Convenio.
rafalopezc01Síntesis15 de Enero de 2015
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CONVENIO-ARRENDAMIENTO NÚMERO 000/2010
CONVENIO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y FINIQUITO DE CONTRATO DE
ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL SR. MOISÉS
MONTÉS DE OCA CORTÉS, EN CALIDAD DE PROPIETARIO, A QUIEN EN LO
SUBSECUENTE SE LE DENOMINARÁ “EL ARRENDADOR” Y, POR LA OTRA,
EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO (CONAFE), A TRAVÉS
DE SU DELEGACIÓN EN EL ESTADO DE MICHOACÁN, CON EL CARÁCTER
DE ARRENDATARIO, QUE EN LO SUCESIVO SE DESIGNARÁ COMO
“CONAFE”, REPRESENTADO POR EL ING. ROBERTO AMAYA MORELOS,
QUIEN OCUPA EL CARGO DE DELEGADO EN ESTA ENTIDAD FEDERATIVA,
SUJETÁNDOSE A LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
1. El primero de agosto de mil novecientos noventa y siete, “EL ARRENDADOR” y
el “CONAFE” celebraron un Contrato de Arrendamiento respecto del bien
inmueble que se localiza en la Calle Francisco J. Mújica, Número 27, Colonia 22
de Octubre, en la Ciudad de Apatzingán, Municipio del mismo nombre, en el
Estado de Michoacán, Código Postal 60600, con vigencia del primero de agosto
de mil novecientos noventa y siete, al treinta y uno de julio de mil novecientos
noventa y ocho.
2. El “CONAFE” continuó ocupando el inmueble arrendado, para lo cual ha venido
formalizando con “EL ARRENDADOR” los correspondientes contratos de
arrendamiento, el último de ellos el primero de enero de dos mil diez, con
vigencia de doce meses: del primero de enero de dos mil diez, hasta el treinta y
uno de diciembre del mismo año.
3. En la Cláusula Cuarta se convino una renta mensual de $4,349.70 (CUATRO
MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DIEZ PESOS 70/100 M.N.) más el Impuesto
al Valor Agregado (IVA), menos el Impuesto Sobre la Renta (ISR). En esta misma
Cláusula “EL ARRENDADOR” autorizó expresamente al “CONAFE” a retener la
cantidad que correspondiera por concepto de la parte proporcional del IVA y el
ISR.
4. En la Cláusula Décima Sexta se pactó que a la terminación del Arrendamiento el
“CONAFE” le cubriría a “EL ARRENDADOR” el importe de la renta que
correspondiera hasta el día que se verificara la desocupación del bien inmueble.
5. El “CONAFE” le comunicó a “EL ARRENDADOR” su voluntad de desocupar el
bien inmueble arrendado el veintinueve de mayo de dos mil diez, y le solicitó que
se diera por terminada anticipadamente la vigencia del Contrato y de común
acuerdo se suscribiera el finiquito correspondiente para dar por terminada en
forma anticipada la relación contractual del Contrato de arrendamiento
especificado en el Antecedente 1 de este Convenio, sin responsabilidad alguna
para las partes. Convenio de Terminación Anticipada y Finiquito/Apatzingán /Página 2
6. “EL ARRENDADOR” aceptó dar por terminada anticipadamente la vigencia del
Contrato el día veintinueve de mayo de dos mil diez, fecha en la que el
“CONAFE” le devolverá el bien inmueble totalmente desocupado conforme a lo
previsto en la Cláusula Décima Sexta del Contrato de Arrendamiento y acordó
suscribir el presente instrumento para dar por terminada la relación contractual
derivada del Contrato de arrendamiento de inmueble al que se hace mención en
el Antecedente 1, y realizar su finiquito.
Expuestos los Antecedentes que han quedado consignados, las partes
manifiestan que es su voluntad celebrar el presente Convenio de Terminación
Anticipada y Finiquito de Contrato de arrendamiento de bien inmueble,
sujetándose a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- [Objeto del Convenio]: El
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