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Caso Práctico De Legislación Internacional

milaastar15 de Junio de 2014

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CASO PRÁCTICO DE LEGISLACIÓN INTERNACIONAL

“Forestal Cochamó S.A.” es una importante empresa que se dedica a

exportar madera a América Latina. Durante 2012, “Inversiones Trapa Trapa

Limitada”, decide ingresar al mercado forestal, para lo cual negocia con los

dueños de “Forestal Cochamó S.A.” la venta del 40% de su participación

accionaria en esta empresa, lo cual permite tener el control de la misma.

“Inversiones Trapa Trapa Limitada” es una empresa brasileña. Además decide

pactar un contrato internacional con la misma “Forestal Cochamó S.A.”, por

medio del cual se suministrará madera a ésta última, la cual a su vez la distribuirá a

distintos proveedores brasileños y paraguayos.

Luego de un intenso período de negociaciones, la venta concluye en

septiembre de 2012 e “Inversiones Trapa Trapa Limitada”, logra obtener el

control de “Forestal Cochamó S.A.”.

En diciembre de 2012, los compradores toman conocimiento de la reciente

declaración de quiebra de la empresa argentina “Maderas Don César S.A.”,

principal cliente de “Forestal Cochamó S.A.”. En razón de ello, las ventas de esta

empresa disminuyen a menos de la mitad y el precio pagado por “Inversiones

Trapa Trapa Limitada”, pasa a ser muy superior al valor real de “Forestal

Cochamó S.A.”.

La situación financiera de “Maderas don César S.A.” era relativamente

conocida en el mercado argentino y los dueños de “Forestal Cochamó S.A.”

tenían conocimiento de ella durante el período de negociaciones con “Inversiones

Trapa Trapa Limitada”, pero no le informaron acerca de la misma.

Preguntas:

1-. Qué principios contractuales internaciones fueron vulnerados en este caso.

Fundamente su respuesta.

2-. ¿Puede la parte afectada poner término al contrato internacional por vía de

resciliación o puede invocar una causa legal para exigir su término? Fundamente

su respuesta en función de la fuerza obligatoria de los contratos.

3-. ¿Se puede aplicar a “Inversiones Trapa Trapa Limitada” el principio pacta

sunt servanda (es decir, lo pactado obliga). Fundamente su respuesta.

4-. A su juicio, ante qué órgano internacional puede reclamar “Inversiones Trapa

Trapa Limitada” el presunto incumplimiento de contrato. Para responder, debe

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remitirse a la materia referida a los órganos internacionales de integración y ver a

cuál de estos les correspondería resolver el conflicto.

5-. ¿Qué pasa cuando las negociaciones no están establecidas o reguladas

mediante un contrato? ¿Qué deberes son exigibles a las “partes” que están

negociando?

Supongamos que la empresa “Inversiones Trapa Trapa Limitada”, lo contacta a

usted para que le preste asesoría ya que quiere invertir en Chile en otros negocios,

como por ejemplo el rubro ganadero.

6-. ¿Qué recomienda usted: la utilización del capítulo XIV del Banco Central o el DL

600. Fundadamente su respuesta tomando en consideración el rubro dentro del

cual invertir?

7-. ¿En qué plazo debe materializar la inversión la empresa “Inversiones Trapa

Trapa Limitada”? Señale las opciones en cuanto a plazo.

8-. ¿Cuál es el monto mínimo para invertir en el país?

9-. Si esta empresa celebra un contrato de Inversión Extranjera, ¿qué beneficios

supondrá este pacto? Fundamente su respuesta.

10-. ¿Qué derechos tiene la empresa “Inversiones Trapa Trapa Limitada” como

inversionista en Chile?

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