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ECONOMÍA INFORMAL Y SU RELACIÓN CON LA EVASIÓN FISCAL

Dan03GonzalezPráctica o problema21 de Marzo de 2015

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ECONOMÍA INFORMAL Y SU RELACIÓN CON LA EVASIÓN FISCAL

¿Qué se entiende por informal?.

La corriente anglosajona conceptúa lo informal como el conjunto de actividades económicas que se realizan lícitamente dentro de un mercado, pero que sin embargo, sus transacciones no son contabilizadas en las estadísticas de las cuentas nacionales, debido a que dichas actividades se "escapan" del registro formal, con el fin de eludir total o parcialmente los controles del Estado, tales como los impuestos, las leyes u otros requisitos legales. Existen varias formas de informalidad como: la evasión fiscal, el contrabando, la fuga de capitales, los mercados negros, etc y aunque para algunos autores lo informal es equivalente a lo ilegal, hay cierto grado de tolerancia ya que las costumbres le han otorgado cierta legitimidad.

La corriente anglosajona no incluye en su definición a las actividades ilegales indeseables, como por ejemplo: la producción de artículos adulterados, el tráfico de drogas o el contrabando; y en cambio, sí tiene en cuenta a las actividades económicas que no siendo prohibidas por el Estado, se encuentran por fuera del registro legal y que en consecuencia, no se captan dentro de las estadísticas oficiales, como por ejemplo: las ventas ambulantes o el servicio no oficial de transporte. Igualmente, no incluye la producción destinada al autoconsumo, debido a que considera como informal a las actividades realizadas dentro de un mercado.

¿Cuáles pueden ser las causas de la informalidad?.

La aplicación de elevadas tasas impositivas, lo que induce a que se presente una mayor cantidad de actividades que no se registran o informan. Las restricciones que determinan diferentes beneficios; las regulaciones y controles en el mercado laboral impidiendo trabajar a personas mayores; los controles de precios y restricciones en mercados de bienes y servicios; las dificultades en el acceso al crédito.

¿Qué relación existe entre la economía informal y la evasión fiscal?.

La economía informal al contrario de la formal no paga tributos al Estado al no estar inscritos quienes hacen parte de ella, sin embargo es claro que a las empresas informales les cuesta mucha dificultad evitar el pago de impuestos, es así como quienes ahorran los costos legales deben asumir aquellos costos que implican eludir el pago de las sanciones, lo que significa que la evasión fiscal implique un costo para quien la ejerce, porque deben invertir una parte de sus recursos en corromper a los funcionarios del Estado con el fin de no ser evidenciados y mantenerse en la sombra.

Hernando de Soto en su libro “ El otro sendero”, plantea que los informales emplean diversas estrategias para impedir ser descubiertos y sancionados y lo que procuran hacer es dispersar a sus trabajadores en lugares de trabajo pequeños y poco visibles, lo mismo que a renunciar a publicitar sus productos o servicios con la imposibilidad de acceder a determinados mercados que les resultan vedados.

¿Cómo subsiste la economía informal?.

Subsiste y se nutre con los márgenes de rentabilidad que genera gracias al comportamiento de los compradores, que por comodidad prefieren hacerlo con el vendedor ambulante, que con quien está legalmente constituido.

Evasión y Elusión Tributaria en Venezuela

Aquí se presenta los conceptos básicos de elusión y evasión tributaria, sus efectos económicos y un método para calcular la evasión. Es importante que se comprenda que al hablar de evasión tributaria y elusión tributaria nos referimos a algo completamente diferente; la evasión es completamente ilegal y sancionable caso contrario de la elusión.

La elusión fiscal es la pieza clave de la planificación fiscal. Representa el aprovechamiento de los recursos legales disponibles para conseguir la mínima carga fiscal o para diferir en el tiempo su impacto. Además, permite al contribuyente evitar que se realice el hecho imponible, con el fin de no pagar los tributos o abaratar los costos tributarios, procurando para ello forzar alguna figura jurídica establecida en las leyes. Eludir es perfectamente legal y se combate con un análisis económico de los hechos que permita al auditor determinar la verdadera naturaleza de las operaciones realizadas por los agentes económicos para evitar el pago de los impuestos.

La evasión fiscal consiste en sustraer la actividad al control fiscal y, por tanto, no pagar impuestos. Por lo tanto se configura como una figura delictiva, ya que el contribuyente no cumple con sus obligaciones tributarias, convirtiendo su conducta en una infracción que debe ser sancionada. Intenta reducir los costos tributarios, utilizando para ello medios ilícitos y vedados por las leyes, como el contrabando, fraude, etc. contra los que las autoridades deben luchar con todos sus medios legales para conseguir recuperar los ingresos perdidos.

EVASIÓN: Es el incumplimiento total o parcial por parte de los contribuyentes en la declaración y pago de sus obligaciones. Se presenta cuando el contribuyente evade el pago de su obligación, siendo ilegitimo e ilícito y es considerado delito. También se presenta cuando existe disminución en el monto debido.

ELUSIÓN: Es la conducta que lleva a evitar la declaración y pago de impuestos, usando espacios o vacíos que deja la ley, sin que ello constituya delito o infracción a ninguna norma legal, y por tanto, no es susceptible de ser sancionada. Son comportamientos lícitos y legítimos, tendientes a evitar o moderar la carga impositiva.

LA EVASIÓN TRIBUTARIA.

También se puede definir como la eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlos y que no la hacen utilizando medios fraudulentos u omitiendo conducta ya normales por la Ley; la cual se fundamenta en:

•Se presenta por evadir el pago al cual está obligado el contribuyente y cuando existe disminución en el monto exigido.

•La norma transgredida tiene su ámbito de aplicación en una determinada nación, es decir, debe referirse a un determinado país.

•Se produce para aquellos que están jurídicamente obligados a pagar un determinado tributo.

•Es compresiva de todas las conductas contrarias a derecho, que tengan como resultado la eliminación o disminución de la carga tributaria con exclusión de que la conducta sea fraudulenta o por omisión

•Conducta antijurídica, ya que toda evasión tributaria es violatoria de las disposiciones legales.

LA ELUSIÓN TRIBUTARIA.

También la podemos definir como las actuaciones desplegadas por el contribuyente y orientadas a eludir el menoscabo de la riqueza de éste, como consecuencia el pago que debe realizar a la administración tributaria, por haberse colocado en los presupuestos establecidos en la Ley Tributaria, referidos a la materialización del hecho generador o hecho imponible que lo vincula con el nacimiento de la obligación tributaria.

A PESAR DE SUS DIFERENCIAS, LA EVASIÓN Y LA ELUSIÓN TIENEN LOS MISMOS EFECTOS ECONÓMICOS, DEBIDO A LO SIGUIENTE:

•Disminuyen los ingresos fiscales.

•Distorsionan la asignación de recursos.

•Violan los principios de equidad horizontal y vertical.

•Desplazan la carga tributaria hacia los que declaran correctamente.

•Afectan la competencia, ya que los evasores tienen ventaja de mercado frente a los no evasores.

•Aumentan los costos de fiscalización.

-Reducen la disposición de los contribuyentes a declarar correctamente.

- ECONOMIA INFORMAL Y EVASION TRIBUTARIA

La relación entre la economía informal y la evasión tributaria:

La economía informal es una problemática muy significativa en los Estados, y se observa por las distintas denominaciones que ella adquiere en distintos países, tal como señala Frediani, en su publicación del boletín informativo en 1998 de Techint N° 252 “El desafío de la economía informal”, donde cita que “...en los Estados Unidos se la conoce como “underground on parallel economy” (subterránea o paralela), en Francia es la “economíe noire” (economía negra), en la URSS es la “segunda economía o economía de la sombra” (Tenovaja Ekonomika), en Italia es economía “somersa” (sumergida), “combinazione” o “lavoro nero” (trabajo negro), en Inglaterra es la “black economyc” o el empleo secundario (moon lighting), en Alemania es la “economía de sustitución”. Otras denominaciones son: economía oculta, doble, clandestina, contra - economía, no oficial, ilegal y marginal.

La definición adoptada por la O.I.T. de acuerdo al informe titulado “El Dilema del Sector Informal”, presentado en la Conferencia Internacional del Trabajo del año 1991, es la siguiente: “El término sector informal se refiere a numerosas unidades productivas de y servicios en muy pequeña escala y que consiste en una gran cantidad de productores independientes y por cuenta propia en las áreas urbanas de los países en vías de desarrollo, algunos de los cuales emplean a sus familiares y/o a unos pocos trabajadores o aprendices, que operan con un pequeño capital o con ninguno; que utilizan un bajo nivel de tecnología y de mano de obra calificada; que por ende, tienen bajo nivel de productividad, y que generalmente, proveen de salarios bajos e irregulares y de empleo muy inestable a los que trabajan en ella”.Vito Tanzi en su artículo “Underground Economy and Tax Evasión in the United States. Estimates and Implications”, define a la economía informal como aquella parte del PBI que, a causa de no ser declarado o serlo en defecto, no se encuentra

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