CONTRATO E INTERMEDIACION BURSATIL
agallego10 de Marzo de 2013
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CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL
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México, D.F., diciembre 2012.
CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL QUE EN LOS TÉRMINOS DE LAS DECLARACIONES Y LAS CLÁUSULAS QUE APARECEN A
CONTINUACIÓN, CELEBRAN POR UNA PARTE MONEX CASA DE BOLSA, S.A. DE C.V., MONEX GRUPO FINANCIERO, EN LO SUCESIVO
“MONEX” REPRESENTADA POR EL SEÑOR JACOBO G. MARTÍNEZ FLORES Y POR LA OTRA LA(S) PERSONA(S) INDICADA(S) EN EL
PROEMIO DEL PRESENTE CONTRATO A QUIEN(ES) SE DENOMINARÁ EL “CLIENTE”.
D E C L A R A C I O N E S
I. Declara Monex, por conducto de su representante legal:
a) Ser una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes de los
Estados Unidos Mexicanos, según consta en la Escritura Pública No.
5,940 del 27 de noviembre de 1978, otorgada ante la fe del licenciado
Jorge A. Domínguez Martínez, titular de la Notaría Pública número 140
del Distrito Federal e inscrita en el Registro Público de Comercio del
Distrito Federal bajo el folio mercantil No. 686 del 27 de febrero de
1979, autorizada para operar como Casa de Bolsa según oficio número
1983 de fecha 23 de octubre de 1978 expedido por la entonces
Comisión Nacional de Valores, teniendo como clave del Registro
Federal de Contribuyentes la siguiente: MCB860313CD6.
b) Que su representante comparece en su carácter de apoderado, según
se acredita con la Escritura Pública No. 28,704 del 4 de junio de 2003,
otorgada ante la fe del licenciado Alberto T. Sánchez Colín, titular de la
Notaría Pública No. 83 del Distrito Federal, e inscrita en el Registro
Público de Comercio del Distrito Federal bajo el folio mercantil No. 686
del 9 de junio de 2003, manifestando que sus facultades no le han sido
revocadas, suspendidas, ni limitadas.
II. Declara el Cliente:
a) (EXCLUSIVO PARA PERSONAS FÍSICAS) Tener la capacidad legal
suficiente para celebrar el presente Contrato y reconoce como suyos
los datos asentados en el Proemio, todo lo cual acredita con los
documentos que en copia u original, según sea el caso, se anexan al
presente instrumento, aceptando que Monex en cualquier momento
pueda verificar la autenticidad de los datos ahí asentados y, en
consecuencia, actualizarlos en su expediente.
a) (EXCLUSIVO PARA PERSONAS MORALES Y UNIDADES
ECONÓMICAS) Estar legalmente constituida, ser de la nacionalidad
señalada en el Proemio, contar con el Registro Federal de
Contribuyentes y tener por representante(s) legal(es) a la(s) persona(s)
indicada(s) en el Proemio, declarando que el(los) poder(es) de dicho(s)
representante(s) no le(s) ha(n) sido revocado(s), suspendido(s) ni
limitado(s), todo lo cual acredita con los documentos que en copia u
original, según sea el caso, se anexan al presente instrumento, y
acepta que Monex podrá en cualquier momento verificar la
autenticidad de los datos ahí asentados y, en consecuencia,
actualizarlos en su expediente.
b) Que conoce el alcance de los derechos y las obligaciones que en los
términos de la Ley del Mercado de Valores se derivan de este Contrato
y que acepta que las operaciones que Monex celebre a su amparo las
llevará a cabo con apego a la Ley del Mercado de Valores y a las
Disposiciones de Carácter General expedidas por las autoridades
competentes, al Reglamento Interior de la Bolsa Mexicana de Valores,
S.A.B. de C.V., al Reglamento de la S.D. Indeval, S.A. de C.V.,
Institución para el Depósito de Valores, a las normas de
autorregulación expedidas por el organismo autorregulatorio al que
pertenece y, en su caso, a las normas de operación a las que Monex
deba sujetarse cuando se trate de valores negociados en el extranjero.
c) Que reconoce expresamente que por la naturaleza de las inversiones
en el mercado de valores que son materia de este Contrato, incluso
aquellas realizadas en el MexDer, Mercado Mexicano de Derivados,
S.A. de C.V. y en acciones representativas del capital social de
sociedades de inversión, no es posible asegurar rendimiento alguno ni
garantizar tasas distintas a las que se obligan a cubrir los emisores,
estando sus inversiones sujetas, por tanto, a pérdidas o ganancias,
debidas en lo general a las fluctuaciones del mercado. Cualquier
rendimiento que se garantice, no importando el medio, se tendrá por
inexistente.
d) Que la información proporcionada por él, contenida en el Proemio,
es verdadera y que los documentos con los que acreditó su
identidad son genuinos y legítimos, los cuales se adjuntan en copia
al presente Contrato.
e) Que los recursos con los que celebre las operaciones objeto del
presente Contrato provendrán en todos los casos de fuentes lícitas,
reconociendo en este acto que conoce las normas relativas al
reporte de operaciones relevantes e inusuales establecidas en la
“Resolución por la que se expiden las Disposiciones de carácter
general a que se refiere el artículo 212 de la Ley del Mercado de
Valores”, no siendo Monex responsable de movimientos que ordene
realizar el Cliente en contravención a las disposiciones antes
señaladas.
f) Que en términos de lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores,
otorga su consentimiento para que la Comisión Nacional Bancaria y
de Valores investigue actos o hechos que contravengan lo previsto
en el citado ordenamiento legal, para lo cual la citada Autoridad le
podrá practicar visitas de inspección que versen sobre tales actos o
hechos, así como emplazarlo, requerirle información que pueda
contribuir al adecuado desarrollo de la investigación y tomar su
declaración en relación con dichos actos.
III. Declaran ambas partes:
Que en el presente Contrato de Intermediación Bursátil se estipulan
los derechos y las obligaciones de las partes, derivados del mandato
general que otorga el Cliente a Monex; de los servicios de guarda y
administración de valores que se obliga a prestar Monex y de las
operaciones que celebren ambas partes entre sí, rigiéndose la relación
contractual por todo el clausulado del presente instrumento, con
independencia de su división en capítulos.
Con base en lo anterior, las partes convienen las siguientes:
C L Á U S U L A S
CAPÍTULO I
DEFINICIONES
PRIMERA.- Para efectos del presente Contrato, los siguientes
términos escritos con mayúscula inicial tendrán los significados que se
expresan a continuación, igualmente aplicables en singular o plural:
“Apoderado Autorizado”: A la persona física autorizada por la
Comisión, para celebrar operaciones con el público, de asesoría,
promoción, compra y venta de Valores y/o acciones representativas
del capital social de sociedades de inversión y que cuente con un
poder especial conferido a su favor por Monex.
“Bolsa”: A la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V.
“CCV”: A la Contraparte Central de Valores de México, S.A. de C.V.
“Comisión”: A la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
“CONDUSEF”: A la Comisión Nacional para la Protección y Defensa
de los Usuarios de Servicios Financieros.
“Contrato”: Al presente Contrato de Intermediación Bursátil.
“Divisas”: A los Dólares, así como a cualquier otra moneda extranjera
libremente transferible y convertible de inmediato a Dólares.
“Dólares”: A la moneda de curso legal en los Estados Unidos de
América.
“Indeval”: A la S.D. Indeval, S.A. de C.V., Institución para el Depósito
de Valores.
CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL
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“Ley”: A la Ley del Mercado de Valores.
“México”: A los Estados Unidos Mexicanos.
“Pesos”: Significa la moneda de curso legal en México.
“Proemio”: Significa la página o documento adjunto al Contrato, que
forma parte del mismo y que contiene los datos generales del Contrato
en la cual se hace constar, entre otros, la información general del Cliente.
“Registro”: Significa el Registro Nacional de Valores.
“UDIS”: A las unidades de inversión a que se refiere el Decreto por el que
se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de
Inversión y Reforma y Adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal
de la Federación y de la Ley del Impuesto sobre la Renta publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 1º de abril de 1995.
“Unidad Especializada”: Significa la unidad especializada de
atención a usuarios de Monex cuyo objeto es atender cualquier
queja o reclamación del Cliente, la cual cuenta con los siguientes
teléfonos en la Ciudad de México: 5230-0200 Ext. 0446 y 5231-0446 y
su correo electrónico es: gmascorro@monex.com.mx.
Dicha Unidad Especializada cuenta con personal en cada Estado de la
República Mexicana, cuyos datos podrán ser obtenidos por el Cliente en
cualquier sucursal de Monex.
“Valores”: significan aquéllos referidos como tales en la Ley y en las
disposiciones de carácter general
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