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Cuestionario De La LGCG

guscar19 de Marzo de 2014

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a. Ley General de Contabilidad Gubernamental (LGCG)

1. ¿Cuál es el objeto de la LGCG?

Establecer los criterios generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión

de información financiera de los entes públicos, con el fin de lograr su adecuada

armonización.

2. ¿Quiénes están obligados a la aplicación de LGCG?

Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, los estados y el Distrito

Federal; los ayuntamientos de los municipios; los órganos político administrativos de las

demarcaciones territoriales del Distrito Federal; las entidades de la administración pública

paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales y los órganos autónomos

federales y estatales.

En el caso de las universidades públicas los presupuestos de egresos de la federación

2011 y 2012, establecieron la obligación a estas para aplicar la ley.

3. ¿Quiénes deberán coordinar a los municipios?

Los gobiernos estatales deberán coordinarse con los municipales para que éstos

armonicen su contabilidad. El Gobierno del Distrito Federal deberá coordinarse con los

órganos político-administrativos de sus demarcaciones territoriales.

De conformidad con el artículo décimo séptimo transitorio del Presupuesto de Egresos de

la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, señala la obligación de las entidades

federativas de constituir los Consejos Estatales de Armonización Contable, el cual

textualmente señala:

“Las entidades federativas deberán establecer Consejos Estatales de Armonización

Contable, en los que se incluyan a los municipios, órganos de fiscalización estatales y

colegios de contadores, con el propósito de que coadyuven en el proceso de

implementación de los acuerdos aprobados en el Consejo Nacional de Armonización

Contable.”

4. ¿Qué es la armonización contable?

Es la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables vigentes a

nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas

que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información

que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características y

contenido de los principales informes de rendición de cuentas.

4 Secretario Técnico del CONAC

5. ¿Qué es la contabilidad gubernamental?

Es la técnica que sustenta los sistemas de contabilidad gubernamental y que se utiliza

para el registro de las transacciones que llevan a cabo los entes públicos, expresados en

términos monetarios, captando los diversos eventos económicos identificables y

cuantificables que afectan los bienes e inversiones, las obligaciones y pasivos, así como

el propio patrimonio, con el fin de generar información financiera que facilite la toma de

decisiones y un apoyo confiable en la administración de los recursos públicos.

6. ¿Qué es deuda pública

Son las obligaciones de pasivo, directas o contingentes, derivadas de financiamientos a

cargo de los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal o municipales, en términos

de las disposiciones legales aplicables, sin perjuicio de que dichas obligaciones tengan

como propósito operaciones de canje o refinanciamiento.

7. ¿Qué son los entes públicos?

Son los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación y de las entidades

federativas; los entes autónomos de la Federación y de las entidades federativas; los

ayuntamientos de los municipios; los órganos político-administrativos de las

demarcaciones territoriales del Distrito Federal; y las entidades de la administración

pública paraestatal, ya sean federales, estatales o municipales.

8. ¿Qué es la información financiera?

Es la información presupuestaria y contable expresada en unidades monetarias, sobre las

transacciones que realiza un ente público y los eventos económicos identificables y

cuantificables que lo afectan, la cual puede representarse por reportes, informes, estados

y notas que expresan su situación financiera, los resultados de su operación y los

cambios en su patrimonio.

9. ¿Qué es el Inventario?

Es la relación o lista de bienes muebles e inmuebles y mercancías comprendidas en el

activo, la cual debe mostrar la descripción de los mismos, códigos de identificación y sus

montos por grupos y clasificaciones específicas.

10. ¿Qué es la lista de cuentas?

Es la relación ordenada y detallada de las cuentas contables, mediante la cual se

clasifican el activo, pasivo y hacienda pública o patrimonio, los ingresos y gastos públicos,

y cuentas denominadas de orden o memoranda.

11. ¿Qué son las normas contables?

Son los lineamientos, metodologías y procedimientos técnicos, dirigidos a dotar a los

entes públicos de las herramientas necesarias para registrar correctamente las

5 Secretario Técnico del CONAC

operaciones que afecten su contabilidad, con el propósito de generar información veraz y

oportuna para la toma de decisiones y la formulación de estados financieros

institucionales y consolidados.

12, ¿Qué es el CONAC?

Es el órgano de coordinación para la armonización de la contabilidad gubernamental y

tiene por objeto la emisión de las normas contables y lineamientos para la generación de

información financiera que aplicarán los entes públicos.

13. ¿Cómo se integra el CONAC?

I. El Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el consejo;

II. Los subsecretarios de Egresos, Ingresos y de Hacienda y Crédito Público, de la

Secretaría de Hacienda;

III. El Tesorero de la Federación;

IV. El titular de la unidad administrativa de la Secretaría de Hacienda responsable de la

coordinación con las entidades federativas;

V. Un representante de la Secretaría de la Función Pública;

VI. Cuatro gobernadores de las entidades federativas de los grupos a que se refiere el

artículo 20, fracción III, de la Ley de Coordinación Fiscal, conforme a lo siguiente:

a) Un gobernador de alguna entidad federativa integrante de los grupos uno y tres;

b) Un gobernador de alguna entidad federativa integrante de los grupos dos y

cuatro;

c) Un gobernador de alguna entidad federativa integrante de los grupos cinco y

siete;

d) Un gobernador de alguna entidad federativa integrante de los grupos seis y ocho;

VII. Dos representantes de los ayuntamientos de los municipios o de los órganos político

administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal elegidos por

los otros miembros del consejo, quienes deberán ser servidores públicos con

atribuciones en materia de contabilidad gubernamental del ayuntamiento u órgano

político-administrativo que corresponda, y

VIII. Un secretario técnico, quien tendrá derecho a voz, pero no a voto.

14. ¿Cómo se integra el Comité Consultivo?

I. Los miembros de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales, a que se

refiere la Ley de Coordinación Fiscal, con excepción del Secretario de Hacienda y

Crédito Público;

II. Un representante de los municipios por cada grupo de las entidades federativas a

que se refiere el artículo 20, fracción III, de la Ley de Coordinación Fiscal;

III. Un representante de la Auditoría Superior de la Federación;

IV. Un representante de las entidades estatales de fiscalización;

IV. El Director General del Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas

Públicas;

V. Un representante de la Federación Nacional de la Asociación Mexicana de Colegios

de Contadores Públicos;

VI. Un representante del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, y

6 Secretario Técnico del CONAC

VIII. Los representantes de otras organizaciones de profesionales expertos en materia

contable que sean invitados por el consejo.

15. ¿Qué Bienes deberán registrar los entes públicos?

Los entes públicos deberán registrar en su contabilidad los bienes muebles e inmuebles

siguientes:

I. Los inmuebles destinados a un servicio público conforme a la normativa aplicable;

excepto los considerados como monumentos arqueológicos, artísticos o históricos

conforme a la Ley de la materia;

II. Mobiliario y equipo, incluido el de cómputo, vehículos y demás bienes muebles al

servicio de los entes públicos, y

III. Cualesquiera otros bienes muebles e inmuebles que el consejo determine que

deban registrarse.

16. ¿Cómo se registrarán los fideicomisos sin estructura y contratos análogos

sobre los que tenga derecho o de los que emane una obligación?

Se deberán de registrar en una cuenta de activo.

17. ¿Qué es la base acumulativa?

Es la contabilización de las transacciones de gasto conforme a la fecha de su realización,

independientemente de la de su pago, y la del ingreso cuando exista jurídicamente el

derecho de cobro.

18. ¿Cuáles son los momentos contables del gasto?

El aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido

...

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