sus metas presupuestales y su programación de acuerdo a sus prioridades. Utilizarán el Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras que administra el OSCE.
Las áreas usuarias incluirán sus requerimientos en el cuadro de necesidades que será remitido al órgano encargado de las contrataciones para su consolidación, valorización y posterior inclusión en el PAC. Aprobado el PIA, el órgano encargado de las contrataciones revisará, evaluará y actualizará el PAC, sujetándolo a los montos de los créditos presupuestarios establecidos en el PIA.
¿Cómo se aprueba el PAC?
La aprobación del PAC corresponde al titular de la entidad dentro de los 15 días hábiles siguientes a la aprobación del PIA y debe ser publicado por la entidad en el SEACE en un plazo no mayor de cinco días hábiles de aprobado, incluyendo el dispositivo o documento de aprobación. Hay excepciones para quienes no tienen acceso a Internet. Y para contrataciones de bienes, servicios y obras con carácter de secreto, secreto militar o por razones de orden interno.
¿Cómo se modifica el PAC?
La modificación del PAC se realiza en función a la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de las metas institucionales cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección, o el valor referencial difiera en más de 25 por ciento. del valor estimado y ello varié el tipo de proceso de selección. La aprobación y difusión se hará en forma similar a la aprobación.
¿Cómo se evalúa el PAC?
El titular de la entidad evaluará semestralmente la ejecución del PAC, debiendo adoptar las medidas correctivas para alcanzar las metas y objetivos previstos en el plan operativo institucional y de corresponder disponer el deslinde de las responsabilidades respectivas. El OEC será responsable de sancionar a las entidades que incumplan con la prohibición del fraccionamiento, esta competencia ya no es del titular.
2. Fase II: Preparatoria de los procesos de selección.
¿Cuál es el objetivo de la fase preparatoria de los procesos de selección?:
El objetivo es contar con los tres elementos que ha establecido la norma para iniciar el proceso de selección: (1) el expediente de contratación aprobado, (2) las bases aprobadas y (3) el comité especial que conducirá el proceso designado.
2.1. Expediente de contratación.
Respecto al Expediente de Contratación, ¿qué responsabilidades tiene el área usuaria?
El área usuaria es responsable de definir con precisión las características, condiciones, cantidad y calidad de los bienes, servicios u obras que requiere, así como la finalidad pública de dicha contratación.
Respecto al expediente de contratación, ¿qué responsabilidades tiene el órgano encargado de las contrataciones?
El órgano encargo de las contrataciones en la entidad es responsable de:
• Realizar el estudio de mercado, que servirá para determinar: el valor referencial, la existencia de pluralidad de marcas o postores, la posibilidad de distribuir la buena pro, obtener información que sirva para determinar factores de evaluación.
• Fijar el valor referencial y está facultado para solicitar apoyo al área usuaria, obligada a darlo bajo responsabilidad Tener la custodia y responsabilidad del expediente de contratación, salvo cuando la custodia está a cargo del comité especial.
• Remitir el expediente de contratación al funcionario competente para su aprobación, de acuerdo las normas de organización interna.
• Solicitar a la oficina de presupuesto, la certificación de disponibilidad presupuestal, que señalará la fuente de financiamiento, la cadena funcional programática y del gasto, así como el monto de la certificación con las anotaciones que correspondan.
• Ajustar las características como resultado del estudio de mercado, pero con la autorización del área usuaria.
Respecto al Expediente de Contratación, ¿qué responsabilidades tiene el Comité especial?
El comité especial es responsable de poner en conocimiento del OEC si el valor referencial es observado por los participantes y en el caso de ejecución o consultoría de obras de la unidad orgánica competente para su opinión. Si el OEC o unidad orgánica aprueban un nuevo valor referencial, deberán verificar la disponibilidad presupuestal e informar al funcionario que aprobó el expediente de contratación. Si el cambio modifica el tipo de proceso de selección, deberá declararse nulo el proceso de selección convocado.
Respecto al Expediente de Contratación, ¿qué responsabilidades tiene el titular?
Bajo responsabilidad del titular, puede referir una marca o determinado tipo de producto, cuando responda a un pro-ceso de estandarización.
¿Qué documentos deben conformar el Expediente de Contratación?
El expediente de contratación está conformado por una serie de documentos y la ley regula cuales son estos documentos, separándolos en dos etapas, antes y después de su aprobación, A su vez establece las particularidades en el caso de obras y cuando se trata de proyectos de inversión
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