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CONTRATOS


Enviado por   •  9 de Marzo de 2012  •  438 Palabras (2 Páginas)  •  409 Visitas

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CONTRATO DE COMPRAVENTA MERCANTIL

será mercantil la compraventa de cosas muebles para revenderlas, bien en la misma forma que se compraron, o bien en otra diferente, con ánimo de lucrarse en la reventa. Si la venta se hiciere sobre muestras o determinando calidad conocida en el comercio, el comprador no podrá rehusar el recibo de los géneros contratados, si fueren conformes a las muestras o a la calidad prefijada en el contrato. En el caso de que el comprador se negare a recibirlos, se nombrarán peritos por ambas partes, que decidirán si los géneros son o no de recibo. En las comprar de género que no se tengan a la vista ni puedan clasificarse por una calidad determinada y conocida en el comercio, se entenderá que el comprador se reserva la facultad de examinarlos y de rescindir libremente el contrato si los géneros no le convinieren. También tendrá el comprador el derecho de rescisión si por pacto expreso se hubiere reservado ensayar el género contratado.

Según el Código Mercantil no son mercantiles las siguientes ventas:

• Las de productos para el consumo del comprador.

• La reventa que realice cualquier persona no comerciante, del resto de acopios que hiciera para el consumo.

• Las que realicen los artesanos en sus talleres de objetos construidos o fabricados por ellos.

• Las que realicen los agricultores y ganaderos de sus cosechas o de su ganado.

CONTRATO DE MEDIACION O MANDATO

el comerciante podrá constituir apoderados o mandatarios generales o singulares para que hagan el tráfico en su nombre y por su cuenta en todo o en parte, o para que le auxilien en él. Los comerciantes podrán encomendar a otras personas, el desempeño constante en su nombre y por su cuenta, de alguna o algunas gestiones propias del tráfico a que se dediquen, en virtud de pacto escrito o verbal; consignándolo en sus reglamentos y comunicándolo a los particulares.

CONTRATO DE TRANSPORTE TERRESTRE

CONTRATO DE TRANSPORTE DE COSAS: La carta de porte es el documento que describe los elementos esenciales del contrato y constituye medio de prueba privilegiado respecto al transporte. El cargador se obliga a la entrega en lugar y tiempo determinado y tiene dos derechos fundamentales: exigir que el transporte se realiza en la forma pactada y disponer de los bienes hasta su entrega en destino.

CONTRATO DE TRANSPORTE DE PERSONAS: La carta de porte se ve sustituida por el billete. De él se prueba el contrato y surgen las obligaciones del porteador ( itinerario, puesta a disposición del viajero de plaza de la clase pactada, transporte del equipaje, etc.). Por su parte el viajero debe pagar el precio y tiene deber de

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