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Cheques de caja


Enviado por   •  18 de Marzo de 2013  •  Trabajos  •  2.333 Palabras (10 Páginas)  •  383 Visitas

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DE CAJA

Instrumento de pago de mayor para beneficiario respecto a la existencia de fondos

.-solo la puede expedir una institución de crédito a su propio cargo

-Nominativo y no negociable

CHEQUES DE CAJA

Es aquel expedido por una institución de crédito para que sea pagado en sus propias sucursales o filiales. El cliente entrega al banco la cantidad de dinero por la que expedirá el cheque y éste será pagado en esa misma institución o en su caso podrá depositarse en una cuenta del beneficiario. Deben ser expedidos a nombre de una persona determinada, no al portador y no son negociables (no pueden cederse sus derechos mediante un endoso).

Características particulares:

Deben ser nominativos, es decir, forzosamente deben estar emitidos a favor de una determinada persona física o moral.

Es posible acudir a cualquier banco para su adquisición, sin importar que el cliente tenga o no una cuenta bancaria con esa institución.

Estos cheques no se encuentran en una chequera común y corriente, son expedidos por el banco a petición del cliente.

Únicamente el beneficiario señalado en el cheque podrá cobrarlo o depositarlo en una cuenta bancaria a su nombre.

No es endosable por lo que no puede transmitirse su propiedad y derechos a otra persona.

En caso de robo o extravío, no puede ser cobrado por otra persona, por lo que se puede cancelar.

Es una forma de pago muy segura ya que este tipo de cheque se expide una vez que el banco se ha cerciorado de que existen fondos suficientes para el pago del mismo, asegurando así que el beneficiario pueda cobrar estas cantidades.

El banco cobra comisión por la expedición de estos cheques y esta cantidad no le será devuelta en caso de cancelación.

Recomendaciones:

Este tipo de cheque le puede ser útil cuando se desea garantizar los fondos que un tercero va a recibir por medio de este documento, además de tener la ventaja de que para obtenerlo Usted no necesita tener una cuenta con la institución bancaria que lo emite.

Antes de solicitar un cheque de caja pregunte sobre la comisión que el banco le cobrará por la expedición del documento.

Para el caso de cancelación Usted deberá presentar el documento en el banco.

Si la cancelación se debe a robo o extravío del documento, Usted deberá levantar el acta ante el ministerio público y presentarse con una copia de la misma ante el banco para que éste lleve a cabo el procedimiento de cancelación.

CHEQUE CERTIFICADO

En algunas ocasiones el beneficiario de un cheque necesita estar totalmente seguro de que este documento cuenta con los fondos suficientes para ser pagado por el banco, por lo cual solicita al banco certifique la existencia de estos fondos. Esto significa que el banco retira el importe señalado en el cheque de la cuenta de la persona que lo expide, sellándolo y firmándolo como prueba de garantía de que el documento contará con los fondos suficientes cuando el beneficiario lo presente para su cobro en el plazo establecido. Con este tipo de cheques se asegura la existencia de recursos para el pago del documento aún cuando posteriormente la cuenta pudiera quedarse sin fondos, ya que el titular de la misma no podrá disponer de ese dinero.

Características particulares:

El cuenta habiente es el único que puede solicitar la certificación.

Debe ser nominativo, es decir estar a nombre de una persona o una empresa determinada.

No es negociable por lo que no pueden cederse sus derechos mediante endosos y sólo puede canjearse por el beneficiario, quien deberá cobrarlo o depositarlo en su cuenta.

Junto con la leyenda en que se indique que el cheque está certificado, debe contener dos firmas de funcionarios facultados por el banco.

Se cobra comisión por su certificación.

Este cheque podrá ser cancelado por el cuenta habiente que solicitó su certificación siempre y cuando no haya sido cobrado y se devuelva el documento al banco para realizar la cancelación.

A diferencia del cheque de caja, para éste tipo de cheques es necesario que quien lo emite tenga una cuenta en el banco que lo va a certificar, por lo que puede decirse que únicamente es para clientes de ese banco.

Este tipo de documento puede serle muy útil cuando usted quiere asegurarse de que el cheque que le van a entregar como pago tendrá fondos cuando lo presente para su cobro al banco.

Recomendaciones:

Pregunte en su banco sobre las comisiones que cobra por la certificación de cheques y si en caso de cancelación le harán algún cargo.

Si la cancelación se debe a robo o extravío del documento, usted deberá levantar un acta ante el ministerio público y presentarse con una copia de la misma ante el banco para que procedan a realizar los trámites de cancelación.

CHEQUE CRUZADO

Es un cheque nominativo pero tiene la característica de que la persona que lo expide o quien lo posee, le traza dos rectas paralelas en dirección diagonal. La finalidad de este cruce es que el cheque no pueda ser cobrado en efectivo, sino que sólo se pueda abonar su importe en una cuenta de banco mediante depósito.

Estos cheques pueden cruzarse de dos formas:

a)General: se trazan las líneas paralelas sin determinar el banco donde se hará el cobro del cheque.

b) Especial:Cuando dentro de las líneas se anota el nombre del banco elegido para depositar el cheque.

NOTA: El general puede transformarse en especial; pero éste no puede transformarse en general.

Características particulares:

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