Como son los Derechos y obligaciones de los contribuyentes
Eduardo CabreraEnsayo25 de Octubre de 2015
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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CAMPECHE.
FACULTAD DE CONTADURIA Y ADMINISTRACION
LICENCIADO EN CONTADURIA.[pic 1][pic 2]
INTEGRANTES:
Baeza Pali Fernando
Chan Pérez Martha Laura
Jesús Ortega Ruth Alejandra
Novelo de la Cruz Marielisa
Rivera Hernández Tania Esmeralda
Rosado Ortiz Karen
Vargas Rodriguez Vanessa Suleymi
GRADO Y GRUPO:
5°A
MATERIA:
DERECHO Y CODIGO FISCAL
MAESTRO:
M, C.P. CORAZON ANTONIA DE JESUS RAMIREZ FLORES
TEMA:
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES
PERIODO:
AGOSTO – DICIEMBRE 2015
INTRODUCCION
En la actualidad se sabe que para el desarrollo del país, su gobierno debe contar con recursos financieros, por lo cual su población debe cumplir con las disposiciones fiscales y contribuir para solventar los gastos públicos en beneficio común. Así como los ciudadanos tenemos derechos también estamos sujetos a obligaciones de acuerdo con los distintos ordenamientos en materia Fiscal. De esta manera cuando una ley cumple con su propósito, de regular los derechos y obligaciones tanto para el contribuyente como para la autoridad y estos acatan todas las disposiciones de dicha ley, se crea un ambiente de tranquilidad fiscal.
En el presente trabajo analizaremos cuales son los derechos y obligaciones de los contribuyentes según el Código Fiscal de la Federación contenidos en su titulo 2 del artículo 18° al 32°. Esperamos que este documento sea de gran ayuda para el estudio y el entendimiento de un tema tan importante como lo es éste.
INDICE.
- PROMOCIONES
1.1 Presentación de las promociones
1.2 Requisitos para la presentación de promociones
1.3 Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
- REPRESENTACIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES
2.1 Solicitud de inscripción de representación
2.2 Documentos digitales de las personas morales
- PAGO DE LAS CONTRIBUCIONES
3.1 Medios de Pago y su orden de aplicación
3.2 Calculo del INPC - INCUMPLIMIENTO DE PAGO DE CONTRIBUCIONES
O APROVECHAMIENTOS
4.1 Monto máximo de los recargos.
4.2 Recargos a terceros.
4.3 Recargo sobre diferencias de contribuciones
4.4 Periodo de causación de recargos
y remanente.
4.5 Indemnización sobre cheques devueltos.
4.6 Pago a plazos.
4.7 Facultad de condonar total o parcialmente recargos.
5. DEVOLUCIÓN DE PAGO INDEBIDO
5.1 Articulo 22° Fracción A.
5.2 Articulo 22° Fracción B.
5.3 Articulo 22° Fracción C
6. COMPENSACION
7. COMPENSACION ENTRE ENTIDADES GUBERNAMENTALES
8. ACREDITAMIENTO DE ESTIMULOS FISCALES
8.1 Articulo 25° Fracción A
9. CONTABILIDAD Y DOCUMENTACION
10. EXPEDICION DE COMPROBANTES FISCALES
10.1 Articulo 29° Fracción A. DATOS QUE DEBEN
CONTENER LOS COMPROBANTES
11. CONSERVACION DE LA CONTABILIDAD Y OTRAS OBLIGACIONES
11.1.1 La conservación de documentación con firma electrónica
11.1.2 Documentación referente a perdidas fiscales o préstamos
11.1.3 Omisión de asentar registros en la contabilidad
11.1.4 Establecimientos, sucursales, locales puestos fijo o semifijos
11.2 Artículo 30° Fracción A: obligación de proporcionar
información a las autoridades
12. PRESTACION DE SOLICITUDES DECLARACIONES, AVISOS O INFORMES A TRAVES DE MEDIOS ELECTRONICOS
13. OBLIGACIÓN DE LLEVAR CONTABILIDAD
14. COMPROBANTES FISCALES DIGITALES
15. DOCUMENTACIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES
16. DECLARACIONES
16.1 Articulo 32° Fracción A
16.2 Articulo 32° Fracción B
CONCLUSIÓN
ANEXO 1
ANEXO 1.1
ANEXO 2
ANEXO 3
INTRODUCCION.
1. PROMOCIONES
Mecanismo empleado para estimular el desarrollo de determinadas actividades, sectores, regiones y factores productivos, que representa un sacrificio fiscal para el Gobierno que los concede y aplica.
1.1 PRESENTACIÓN DE LAS PROMOCIONES
Las promociones que se presenten ante las autoridades fiscales en las que se formulen consultas o solicitudes de autorización o régimen en los términos de los artículos 34, 34-A y 36Bis de este Código, para las que no haya forma oficial, deberán cumplir, en adición a los requisitos establecidos en el artículo 18 de este Código
1.2 Requisitos para la presentación de promociones
I.- Señalar los números telefónicos, en su caso, del contribuyente y el de los autorizados en los términos del artículo 19 de este Código.
II.- Señalar los nombres, direcciones y el registro federal de contribuyentes o número de identificación fiscal tratándose de residentes en el extranjero, de todas las personas involucradas en la solicitud o consulta planteada.
III.- Describir las actividades a las que se dedica el interesado.
IV.- Indicar el monto de la operación u operaciones objeto de la promoción.
V.- Señalar todos los hechos y circunstancias relacionados con la promoción, así como acompañar los documentos e información que soporten tales hechos o circunstancias.
VI.- Describir las razones de negocio que motivan la operación planteada.
VII. Indicar si los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción han sido previamente planteados ante la misma autoridad u otra distinta, o han sido materia de medios de defensa ante autoridades administrativas o jurisdiccionales y, en su caso, el sentido de la resolución.
VIII. Indicar si el contribuyente se encuentra sujeto al ejercicio de las facultades de comprobación por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o por las Entidades Federativas coordinadas en ingresos federales, señalando los periodos y las contribuciones, objeto de la revisión. Asimismo, deberá mencionar si se encuentra dentro del plazo para que las autoridades fiscales emitan la resolución a que se refiere el artículo 50 de este Código.
Si el promovente no se encuentra en los supuestos a que se refieren las fracciones II, VII y VIII de este artículo, deberá manifestarlo así expresamente. Cuando no se cumplan los requisitos a que se refiere este artículo, se estará a lo dispuesto en el artículo 18 del CFF
1.3 Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
La protección y defensa de los derechos e intereses de los contribuyentes en materia fiscal y administrativa, estará a cargo de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, correspondiéndole la asesoría, representación y defensa de los contribuyentes que soliciten su intervención, en todo tipo de asuntos emitidos por autoridades administrativas y organismos federales descentralizados, así como, determinaciones de autoridades fiscales y de organismos fiscales autónomos de orden federal.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente se establece como organismo autónomo, con independencia técnica y operativa. La prestación de sus servicios será gratuita y sus funciones, alcance y organización se contienen en la Ley Orgánica respectiva.
2. REPRESENTACIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS O MORALES
En ningún trámite administrativo se admitirá la gestión de negocios. La representación de las personas físicas o morales ante las autoridades fiscales se hará mediante escritura pública o mediante carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas del otorgante y testigos ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público, acompañando copia de la identificación del contribuyente o representante legal, previo cotejo con su original.
El otorgante de la representación podrá solicitar a las autoridades fiscales la inscripción de dicha representación en el registro de representantes legales de las autoridades fiscales y éstas expedirán la constancia de inscripción correspondiente. Con dicha constancia, se podrá acreditar la representación en los trámites que se realicen ante dichas autoridades. Para estos efectos, el Servicio de Administración Tributaría podrá simplificar los requisitos para acreditar la representación de las personas físicas o morales en el registro de representantes legales, mediante reglas de carácter general.
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