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Conceptos De Legislacion


Enviado por   •  5 de Junio de 2014  •  722 Palabras (3 Páginas)  •  308 Visitas

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Laudo

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Laudo es la denominación de la resolución que dicta un árbitro y que sirve para dirimir (resolver) un conflicto entre dos o más partes.

El equivalente al laudo en el orden jurisdiccional es la sentencia, que es la que dicta un juez. La diferencia estriba en que, mientras que la jurisdicción del juez viene marcada por la ley, la jurisdicción del árbitro viene dictada por la autonomía de la voluntad. Por lo tanto, el arbitraje debe ser aceptado por ambas partes (ya sea de forma previa, a través de un contrato, o de posteriormente, cuando ya ha surgido el conflicto) como forma de resolver el litigio

En qué consiste el laudo arbitral?

Es el documento contentivo de la decisión de él o los árbitros acerca de la discrepancia que las partes han sometido a su consideración. Los laudos internacionales son ejecutados por los tribunales nacionales en virtud de la Convención Nueva York.

¿Qué es y para qué sirve un laudo arbitral? De forma resumida, se trata de una resolución que fina un árbitro para resolver un conflicto entre dos partes. Se trata, eso sí, de una solución ajena a poder judicial y que puede ser de gran utilidad para ahorrar costes en disputas con proveedores y clientes.

Existen diferentes formas de dirimir un conflicto entre dos partes, pero cuando ninguna de ellas se pone de acuerdo es cuando deben entra a mediar terceras partes.

Se puede llegar a esta situación por la vía legal o recurrir a fórmulas alternativas sin tener, necesariamente, que pisar los tribunales. Una de ellas es mediante el arbitraje, que puede dar lugar a lo que se conoce como un laudo arbitral. Este no es más que la resolución que un árbitro fija cuando existe un conflicto entre dos partes y que tiene carácter vinculante.

 

La Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, es la que rige el funcionamiento del arbitraje en España y también los laudos arbitrales. En ella se establece el carácter extrajudicial del arbitraje como procedimiento para resolver conflictos que tengan que ver con empresarios, procesionales, comerciantes e incluso las administraciones públicas. Es decir, que el procedimiento de arbitraje no se puede usar entre particulares.

La mayoría de conflictos pueden someterse a arbitraje, aunque la ley contempla algunas excepciones que deberán resolverse obligatoriamente por la vía judicial y que son en los que se hayan producido lesiones personales, intoxicaciones o el fallecimiento de alguna persona, cuando exista indicio de delito o alguna resolución judicial sobre el hecho que se va a arbitrar, cuando la discusión afecte a materias sobre las que las partes no tengan poder de disposición y cuando la parte reclamante

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