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Contabilidad


Enviado por   •  12 de Junio de 2013  •  3.968 Palabras (16 Páginas)  •  231 Visitas

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1.11 Formas de organización.

Diferentes Formas de Organización de una Empresa

Para la constitución o formación de una empresa primero concebimos y analizamos la idea individual o colectivamente, hasta que se convierte en la decisión.

Posterior a este buscamos una referencia sobre la forma en que se va a constituir, si como persona natural o como persona jurídica y la tercera consistirá en seleccionar el tipo de persona jurídica en que se constituirá la misma.

En cualquier empresa se da dos tipos de propietarios:

a. La Persona natural

Que de acuerdo al Código Civil, Arto. 3, persona natural: “Son todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, estirpe y condición.” O sea, es toda persona que ejerce derechos, contrae y cumple obligaciones, sin que medie una escritura o acto legal.

Cuando una micro o pequeña empresa se constituye, no es necesario la constitución legal de la misma, sino que basta con haber tomado la decisión y esta formada sin que medie la ley.

b. La Persona jurídica

El Código Civil establece en su Arto. 3 la definición de persona jurídica que son: “Las asociaciones o corporaciones temporales o perpetuas, fundadas con algún fin o motivo de utilidad pública y particular conjuntamente, que en sus relaciones civiles representan una individualidad jurídica.”

Cuando una empresa se va a formar como una persona jurídica se debe tomar la decisión sobre constituirla haciendo uso de cualquiera de las diferentes formas de las preestablecidas por nuestra legislación y estas son:

1. Sociedad cooperativa

2. Sociedad en nombre colectivo

3. Sociedad en comandita simple

4. Sociedad en comandita por acciones

5. Sociedad anónima

En todos esos casos es necesario constituirla mediante escritura pública (excepto la cooperativa) efectuada por un Notario el cual elaborará dos tipos de documentos:

 La escritura pública de constitución,

 Y los estatutos. En la mayoría de los casos, existen trámites diferentes cuando se trata de sociedad cooperativa y el resto de sociedades.

El empresario otorga una Escritura Pública de constitución y ¿Qué es una Escritura Pública?

Es el instrumento legal que contiene los nombres de las personas que conforman la organización, el nombre de la organización o razón social (cuando se trate de la conformación de una sociedad), explicando el tipo de ésta, el capital con que inician sus operaciones, la duración de la organización, la naturaleza de ésta y su objeto.

¿Y Que son los estatutos? Otro documento legal que explican las responsabilidades de cada persona asociada, por lo tanto especifica los objetivos, cómo se ha de administrar el patrimonio, quiénes son los miembros de la Junta Directiva y cuáles son las funciones que deberán desempeñar todos y cada uno de sus miembros.

Actualmente la escritura pública de constitución puede llevar insertados los estatutos de la sociedad, de hecho se practica así para ahorrar tiempo en la inscripción. Una vez efectuada la constitución de la empresa con los servicios del Notario, es necesario efectuar la legalización e inscripción ante las diferentes instituciones estatales que corresponden.

También las empresas constituidas como persona natural deben proceder a legalizarse e inscribirse en las mismas instituciones, la diferencia en este proceso está referida a ciertos requisitos y trámites.

Los costos mínimo aproximado en que incurrirá el empresario al contratar los servicios de un Abogado y Notario Público, para elaborar la escritura de constitución y sus los estatutos es de trescientos a mil córdobas que varía el costo de acuerdo al tipo de sociedad que se quiera constituir, y en cuanto al tiempo es de cinco días laborables como promedio.

Hasta aquí se ha constituido la empresa, pero no se ha legalizado ante las leyes de Nicaragua, por lo tanto es necesario inscribir estos documentos en las instituciones del Estado correspondientes.

En este caso Personas jurídicas en sociedad cooperativa: Las cooperativas son empresas colectivas que tienen diferentes procedimientos en su constitución, en principio la institución del gobierno que las atiende es el Ministerio del Trabajo por medio de la Dirección General de Cooperativas quienes no sólo les orienta para la formación de la cooperativa sino que también debe de capacitar sobre el cooperativismo y gestión empresarial, sin embargo en la práctica no se realiza.

¿Cómo se constituye una cooperativa?

Efectuamos una asamblea general de todos los futuros miembros, cuyo número al tratarse del sector industrial no debe ser menor de diez para aprobar los estatutos, suscribir el capital inicial y elegir provisionalmente a los miembros que integrarán los órganos administrativos y vigilante. El acta de esta elección será el documento constitutivo y las firmas de los asociados será autenticada por Notario Público, el cual es gestionado y pagado por los cooperados.

Para solicitar a la Dirección de Registro Nacional de Cooperativas del Ministerio del Trabajo, la personería jurídica, es necesario entregar en original y copia los siguientes documentos:

1. Solicitud por escrito de la personalidad jurídica a la Dirección de Registro Nacional del Ministerio de Trabajo

2. Acta Constitutiva, la cual deberá contener:

 Descripción breve del lugar donde se constituye, hora, fecha, nombre y tipo de cooperativa

 Lista de los integrantes de la cooperativa con sus generales de ley, capital suscrito y pagado por cada uno

 El estatuto deberá comenzar al final del acta constitutiva, de manera que el articulado establezca la continuidad entre un documento y otro, que no exista separación

 Que haya claridad y coherencia en el articulado del estatuto donde se establece el pago de suscripciones de capital

 Elección

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