Caso Práctico De Legislación Internacional
milaastar15 de Junio de 2014
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CASO PRÁCTICO DE LEGISLACIÓN INTERNACIONAL
“Forestal Cochamó S.A.” es una importante empresa que se dedica a
exportar madera a América Latina. Durante 2012, “Inversiones Trapa Trapa
Limitada”, decide ingresar al mercado forestal, para lo cual negocia con los
dueños de “Forestal Cochamó S.A.” la venta del 40% de su participación
accionaria en esta empresa, lo cual permite tener el control de la misma.
“Inversiones Trapa Trapa Limitada” es una empresa brasileña. Además decide
pactar un contrato internacional con la misma “Forestal Cochamó S.A.”, por
medio del cual se suministrará madera a ésta última, la cual a su vez la distribuirá a
distintos proveedores brasileños y paraguayos.
Luego de un intenso período de negociaciones, la venta concluye en
septiembre de 2012 e “Inversiones Trapa Trapa Limitada”, logra obtener el
control de “Forestal Cochamó S.A.”.
En diciembre de 2012, los compradores toman conocimiento de la reciente
declaración de quiebra de la empresa argentina “Maderas Don César S.A.”,
principal cliente de “Forestal Cochamó S.A.”. En razón de ello, las ventas de esta
empresa disminuyen a menos de la mitad y el precio pagado por “Inversiones
Trapa Trapa Limitada”, pasa a ser muy superior al valor real de “Forestal
Cochamó S.A.”.
La situación financiera de “Maderas don César S.A.” era relativamente
conocida en el mercado argentino y los dueños de “Forestal Cochamó S.A.”
tenían conocimiento de ella durante el período de negociaciones con “Inversiones
Trapa Trapa Limitada”, pero no le informaron acerca de la misma.
Preguntas:
1-. Qué principios contractuales internaciones fueron vulnerados en este caso.
Fundamente su respuesta.
2-. ¿Puede la parte afectada poner término al contrato internacional por vía de
resciliación o puede invocar una causa legal para exigir su término? Fundamente
su respuesta en función de la fuerza obligatoria de los contratos.
3-. ¿Se puede aplicar a “Inversiones Trapa Trapa Limitada” el principio pacta
sunt servanda (es decir, lo pactado obliga). Fundamente su respuesta.
4-. A su juicio, ante qué órgano internacional puede reclamar “Inversiones Trapa
Trapa Limitada” el presunto incumplimiento de contrato. Para responder, debe
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remitirse a la materia referida a los órganos internacionales de integración y ver a
cuál de estos les correspondería resolver el conflicto.
5-. ¿Qué pasa cuando las negociaciones no están establecidas o reguladas
mediante un contrato? ¿Qué deberes son exigibles a las “partes” que están
negociando?
Supongamos que la empresa “Inversiones Trapa Trapa Limitada”, lo contacta a
usted para que le preste asesoría ya que quiere invertir en Chile en otros negocios,
como por ejemplo el rubro ganadero.
6-. ¿Qué recomienda usted: la utilización del capítulo XIV del Banco Central o el DL
600. Fundadamente su respuesta tomando en consideración el rubro dentro del
cual invertir?
7-. ¿En qué plazo debe materializar la inversión la empresa “Inversiones Trapa
Trapa Limitada”? Señale las opciones en cuanto a plazo.
8-. ¿Cuál es el monto mínimo para invertir en el país?
9-. Si esta empresa celebra un contrato de Inversión Extranjera, ¿qué beneficios
supondrá este pacto? Fundamente su respuesta.
10-. ¿Qué derechos tiene la empresa “Inversiones Trapa Trapa Limitada” como
inversionista en Chile?
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