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Enriquesimiento Sin Causa

198756028 de Junio de 2015

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LICENCIATURA EJECUTIVA

“DERECHO”

MATERIA:

OBLIGACIONES CIVILES

DOCENTE:

ANGEL MORALES VELUETA

“CUESTIONARIO

ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA”

INTEGRANTES

RAMIREZ MORALES EDGAR HIGINIO

MARIA ESPERANZA DIAZ CRUZ

PATRICIA PEREZ RODRIGUEZ

VILLAHERMOSA, TABASCO A 19 DE NOVIEMBRE DE 2014.

CUESTIONARIO.

1. El enriquecimiento sin causa de una parte, con detrimento de otra, presta mérito al perjudicado para ejercitar la acción de indemnización en la medida en que aquélla se enriqueció, a este hecho se le conoce como:

a) Enriquecimiento ilegítimo.

b) Acción de In rem verso.

c) Causa jurídica.

2. Cuando un sujeto ha alcanzado beneficios patrimoniales por adquirir nuevos bienes o servicios, por evitarse alguna pérdida o por librarse de deuda, se le conoce como:

a) Empobrecimiento de una persona.

b) Ausencia de causa jurídica.

c) Enriquecimiento de una persona.

3. Como se le conoce cuando una persona sufre un empobrecimiento que puede consistir en una transferencia de bienes o servicios o en el sacrificio de algún beneficio.

a) Ausencia de causa jurídica.

b) Empobrecimiento de una persona.

c) Existencia de un nexo causal.

4. Es cuando se produce una transferencia de bienes, servicios o beneficios de un sujeto a otro a causa de una conducta o a un hecho jurídico natural.

a) Transito de valores.

b) Ausencia de causa jurídica.

c) Efecto.

5. Consiste en que la transmisión de valores de un patrimonio a otro no está justificada por una norma de derecho, y por ello el empobrecido no tiene obligación de sacrificarse y el enriquecido a conservar el beneficio.

a) Transito de valores.

b) Ausencia de causa jurídica.

c) Efecto.

6. Norma de derecho en cuyo acatamiento se efectúa la transferencia patrimonial.

a) Efecto.

b) Pago de lo indebido.

c) Causa jurídica.

7. La satisfacción de las necesidades humanas así lo exige, pero esas transferencias patrimoniales suelen hacerse en cumplimiento de obligaciones y en satisfacciones de derechos creados por la norma jurídica, a este hecho se le conoce como:

a) Enriquecimiento con causa.

b) Efecto del pago indebido.

c) Efectos adicionales de la recepción de buena fe.

8. A qué principio se refiere, cuando se recibe alguna cosa que no se tenía derecho de exigir y que por error ha sido indebidamente pagada, por consiguiente se tiene obligación de restituirla.

a) Enriquecimiento de mala fe.

b) Hecho ilícito.

c) El pago de lo indebido.

9. Obedece a que la fuente de su obligación de restituir no es ya el enriquecimiento sin causa, sino el hecho ilícito, pues una y otra fuente de obligación tienen diversas consecuencias.

a) Enriquecimiento de mala fe.

b) Efectos del pago indebido.

c) Efecto del pago indebido.

10. ¿Cuáles son los requisitos del pago de lo indebido?

a) La buena fe, mala fe, el pago.

b) El pago, que sea indebido, que se haya efectuado por error.

c) Asimilación de requisitos, ejercicio de la acción, mala fe.

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