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Derechos Y Obligaciones Laborales Patronales Y Del Trabajadores.

sazury9228 de Mayo de 2014

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Derechos Y Obligaciones Laborales Patronales

Y Del Trabajadores.

1. Concepto de Obligación

R: Es la imposición moral, religiosa o jurídica, que condiciona la libre voluntad humana, a la realización o abstención de un hecho.

2. Obligaciones de los patrones

R: Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a su empresa o establecimiento.

• Pagar a los trabajadores salario e indemnizaciones, de conformidad con las normas vigentes en la empresa

• Proporcionar oportunamente a los trabajadores los instrumentos de trabajo necesarios para la ejecución del trabajo.

3. Clasificación de Obligaciones del patrón y trabajador

R: Dar, Hacer, No hacer y Complejas.

Patrón:

4. Obligaciones de Dar

R: Pagar los salarios e indemnizaciones.

• Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios.

• Proporcionar un seguro dependiendo del tipo de establecimiento

5. Obligaciones de Hacer

R: Expedir cada 15 días, solicitud de los trabajadores, una constancia escrita de números de días trabajados y del salario percibido.

• Expedir al trabajador que lo solicite o se separe de la empresa dentro del término de 3 días, una constancia escrita relativa a sus servicios.

• Hacer las deducciones de las cuotas para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y cajas de ahorro.

6. Obligaciones de No Hacer

R: Maltratar a los trabajadores de palabra o de obra.

• Rechazar trabajadores por razón de su edad o de su sexo.

• Exigir que los trabajadores compren sus artículos de consumo en tienda o lugar determinado.

7. Obligaciones Complejas

R: Colaborar con las autoridades del trabajo y de educación, de conformidad con las leyes y reglamentos a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores.

• Capacitar y adiestrar a sus trabajadores.

• Observar las medidas adecuadas y las que fijan las leyes para prevenir accidentes en el uso de maquinaria, instrumentos o materiales de trabajo y disponer en todo tiempo de medicamentos y material de curación indispensable, a juicio de las autoridades que corresponda.

• Proporcionar a las mujeres embarazadas, la protección que establezcan los reglamentos.

8. Habitación Obrera

R: En caso de empresas que se establezca en un lugar retirado que su población exceda de 200 habitantes deberá reservar un espacio de terreno de 5000 metros cuadrados, para el establecimiento de un mercado público, instalación de edificios, servicios municipales centros recreativos.

9. Capacitación y Adiestramiento de los Trabajadores

R: "El patrón tiene la obligación de: Organizar permanente o periódicamente cursos o enseñanzas de capacitación profesional o de adiestramiento para sus trabajadores, de conformidad con los planes y programas que, de común acuerdo elaboren los sindicatos de trabajadores informando de ello a la Secretaria del Trabajo y Previsión Social

Trabajador

10. Obligaciones de Dar

R: La principal obligación de los trabajadores, es de hacer, esto es, realizar el trabajo contratado, las obligaciones de dar a su cargo, son mínimas.

11. Obligaciones de Hacer

R: Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiado y en la forma, tiempo y lugar convenidos.

• Dar aviso inmediato al patrón salvo caso fortuito o fuerza mayor de las causas justificadas que le impidan incurrir al trabajo.

• Comunicar al patrón las enfermedades contagiosas que padezca, tan pronto tenga conocimiento de ellas.

12. Obligaciones de No Hacer

R: Faltar al trabajo, sin causa justificada o sin permiso del patrón.

• Presentarse al trabajo en estado de embriaguez.

• Presentarse al trabajo bajo influencia de algún narcótico o droga enervante, salvo que exista prescripción médica. En todo caso deberá de poner en conocimiento al patrón.

• Portar armas en el lugar de trabajo, salvo que este lo exija.

• Suspender las labores sin autorización del patrón.

• Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo dentro del establecimiento.

13. Obligaciones de Complejas

R: Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que le sean aplicables.

• Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades competentes y las que indiquen los patrones para seguridad y protección personal de los trabajadores.

• Observar buenas costumbres durante el servicio.

• Someterse a los reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior de trabajo y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padece de alguna incapacidad o enfermedad de trabajo contagiosa o incurable.

14. El Deber de Fidelidad

R: Guardar los secretos de la empresa.

• Abstención de actos de competencia.

• Obligación de trabajar eficientemente

• Obligación humanitaria de asistencia.

• Obligación de actuar con honestidad.

15. Preferencias y Antigüedad de los trabajadores

R: Los trabajadores de planta tienen derecho a una prima de antigüedad, de conformidad con las normas.

• Cuando la relación de trabajo haya tenido una duración de mas de veinte años, el patrón solo podrá rescindirla por alguna de las causas señaladas en el articulo 47, que sea particularmente grave o que haga imposible su continuación, pero se le impondrá al trabajador la corrección disciplinaria que corresponda, respetando los derechos que deriven de su antigüedad.

• Los patrones estarán obligados a preferir en igualdad de circunstancias a los trabajadores mexicanos respecto de quienes no lo sean, a quienes les hayan servido satisfactoriamente por mayor tiempo, a quienes no teniendo ninguna otra fuente de ingreso económico tengan a su cargo una familia y a los sindicalizados respecto de quienes no lo estén.

16. Participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas

R: Los trabajadores participaran en las utilidades de las empresas, de conformidad con el porcentaje que determine la comisión nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas.

17. Los Riesgos de Trabajo

R: Riesgos de trabajos son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.

18. Los accidentes de trabajo

R: Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste.

• Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de este a aquel.

19. Las Enfermedades Profesionales

R: Enfermedad de trabajo es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.

20. Derechos De Preferencia y Sistema Escalafón

R: Los trabajadores gozaran de derechos de escalafón a fin de que los ascensos se otorguen en función de los conocimientos, aptitudes y antigüedad. En Igualdad en condiciones, tendrá prioridad quien represente la única fuente de ingreso en su familia.

21. DERECHOS DE ANTIGÜEDAD Y ASCENSO

R:

22. El Trabajo de las mujeres

R las mujeres disfrutaran de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres.

• En caso de que las autoridades competentes emitan una declaratoria de contingencia sanitaria, conforme a las disposiciones aplicables, no podrán utilizarse el trabajo delas mujeres en periodos de gestación o lactancia. Las trabajadoras que se encuentren en este supuesto, no sufrirán perjuicio en su salario, prestaciones y derechos.

23. El trabajo de los menores

R: Queda prohibida la utilización del trabajo de los menores:

• En establecimientos no industriales después de las diez de la noche;

• En expendios de bebidas embriagantes de consumo inmediato, cantinas o tabernas y centros de vicio;

• En trabajos susceptibles de afectar su moralidad o buenas costumbres; y

• En labores peligrosas o insalubres que, por la naturaleza del trabajo, por las condiciones físicas, químicas o biológicas del medio en que se presta, o por la composición de la materia prima que se utiliza, son capaces de actuar sobre la vida, el desarrollo y la salud física y mental de los menores.

24. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

R:

25. Teoría del riesgo de trabajo en el derecho mexicano

R: La teoría de los riesgos plantea, en el Derecho civil, la pregunta sobre la suerte de las obligaciones de las partes cuando la cosa que es objeto del contrato se pierde a consecuencia de un caso fortuito.

• El riesgo es siempre del dueño, res perit domino; en el Derecho mexicano la cuestión estriba en saber en qué momento se transfiere el derecho de propiedad, la solución radica en determinar si la cosa transferida es cierta y conocida por el adquiriente, si es así, la cosa se transfiere al patrimonio del adquiriente,

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