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Contrato De Fianza


Enviado por   •  19 de Enero de 2015  •  387 Palabras (2 Páginas)  •  151 Visitas

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Contrato de Fianza

Concepto:

1. La fianza es un contrato celebrado entre el acreedor de una obligación principal y un tercero de ésta, que acepta ser posible responsable de la deuda contraída por el deudor en caso de su insolvencia o incumplimiento.

2. Hay contrato de fianza mercantil cuando una afianzadora se compromete a responder de las obligaciones de otra persona, conforme las normas y tarifas que dicta la Superintendencia de Bancos.

Art. 478 (Código de Comercio derogado): “Para que la fianza sea mercantil debe tener por objeto asegurar el cumplimiento de un acto o contrato de comercio”. Entonces, la fianza será civil o comercial según lo sea el carácter de la obligación principal. Esto según el principio que lo accesorio sigue a lo principal.

En cuanto a las diferencias, la Fianza civil puede ser simple o solidaria. En cambio la comercial siempre solidaria (art. 480), no existe los beneficios de división y excusión.

Elementos personales:

• Fiador: quien garantiza el pago dela deuda contraída por un tercero.

• Acreedor: quien acepta el ofrecimiento o el compromiso q contrae el fiador.

• Deudor: Quien resulta acreedor del fiador para el caso de incumplimiento del fiado (es ajeno al contrato de fianza?)

Caracteres:

• No formal: la fianza puede contraerse de cualquier forma, verbalmente, por escritura pública o privada. Si es negada en juicio solo puede probarse por escrito.

• Consensual: queda perfeccionado por el acuerdo entre acreedor y fiador.

• Unilateral: solo el fiador está obligado a cumplir las obligaciones.

• Nominado: está regulado por el código civil y comercial.

• Gratuito: el fiador garantiza al acreedor una ventaja, sin prestación alguna de parte de este.

• Accesorio: es un contrato accesorio a la obligación principal que garantiza el fiador.

Derechos y obligaciones

• El fiador: responderá del incumplimiento de la obligación del fiado, en los términos contratados, a cambio de su derecho a cobrar la prima q corresponda. Debe hacerlo dentro de 10 días si no hay reafianzamiento y dentro de 30 días si lo hay.

• El fiado: tiene la obligación de pagar la prima a cambio del derecho de que en determinadas circunstancias se responda por el al incumplir la obligación garantizada.

• Deudor: Tiene el derecho de cobrar la obligación accesoria, con la obligación de solicitar el pago por escrito y fundamentando la

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