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Enviado por   •  21 de Junio de 2015  •  3.699 Palabras (15 Páginas)  •  207 Visitas

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CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD

“GLAM LIMITADA”

o

“GLAM ESTÉTICA Y BELLEZA LIMITADA”

En Valdivia, República de Chile, a diecinueve de mayo del año dos mil catorce, ante mí, Carmen Luz Podlech Michaud, Abogado, Notario Público Titular de la Notaria Carmen Podlech, con Oficio en la Ciudad de Valdivia, calle independencia número seiscientos cuarenta y ocho, comparecen: doña JESSICA DEL CARMEN SARRÚA ROJAS, cédula de identidad número nueve millones seiscientos setenta y tres mil novecientos veinticinco guión siete chilena, casada con separación total de bienes, Administrador de Empresas, con domicilio en Calle Galileo dos mil doscientos cincuenta, en la ciudad de Valdivia, Región de los Ríos; don MARIO ALEJANDRO WESTERMEIER MAYORGA, cédula de identidad número quince millones setecientos cincuenta y nueve mil novecientos noventa y tres guión tres chileno, Soltero, Administrador de Empresas, con domicilio en avenida circunvalación sur número tres mil veinticinco departamento veintitrés, en la ciudad de Valdivia, Región de los Ríos; don EDGARDO ANDRÉS SOTO CÉSPEDES, cédula de identidad número dieciséis millones quinientos sesenta y tres mil novecientos sesenta y cuatro guión dos chileno, Soltero, Administrador de Empresas, con domicilio en calle Puerto Aysén número trecientos sesenta, en la ciudad de Valdivia, Región de los Ríos; y doña LIDIA ESTER ARAYA OJEDA, cédula de identidad número 17.963.654-9, chilena, Soltera, Administrador de Empresas, con domicilio en calle la milla dos número tres mil setenta y uno, en la ciudad de Valdivia, Región de los Ríos; todos mayores de edad quienes acreditan su identidad con sus respectivas cédulas y exponen: PRIMERO: Los comparecientes por el presente acto y por medio de este instrumento vienen en constituir una Socie¬dad Comercial de Responsabilidad Limitada la que se regirá por este pacto social, y en su defecto por la ley tres mil

novecientos dieciocho, y por las disposiciones contenidas en los artículos trescientos cincuenta y dos y siguientes del Código de Comercio. SEGUNDO: La razón social de la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada es GLAM ESTÉTICA Y BELLEZA LIMITADA. Sin perjuicio que podrá actuar y operar válidamente para todos los efectos legales con el nombre de fantasía GLAM LIMITADA, pudiendo usar dichos nombres ante todo tipo de personas naturales o jurídicas públicas o privadas, inclusive ante Bancos e Instituciones Financieras y ante el Servicio de Impuestos Internos para fines tributarios. TERCERO: El objeto o giro de la presente Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada será prestación de servicios de cuidado corporal y facial, gimnasia, mantenimiento y embellecimiento corporal, especialmente facial por cualquier sistema, para lo cual podrá explotar establecimientos de tratamiento de baño sauna, centros de gimnasia y estética, peluquería y similares, tanto en hombres como de mujeres, spa y todo lo relacionado con éstos. La prestación de servicios profesionales a personas naturales, tanto nacionales como extranjeras en el área de la belleza y todo lo relacionado con la promoción y explotación comercial de sus productos y servicios, la importación y exportación de todo tipo de prendas, mercancías y servicios, actuar como agente comisionista, representante o factor para toda clase de empresas.- Comprar, vender, arrendar, importar o producir artículos de belleza sean estos artículos de embellecimiento o maquinas especiales para los mismos fines y realizar toda actividad anexa o relacionada en la actualidad o en el futuro con los fines sociales y cualquier otro negocio que coartaren los socios. CUARTO: La Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada tendrá domicilio en Arauco número quinientos sesenta y uno, de la ciudad de Valdivia, Región de Los ríos, sin perjuicio de las agencias y corresponsalías que se constituyan en la misma comuna, u otras ciudades del país. QUINTO: La administración y uso de la razón social corresponderá a don EDGARDO ANDRÉS SOTO CÉSPEDES, cédula de identidad número 16.563.964-2, chileno, Soltero, con domicilio en la ciudad de Valdivia, Región de Los Ríos, quién anteponiendo la razón social a su firma la representará judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto de la sociedad comercial de responsabilidad limitada

que se constituye por este acto, con las más amplias facultades de administración y

disposición, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos inherentes al giro de la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada y en especial, las siguientes: Uno) Comprar, vender, permutar, en general adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, incluso valores mobiliarios. Dos) Celebrar todo tipo de contratos y exigir judicialmente su cumplimiento. Tres) Dar y tomar en arrendamiento, administración y concesión, toda clase de bienes corporales e incorporales, raíces o muebles. Cuatro) Dar y tomar bienes en comodato. Cinco) Constituir hipotecas, incluso con cláusulas de garantía general, a favor de terceros; respecto de hipotecas a favor de la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, podrá: posponerlas, alzarlas, limitarlas y aceptarlas, incluso con cláusula de garantía; Seis) Dar y recibir en prenda muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones y demás cosas corporales o incorporales, sean en prenda civil, industrial, mercantil, warrants de cosas muebles vendidas u otras especies y cancelarlas; Siete) Celebrar contratos de transporte, fletamento, cambio y correduría; celebrar contratos para constituir agentes, comisionistas, distribuidores o subagentes; Ocho) Establecer agencias, sucursales o establecimientos en la misma comuna o en cualquier otra ciudad del país; Nueve) Otorgar y aceptar fianzas solidarias y simples; Diez) Celebrar contratos de seguros, pudiendo acordar las primas, fijar riesgos, plazos y demás condiciones, prorrogar pólizas, endosarlas y celebrarlas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros; Once) Celebrar contratos de cuenta corriente mercantil, imponerles de su movimiento y aprobar o rechazar sus saldos y cerrarlas; Doce) Celebrar contratos de transacción, aún respecto de cosa no disputada, incluso muebles, ya sea ésta judicial o extrajudicial; Trece) Dar y recibir en donación bienes muebles y raíces; Catorce) Celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar o despedir trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles término,

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