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Resumen - EXPOSICIÓN DE MOTIVOS - Nueva Ley de Contrataciones del Estado Peruano

V4NCH4N7EResumen16 de Febrero de 2016

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. La finalidad última de la contratación pública

La reforma normativa puede evidenciarse en los primeros artículos tanto del D.L. N° 107 (en adelante, la “anterior ley”) como de la nueva Ley. Además de núcleo básico de la norma aún vigente que es maximizar dinero del contribuyente en el marco de un conjunto de principios, les añade otros tales como la gestión por resultados y la repercusión positiva en la vida de los ciudadanos. Con este giro hacia la obtención de resultados que signifiquen una mejora en el bienestar de las personas conforme a lo indicado en el inciso 1 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú.

Esta reforma articula al sector público con el privado en base de un objetivo común: la repercusión positiva –de los contratos que suscriben ambas partes- en las condiciones de vida de la ciudadanía. Asimismo, se busca un régimen de contratación pública eficiente y orientada a la gestión por resultados que permita que el aporte de los ciudadanos signifique más bienes, servicios y obras para la comunidad, sin perder de vista los objetivos orientados a la sostenibilidad ambiental y social, con políticas de transparencia, modernización y simplificación de las contrataciones.

En tal sentido, la regulación de nueva ley tiene como finalidad el abastecimiento u obtención de bienes, servicios y obras que el Estado requiera para su desarrollo conforme a cada situación para la atención que demande su operatividad bajo los parámetros de contratación pública. Es necesario indicar que para la discrecionalidad, considera la necesidad impostergable que la Contraloría General de la República sepa el nuevo enfoque de la Ley, dejando de lado el control estricto del procedimiento para ceder paso al control de la discrecionalidad según al enfoque de la gestión por resultados.

2. Condiciones generales para contratar con el Estado. Principales inconvenientes

Luego del análisis de los resultados y las conclusiones de la evolución de las compras que fueron realizados por el MEF y el OSCE, motivaron a dicha reforma, los cuales una parte de ellas se señalan a continuación:

2.1. Acceso a los procesos de contratación

El nivel de competencia en el Mercado Estatal en el periodo 2008 – 2011 y la determinación efectuada por el OSCE por los años 2012 y 2013, indica una disminución del promedio de propuestas presentadas para bienes, servicios y obras, no obstante mantuvo el mismo nivel en el 2012 y 2013.

Por otro lado, conforme al Informe Anual 2013 – Resultados Definitivos emitido por el OSCE al año 2013 se contabilizó un total de 133 904 proveedores con el RNP vigente:

[pic 1]

De dicha cantidad el número de proveedores que ganaron alguna buena pro son:

[pic 2]

En el 2013 se incrementó a 43 030 en relación al 2012 cuya cantidad fue 41 262.

Proveedores con RNP vigente que ganó alguna buena pro: 30.6%

Personas jurídicas: 34.5%

Personas naturales: 29.2%

Consorcios: 33.9%

No domiciliados: 2.4%

Es evidente un ligero incremento de número de proveedores del Estado, sin embargo se busca que la cantidad de proveedores se asemeje a la cantidad de proveedores del mercado no público para tener posibilidad de elegir las distintas opciones que ofrece el mercado en general.

Gráfico

Número de Proveedores del Estado

Periodo 2011 – 2013

[pic 3]

2.2 Efectos de la competencia en la satisfacción de necesidades de las Entidades

El cálculo del Nivel de Competencia en el Procedimiento Clásico 2013 medida en función al cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos (RTM), hay un incremento en los años 2012 y 2013.

Gráfico

Procedimiento Clásico: Evolución del procedimiento de propuestas admitidas (2008–2013)

[pic 4]

2.3. Percepción de los actores económicos privados

Mediante una consultoría contratado por el OSCE en el 2012, se identificó 4 tipos de barreras que los proveedores perciben sobre sus posibilidades de contratar con el Estado:

A)        Barreras Técnicas, relacionados a las características detalladas en los RTM que desalientan o dificultan el acceso al mercado estatal.

B)         Barreras Económicas, son las exigencias relacionados con los costos asumidos por el proveedor, tales como cartas fianzas, forma de pago, tasas a pagar, entre otros.

C)        Barreras Administrativas/Legales, son los procedimientos administrativos o legales que desmotivan o dificultan el acceso al mercado estatal, tales como registro de participantes presencial, plazos para preparación de propuestas, entre otros.

D)         Barreras Informativas, relacionado con el conocimiento que tiene el proveedor como el uso de la normativa, uso de herramientas informáticas, conocimiento de convocatorias, etc.

[pic 5]

La nueva Ley ha considerado lo indicado anteriormente, y con el objetivo de crear incentivos ha introducido algunas disposiciones que motiven la participación al mercado de las compras públicas.

2.4. Eficacia y Eficiencia de las contrataciones

Los Informes Anuales 2012 y 2013 complementan los datos de los procesos declarados desiertos, los cuales se han incrementado de 18.5% a 20.2%.

Gráfico

Comparativo del porcentaje de ítems declarados desiertos respecto del total de ítems convocados (Periodo 2010 – 2013)

[pic 6]

Al no otorgarse la buena pro resulta evidente que la necesidad no ha sido atendida, lo que implica el retraso del Estado de procurar el bienestar ciudadano.


Concurso Público para la contratación de consultorías:

En este tipo de proceso de selección la presentación de propuesta técnica y otorgamiento de la buena pro se realiza en acto público, en presencia de un notario público y también puede contar con un representante del órgano de control. La presentación puede realizarse por el mismo proveedor o a través de un tercero, sin que se exija formalidad alguna para ello. Luego el comité especial revisa la documentación obligatoria para la admisión de los postores, las cuales van a ser plasmadas todo en un acta.

Luego el comité evalúa las propuestas técnicas y a los postores admitidos procede  a apertura los sobres económicos, otorgando la buena pro a la mejor propuesta.

3.3.1.3 Adjudicación Simplificada

El proyecto prevé que la adjudicación simplificada para las contrataciones de bienes, servicios en general y obras se rige por las etapas y disposiciones aplicables a la licitación pública.

De igual manera, la adjudicación simplificada para la contratación de servicios de consultoría en general y servicios de consultoría de obra se rige por las etapas y reglas establecidas para el concurso público.

Además, se ha regulado la posibilidad de que la presentación de ofertas se realice en acto privado, a fin de agilizar y simplificar el procedimiento.

3.3.1.4 Selección de Consultores Individuales

La Entidad puede optar por convocar un procedimiento de selección de consultores individuales cuando se cumplan los requisitos previstos en el artículo 24 de la Ley, a excepción para consultoría de obras.

Los proveedores interesados se podrán registrar como participante mediante el formato contenido en la solicitud de expresión de interés, adjuntando la documentación que sustente sus calificaciones y los criterios de evaluación, referidos a experiencia específica, calificaciones y la entrevista. Que serán evaluados por el comité de selección los cuales darán el resultado de calificación en un acta. Todas las acciones serán registradas en el SEACE.

 

3.3.1.5 Comparación de Precios

La Entidad debe verificar que los bienes y/o servicios en general objeto de la contratación sean de disponibilidad inmediata, fáciles de obtener en el mercado, se comercialicen bajo una oferta estándar establecida por el mercado, para estos efectos el órgano encargado de las contrataciones elabora un informe. Tiene por finalidad obtener de los proveedores, de forma física, un mínimo de tres (3) cotizaciones, las que deben acompañarse con declaraciones juradas de los proveedores de no encontrarse impedidos para contratar con el Estado. La Entidad otorga la buena Pro a la cotización de menor precio.

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