ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Contrato Compra Venta.


Enviado por   •  1 de Marzo de 2016  •  Prácticas o problemas  •  1.128 Palabras (5 Páginas)  •  271 Visitas

Página 1 de 5

CONTRATO DE COMPRAVENTA MERCANTIL

Contrato de compraventa, que celebran por una parte, la empresa El Bajío SA, representada legalmente por el señor Manuel Lopéz, a quien en lo sucesivo se le dominará "El Vendedor", y por la otra la empresa Gama SA, representada legalmente por  el señor Jorge Marquéz, a quien en lo sucesivo se le denominará "El Comprador", al tenor de las declaraciones y cláusulas siguientes:

D E C L A R A C I O N E S

I.- "El Vendedor" declara:

  1. Estar constituido conforme a las leyes del país mediante escritura pública número 278, de fecha 12 de febrero de 2016, inscrita en el Registro Público del Comercio en el folio mercantil número 156568, otorgada ante la fe del Licenciado José Treviño, titular de la Notaría Pública número 896
  2. Su representante legal, señor Carlos de la Torre, acredita su personalidad mediante testimonio notarial número 76534, otorgado ante la fe del Licenciado José Treviño, titular de la notaria pública número 896  misma que no le ha sido modificada, revocada ni limitada en forma alguna.
  3. Que cuenta con la clave del registro federal de contribuyentes 961002.
  4. Tener su domicilio en Rinconada del Refugio 961, el Refugio, Ags, Ags.
  5. Que es legítimo propietario de los diversos bienes que se describen en el Anexo marcado con la letra “A” tal y como lo acredita con la factura Noº 872 expedida por El Bajío SA. de fecha 12 de febrero de 2016 y con el equipo y accesorios que se indican en la propia factura.
  6. Que es su voluntad celebrar el presente contrato y obligarse en los términos del mismo.

II.- "El Comprador" declara:

  1. Estar constituido conforme a las leyes del país mediante escritura pública número 8793 de fecha 12 de febrero de 2016, inscrita en el Registro Público del Comercio en el folio mercantil número 156568, otorgada ante la fe del Licenciado José Treviño, titular de la Notaría Pública número896.
  2. El representante legal de “El Comprador”, el Señor Francisco Gonzalez acredita su personalidad mediante testimonio notarial número 376, ante la fe del Licenciado José Treviño, titular de la notaria pública número 896.
  3. Que dentro del objeto social, entre otros se encuentra el  siguiente:  La adquisición por cualquier título legal o el arrendamiento de los bienes muebles o inmuebles necesarios o convenientes para el desarrollo de los objetos sociales.
  4. Que cuenta con la clave del registro federal de contribuyentes 961002..
  5. Tener su domicilio en 16 de Septiembre, 896 Col Centro, Ags, Ags.
  6. Que conoce el estado que guardan los bienes objeto de este contrato descrito en la declaración 1. Inciso e) del presente contrato.
  7. Que es su voluntad celebrar el presente contrato y obligarse en los términos del mismo.

CLÁUSULAS

PRIMERA.- "El Vendedor" se obliga a transmitir la propiedad de una camioneta Audi Q5 modelo 2015 , a "El Comprador", quien a su vez se obliga a cubrir el precio de los mismos conforme a la cláusula siguiente.

SEGUNDA.- Los contratantes convienen que el precio de la compraventa será de $514 900 ( quinientos catorce mil novecientos pesos M/N), cantidad que cubrirá “El Comprador” dentro de los 360 días siguientes a la entrega de los bienes.

TERCERA.- La única forma aceptada en este contrato por la que se tendrán por entregados los bienes objeto del mismo será "real", por lo que hasta en tanto ésta no se produzca, "El Vendedor" será responsable del cuidado y manejo de los bienes que en éste se menciona.

CUARTA,.- "El Vendedor" se obliga entregar los bienes objeto de este contrato en un plazo de 10 días, contados a partir del requerimiento formulado por escrito por El Comprador, corriendo a cargo de "El Vendedor" los gastos de entrega.

 

QUINTA.- “El Comprador” queda facultado para devolver dichas mercancías y por ende rescindir el contrato, cuando las mismas se entreguen en un plazo mayor al señalado.

 

SEXTA.- “El Comprador" tendrá conforme al artículo 383 del Código de Comercio, un plazo de cinco días para reclamar las faltas de cantidad o calidad de los bienes objeto del contrato, contados a partir de su entrega "real"; transcurrido dicho término perderá el derecho a formular cualquier reclamación.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (7 Kb)   pdf (91 Kb)   docx (11.9 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com