Exoneraciones Fiscales
brendaorel30 de Mayo de 2014
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LAS EXONERACIONES FISCALES
Las exoneraciones de impuestos son derechos establecidos en las leyes tributarias, u otorgados por decretos, que posibilitan una liberación parcial o total del pago de impuestos a determinados contribuyentes.
Según la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) agrupan dos contribuyentes que gozan del beneficio de las exoneraciones fiscales, las cuales se comprenden así:
EMPRESAS INCORPORADAS AL REGIMEN DE ZONAS LIBRES (ZOLI)
Honduras ha otorgado beneficios fiscales a las zonas libres desde el año de 1976, junto con la entrada en vigencia del decreto 356 - 1976 contentivo de la ley constitutiva de la Zona Libre de Puerto Cortes. Uno de los principales atractivos para la inversión extranjera, en la mayor parte de los países en desarrollo, son los beneficios tributarios que se le otorgan a sus empresas. Actualmente dentro de estos beneficios, comprenden exención de impuestos de importación y exportación, de impuestos municipales y sobre todo exoneración al impuesto sobre la renta.
LEY DE INCENTIVO AL TURISMO (LIT)
La Ley de Incentivo al Turismo (LIT) entro en vigencia mediante decreto número 314 - 1998, establece en su redacción, entre otros alicientes, la exoneración de impuestos durante 10 años a partir de su creación y tiene como objetivo primordial propiciar el desarrollo de la oferta turística del país, mediante el otorgamiento de incentivos fiscales que viabilicen una mayor participación de la inversión privada nacional e internacional en el proceso de desarrollo de productos turísticos y creando facilidades para lograr la generación de empleos, la inversión, el ingreso de divisas y el aumento de tributos al Estado.
Este tipo de políticas como las exoneraciones fiscales puede significar un incentivo a la inversión por el periodo en que la operación empresarial se estabiliza, así como estar en función del nivel de empleo creado, la generación o sustitución de divisas, entre otros.
Matriz de Exoneraciones
Algunas de las instituciones del sector Público del cuadro anterior, no solo tienen asignadas partidas presupuestarias altas, sino que también, gozan de exención de impuestos directos y de contribuciones personales obligatorias entre otras. En el caso de Gremios3 como el de maestros que son los que mayor presión ejercen en las asignaciones presupuestarias de sueldos y salarios de la administración Central y de la Secretaria de Educación respectivamente, paradójicamente, es uno de los sectores que también goza de este tipo de privilegios.
Al igual se registran otro tipo de exenciones de impuesto sobre ventas e importación de bienes de capital como: Empresas de transporte urbano e interurbano4, Empresa de Importación Temporal5, Empresas constituidas como Zonas Libres, Zonas turísticas, empresas, Empresa Nacional de Energía Eléctrica y Generadores privados de Energía que comercializan la venta de energía eléctrica a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica ENEE o presten directamente el servicio al público con la autorización del Estado.
El FOSDEH sostiene que este privilegio debe ser otorgado solamente a las organizaciones que realizan labores humanitarias como la Cruz Roja y las personas naturales o jurídicas establecidas en convenios internacionales relacionadas con el servicio exterior.
Las exenciones fiscales y su relación con las actividades económicas.
El Estado de Honduras igual que el resto de países de la región otorgan incentivos como las exoneraciones fiscales, que impiden contar con mayores flujos de recursos mediante la recaudación.
La relación con las actividades económicas está en la misma naturaleza de la exoneración, bajo el supuesto de que la razón de ser de las mismas es dinamizar la actividad económica mediante incentivos fiscales
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