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Estadística Y Probabilidades Basicas


Enviado por   •  10 de Octubre de 2013  •  5.029 Palabras (21 Páginas)  •  330 Visitas

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PASOS DE CONSTITUCION DE EMPRESA EIRL

PASO 1: REUNIÓN DEL TITULAR Y LOS INTERESADOS

Antes de empezar a constituir la empresa decidimos, si este va ser como persona natural o persona jurídica para lo cual recurrimos a las ventajas y desventajas que cada una de estas nos presentan.

- Persona Natural con negocio:

Sólo requiere la inscripción al RUC

Persona natural: Es la denominación legal que el código civil nos otorga como individuos capaces de adquirir derechos, deberes y obligaciones.

Como persona natural puedo ejercer cualquier actividad económica, de darse este supuesto, seré el conductor del negocio y seré responsable de su manejo.

Puedo tener trabajadores a mi cargo, en dicha situación deberé declararlos en el programa de declaración telemática (P.D.T) correspondiente.

Ventajas de iniciarme como persona natural:

 Desde el punto de vista legal, este tipo de negocio puedo crearlo y liquidarlo fácilmente.

 Tengo unidad de mando y acción, porque la propiedad, el control y la administración de la empresa está sólo en mi persona.

 Tengo flexibilidad para reaccionar rápidamente en caso de cambios bruscos en el mercado que puedan afectar a la empresa.

 Hay un mínimo de regulaciones a las que debo hacerles frente.

Limitaciones de iniciarme como persona natural:

 Mi responsabilidad en este caso se extenderá a todo mi patrimonio. Es decir, ante cualquier compromiso o deuda, que por una situación imprevista no pueda pagar, respondo no sólo con los bienes destinados al funcionamiento del negocio sino, también, con mi patrimonio personal (terrenos, casas, electrodomésticos, medios de transporte, cuentas privadas, etcétera).

 Dispongo de un capital limitado: El capital generalmente esta limitado a lo que yo pueda invertir. Esto puede representar serios problemas al crecimiento futuro de mi empresa.

 Una enfermedad o accidente que me impidiera participar activamente en el manejo del negocio puede significar una interrupción en las operaciones.

- Persona Jurídica: es la que se constituye mediante el otorgamiento de una escritura pública y se inscribe en los registros públicos, este concepto incluye a la EIRL.

Persona Jurídica: es una organización que puede fundar una persona natural; varias personas naturales o varias personas jurídicas. La persona jurídica, a diferencia de la persona natural no tiene existencia física y debe ser representada por una o más personas naturales. Tampoco depende de la vida de sus fundadores: se constituye como un centro unitario autónomo. La responsabilidad del titular (en el caso de una empresa unipersonal) o de los socios (en el caso de un modelo societario) se extenderá únicamente a su participación dentro del capital de la empresa.

Para constituirme como Persona Jurídica puedo elegir entre cuatro formas de organización empresarial para organizar mi empresa: una individual y tres colectivas o sociales.

PERSONA JURÍDICA: MODALIDADES EMPRESARIALES

Si elijo organizarme de manera individual, operaré bajo la siguiente modalidad:

o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L),

Si elijo organizarme de forma colectiva o social, puedo adoptar cualquiera de las tres modalidades siguientes:

o Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L),

o Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.)

o Sociedad Anónima (S.A.)

Para que cualquiera de estas formas de organización empresarial adquiera la calidad de persona jurídica, debo inscribirla en el Registro de Personas Jurídicas o Libro de Sociedades.

Seguido ese proceso decisorio, lo que continúa es que ya tenemos pensado constituir una EIRL, por las ventajas que este posee y nos ayuda a constituir como MYPE.

PASO 2: IDENTIFICACIÓN DE LA RAZÓN SOCIAL

La reserva es uno de los primeros trámites que debo hacer para constituir mi empresa, además de adoptar la modalidad o sociedad empresarial que me conviene (E.I.R.L., S.R.L., S.A. o S.A.C.).

El nombre que se piensa da a nuestra empresa es

Reservar el nombre, impide la inscripción de cualquier otra empresa adoptando una razón social o una denominación, completa o abreviada, igual o semejante a aquella que esté gozando del derecho de Reserva de Preferencia Registral. Para esto tengo que realizar 3 operaciones:

A. Búsqueda en los índices:

La pido en Registros Públicos. Esta búsqueda me sirve para saber si no hay un nombre o título igual, o parecido, al que le pondré a mi empresa. El resultado de la búsqueda me lo entregan en el día, tiene vigencia al momento de su expedición y no produce el cierre temporal del índice de denominación. Si el resultado es negativo, es decir, si no hay un nombre similar sigo con la operación B.

B. Solicitud de inscripción de título (en el formato de Reserva de Nombre):

Con esta solicitud reservo el nombre de mi empresa frente a otras solicitudes que pidan una inscripción con un nombre similar. Para eso lleno el formato con el nombre de los socios, el domicilio fiscal, el tipo de sociedad, la indicación de si es micro o pequeña empresa (MYPE), entre otros datos.

C. Obtención de la Reserva de Preferencia Registral:

Luego de solicitar la inscripción del nombre de la empresa, debo esperar aproximadamente un día para que me entreguen la reserva de nombre. Esto significa que el índice de denominación se bloquea por treinta (30) días naturales y nadie puede tomar dentro de ese plazo tal nombre.

PASO 3: ELABORAR LA MINUTA DE CONSTITUCIÓN

La Minuta de Constitución es un documento privado elaborado y firmado por un abogado que contiene el acto de constitución que debo presentar ante un notario para su elevación a escritura pública.

Después de analizar, la nota anterior preferimos que se materialice la declaración

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